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Una vez concedida la nacionalidad española por residencia deberás hacer la jura. ¿Podrás hacerla en el Consulado si no te encuentras en España?
Vicente Marín, abogado y director del Portal Parainmigrantes.info te explica todo en el siguiente video:
¿Se puede hacer la jura de nacionalidad desde fuera de España?
Una vez concedida la nacionalidad española por residencia, y para finalizar el trámite, tendrás que hacer lo que se conoce como «jura o promesa» de la nacionalidad. Dicho trámite consiste en la comparecencia personal del interesado ante el funcionario encargado del registro civil donde se presentó la solicitud de nacionalidad, para manifestar la intención jurar o prometer fidelidad al Rey de España y obediencia a la Constitución Española y a las leyes, y si renunciamos, o no, a nuestra nacionalidad de origen.
En muchas ocasiones, y como el procedimiento a día de hoy es tan largo, muchos solicitantes de nacionalidad han abandonado el país y, por tanto, no se encuentran en España para poder comparecer ante el funcionario encargado del registro civil.
Por este motivo, nos consultan con bastante frecuencia si es posible realizar el acto de jura o promesa en el Consulado de España más cercana a nuestro domicilio en el extranjero.
Y aunque durante algún tiempo sí se permitió hacerlo así, actualmente los Consulados tienen instrucciones para no realizar este trámite.
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Holla Vicente,yo soy cubana, estoy en tramites de nacionalidad,tengo tarjeta de larga duración en españa y todo lo tengo en orden.Tengo pensado trabajar unos meses en eeuu,puede salirme el expediente de nacionalidad aprobado en cualquier momento,mi pregunta es,puedo hacer la jura en el consulado español de eeuu?Mis papeles y todas mis cosas estan en regla,resido en españa,solo que estare trabajando una temporada en eeuu.Puedo pedir hacer la jura en usa?deberia buscar algun abogado?que puedo hacer en este caso.Un saludo
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Una vez concedida la nacionalidad, la jura debe hacerla en el Registro Civil donde inició el procedimiento