Los notarios han finalizado la encomienda para hacer las juras de nacionalidad el pasado 1 de enero de 2014 pero ¿se puede hacer la jura en notaría aunque sea pagando?
Muchos de nuestros visitantes, a los cuales les ha sido aprobada la nacionalidad en estos días o prevén que les pueda ser aprobada en un futuro reciente, se preguntan si será posible que ellos se puedan beneficiar de la rapidez de las juras en la notaría.
Durante los últimos 6 meses, los notarios han realizado miles de juras de nacionalidad española, acelerando considerablemente esta fase del procedimiento de nacionalidad en aquellas ciudades cuyos Registros Civiles sufrían un retraso considerable para la asignación de la cita para el acto de jura y promesa.
Este proceso lo han realizado de forma gratuita según el compromiso adquirido con el Ministerio de Justicia hasta el día 1 de enero de 2014. Pero, ¿sería posible hacer esta jura en notaría de forma válida para el expediente de nacionalidad aunque fuera pagando al Notario?
Es posible hacer un acta de manifestaciones en el notario y declarar que juramos o prometemos respeto a la Constitución y al Rey. El notario puede dar fe de esa declaración sin problema, pero dudo mucho que podamos usar esa jura para el proceso de nacionalidad más allá del acuerdo finalizado el 1 de enero de 2014. Las juras que los notarios han realizado dentro de su encomienda para Justicia han sido remitidas a través del del Programa GEN (Gestión de Expedientes de Nacionalidad) y luego colgadas en el aplicativo de los Registros Civiles (Inforeg) de forma telemática.
Cualquier jura realizada fuera de ese proceso, no sería remitida por esta vía al Juzgado y el Registro Civil no la daría por válida (han puesto muchas pegas a las juras realizadas en notaría, así que si las hacemos al margen del proceso, aún pondrían mayores impedimentos).
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REAL DECRETO DE 24 DE JULIO DE 1889
CÓDIGO CIVIL
TÍTULO PRIMERO DE LOS ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS
Artículo 21.
4. Las concesiones por carta de naturaleza o por residencia CADUCAN a los ciento ochenta días siguientes a su notificación, si en este plazo no comparece el interesado ante funcionario competente para cumplir los requisitos del artículo 23.
Artículo 23. Modificado por Ley 36/2002
Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24.
c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.
Sres todos , Sr Vicente ,
Hablamos claro y siendo sinceros … espero que no van a censurar este comentario .
Segun las LEYES ESPAÑOLAS , el procesus de nacionalidad culmina a la JURA o PROMESA de fidelidad AL REY , a la obediencia de la CONSTITUCION ESPAÑOLA y a la RENUNCIA DE LA NACIONALIDAD DE ORIGEN ( por los que no tienen la opcion de doble nacionalidad ) .
Es decir , juridicamente hablando , a partir de este instante la persona que ha jurado es ESPAÑOLA porque ya ha RENUNCIADO a su nacionalidad de origen.
Por lo tanto NO DEBE DE POSEER NINGUNA OTRA DOCUMENTACION QUE NO SEA LA ESPAÑOLA .
Porque ESTARIA COMETIENDO UN DELITO GRAVE DE POSESION FRAUDULENTA DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD .
Se puede evitar este DELITO de la misma manera como se hace con los futbolistas .
Ellos hacen la jura y les conceden el DNI y Pasaporte al instante, con la diferencia que los futbolistas juran en directo a la télé.
Hola Vicente,
Tengo la nacionalidad concedida el 15.12.2012 ( el expediente lo tengo en el registro civil de Barcelona) pero la jura lo hice en el registro civil de Sevilla el dia 12.06.2013 (por el cambio de domicilio)..hasta hoy todavia no he recibido ninguna partida de nacimiento, pregunte al registro civil de barcelona pero sin exito. ¿alguna manera de consultar el estado de la inscripción ? Muchas gracias.
Hola Rachid(Salam)
Mira es muy importante para mi ¿puedo pedir cita para jura in el registro civil del municipio donde vivo ahora,como se hace esto , y la documentación mía se queda en el R C donde he presentado antes o no..?
Gracias.
Hola,
en mi caso, solicite al registro civil de Barcelona para que envia mi expediente al registro civil de Sevilla, luego me llamaron desde RC Sevilla para hacer la jura. El problema ya ves todavia no he recibido la partida de nacimiento.
Saludos
Muchas gracias,hermano Rachid por responder mi pregunta.Espero que todo te saldrá bien y rápido..otra aclaración ¿tu partida de nacimiento te llegara (como correo electrónico) del R C de Barcelona o allí de Sevilla?
Shukran.
Buenas,
Es el registro civil de Barcelona que tiene que enviarme la partida de nacimiento porque mi expediente lo empeze alli según lo que me han comentado.
El problema que tengo es que tengo la concesión de nacionalidad en Diciembre 2012 y todavía no he recibido la partida de nacimiento, y veo que hay mucha gente que hicieron la jura en el principio de 2013 y ya tienen la partida..
Saludos
Hola rachid
Esto soy yo…
Aun que no tengo la culpa les pido disculpas Judithpa y Sami porque se muy bien lo que sentéis..y me reagrupo a vosotros,porque yo también :
_ pedir cita 2008 (22 meses!!)
_presentar solicitud Marzo 2010.
_ Recremento junio 2013 : Antecedentes penales y acta de nacimiento de mi país( Otra ves!!),1000euros, gastos…
_ Concedida 27/12/2013(Barcelona),Notarios para juramento, cerraron antes de la ficha indicada (31/12/2013).
_ Registro civil. tienen un retraso de mas de un año(cornella de llobragat) para dar citas para juramento y que tengo que esperar una carta que va a tardar todo un año!!
Yo también vivo aquí desde 1998 y estos bien integrado…
Conozco a unos que presentaron en el 2012,,ya tienen DNI y el pasaporte hace mas de ocho meses!!??.De verdad no es justo todo esto..yo soy igual que vosotros aun que la tengo concedida,,Suerte.
¿ Sabes si en el registro civil de Barcelona dan alguna información sobre el estado de la inscripción? es que ahora vivo en Sevilla y antes de irma a Barcelona me gustaria saber si hay algún día concreto donde dan información.
Gracias.
Lo siento Rachid del R C de Barcelona no sé nada (yo,de cornella de llob)
¿Tienes familia,aqui en BCN?
Pero los de los R C(todos) tienen una única respuesta: TIENES QUE ESPERAR!..
Mohamed, ya no es posible hacer la jura en notaria y por tanto deberás acudir al Registro Civil donde iniciaste el trámite para hacer la jura
Hola Vicente, felicitaciones por su web nos es de mucha ayuda
Mi mujer y yo hicimos la jura en una Notaría de Barcelona (no se si sea conveniente poner cual) a cada uno de nosotros nos cobraron 12,59 euros con fecha 05 de Agosto de 2013 al final lo tuvimos que pagar porque no teníamos conocimiento que eran gratuitas
De momento no tenemos ninguna comunicación de nuestras partidas de nacimiento ni al mail ni al domicilio y ahora leyendo por todos lados que no se pagan nos hemos preocupado.
Gracias por su repuesta
PD Tengo las facturas de lo que pagamos mi mujer y yo
No pierdas ni un segundo más , amigo. Vete a denunciar esto.Si no eres complice…
Gracias
Como es posible que me den cita para septiembre de nacionalidad concedida en enero 2014 ,8 meses sera que hay muchos por jurar o no hay personal ,ademas abra muchos huecos porque la mayoría pidió cita en el registro civil y luego se fue a jurar a notaria debian adelantar las citas si hay huecos
Amigo ,
No soy Vicente , pero lo unico que te puedo decir es que vayas a tu registro civil antes de los 180 dias siguientes al dia de notificacion .
Aqui te dejo el texte de la ley :
DECRETO DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1958, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGISTRO CIVIL
SECCIÓN VI. DE LA NACIONALIDAD Y VECINDAD CIVIL
Subsección I : Reglas especiales de los expedientes de nacionalidad
Artículo 224
En los ciento ochenta días siguientes a la notificación, pasados los cuales
caducará la concesión, el solicitante comparecerá ante el funcionario
competente para, en su caso renunciar a la nacionalidad anterior, prestar la
promesa o juramento exigidos e inscribirse como español en el Registro.
El Encargado que recibe las declaraciones velará por la práctica de toda
clase de asientos que procedan por el cambio.
Hola Vicente, ayer estuve en el registro civil de parla mi hijo juro en septiembre y yo en noviembre me acerque a preguntar con la gran sorpresa de que me dicen k tengo que rellenar un formulario y que a partir de la fecha tardaran unos 8 o 9 meses en hacer la inscripción asi k ánimo a la gete que esta esperando a acercarse al registro civil k le corresponde xk yo no sabía nada . Esto es en el registro civil de parla no digo que todos lo hagan igual.
Gracias
HOLA BUENAS SR. VICENTE POR FAVOR , UN PREGUNTAR TENGO LA NACIONALIDAD CONCEDIDA ASI UN PARTE DE MESES ECHO LA JORAMIENTO DELANTE DEL NOTARIO ASI UN MES Y MEDIO , MI PREGUNTA ES EL REGISTRO CIVIL DE BARCELONA MA DECHO KE CERTIFICA DE NACEMIENTO VAS A TARDAR UN PARTE DE MESES Y TENGO EL PERMISO DE RESIDENCIA VAS A CADUCADO EL FINAL DE MES FEBRERO KE TENGO KE ACER MUCHO GRACIA Y TENGAS BUEN DIA
MOHAMED
Mohamed, lo más recomendable es que renueves como lo has hecho hasta ahora ya que en el momento de tramitar el DNI y pasaporte español puedes tener problemas si estas de forma irregular.
Hola Vicente,
Una persona que ya ha jurado es ESPAÑOL .
¿ Se puede dar vueltas a las leyes ? Si, pero no de esta forma.
No hay que SEGUIR INCUMPLIENDO las mismas leyes que nos piden RESPETAR cuando hacemos las PROMESAS o JURAS.
Porque la persona que ya ha jurado y que sigue POSEENDO UNA IDENTIDAD QUE NO SEA LA ESPAÑOLA COMETE EL DELITO DE POSESION FRAUDULENTA DE UNA FALSA IDENTIDAD .
Eso hay que decirlo con la cabeza ALTA y sin MIEDO .
Pues me pondré en contacto con el defensor del pueblo para notificarle este asunto.
La solucion puede existir concendiendo un documento provisional a la espera del DNI español.
Asi de claro.
Hola Vicente,tengo la solicitud de nacionalidad de mi hijo desde 09/01/2009 en registro de san javier en murcia , ha llegado la carta de madrid 28/01/2013 y todavía no me han convocado de la policía de cartagena ,hay gente con números de solicitudes posteriores de mi hijo han pasado la entrevista ,y de mi hijo me han dicho que todavía esta en registro de san javier , se puede eso? me fui a registro me han dicho que no puede volver de madrid para el registro y que se va directamente a la policia de cartagena…no se lo que puedo hacer para que mi hijo pasa la entrevista policial en cartagena . un saludo Vicente.
A todos,
Si lo que dice el amigo Mohammed resuldad ser la verdad … esto confirma que el PLAN INTENSIVO NUNCA EXISTIO .
Quien me puede decir que pasara con las juras hechas desde hace 7 meses y todo continua parado,ya ni siquiera se menciona esto….cuando terminara este proceso? cuando los registradores civiles entregaran las inscripciones? ya esto ni se menciona.GRACIAS!
Rafa, hay muchisimos comentarios al respecto y es algo que se habla todos los días. La inscripción depende de cada Registro Civil y del volumen de trabajo que tengan. ¿a que Registro Civil perteneces?
en alcorcon(((
hola Vicente quiero preguntar sobre si puedo cambiar mi nombre después de jurar ante el notario el pasado mes de noviembre gracias.
Hola vicente
Para adelantar un poco¿se puede arreglar otros papeles(acto de matrimonio o libreta familia o otra cosa..)ANTES(…) o DESPUÉS( …) jura?
Gracias.
Hola sig vicente pues si no vale esta jura al Juzgado y el Registro Civil porque sirve tirar el dinero por la ventana mi sembra una estafa perdon por esta palabra.