¿Se puede archivar un procedimiento de extranjería ya iniciado?
Una pregunta bastante frecuente entre nuestro seguidores es en relación a si se puede, o no, archivar un procedimiento de extranjería ya iniciado, es decir, antes de que se emita una resolución.
Pueden darse diversas circunstancias que den lugar a cambios que supongan, por ejemplo, el incumplimiento de alguno de los requisitos que se exigen para la concesión de la autorización solicitada; que modifique su situación interesado, modificando, a su vez, el tipo de autorización respecto a la solicitada inicialmente. O bien, que el extranjero quiera regresar a su país de origen renunciando al proceso en trámite.
En cualquiera de estas circunstancias, hay que tener en cuenta que es el propio solicitante el sujeto legitimado para instar el archivo del procedimiento.
Pongamos un ejemplo:
Imaginemos que una pareja, inscrita como pareja de hecho, solicita la tarjeta comunitaria. Este proceso puede durar hasta tres meses, que es el plazo máximo que tiene la Oficina de Extranjería para resolver sobre el asunto. Pero, ¿qué ocurre si durante el transcurso del mismo, la pareja se pelea y quieren renunciar al procedimiento?
En este caso, se podría renunciar al procedimiento presentando ante la propia Oficina de Extranjería, por parte del sujeto legitimado, un escrito en el que se solicita el desistimiento de la solicitud. Es decir, se solicita el archivo del procedimiento al no querer continuar con su solicitud
La oficina competente, recibido el escrito, procederá a dictar una resolución de archivo del procedimiento por desistimiento.
Reiteramos que es el propio solicitante quien tiene competencia para desistir del proceso ya iniciado. Pero, ¿qué ocurre si no es el solicitante, sino la pareja quien no quiere continuar con el proceso?
En este caso, no está legitimado porque no es quién ha solicitado la autorización, pero para proceder al archivo de proceso, puede presentar un escrito en el que manifieste el cese de algunos de los requisitos que dan derecho a la concesión de la autorización en cuestión, como el cese de la convivencia o el inicio de un proceso de cancelación de la pareja registrada o de divorcio.
En este caso, la oficina procedería a archivar el procedimiento al no cumplirse con los requisitos.
Lo mismo puede ocurrir para cualquier procedimiento de Extranjería cuando se dan determinadas circunstancias.
Otro ejemplo puede ser que el extranjero esté en proceso de renovación de su autorización, y decida regresar a su país de origen, o bien, que durante el proceso adquiera la nacionalidad española. En estos casos, el interesado también podría instar el archivo de procedimiento ya iniciado, puesto que ya carece de sentido la obtención de una resolución.
¡Vicente Marín nos lo explica claramente en el siguiente video!
-Trámites de Extranjería
– Cita previa en Extranjería
– Formularios de Extranjería
-Tasas de Extranjería

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
HOLA HICE EL TRAMITE DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA TARJETA FAMILIAR COMUNITARIO Y FUE ARCHIVADO PORQUE AUN NO TENIA EL REGISTRO DE CERTIFICADO DE UNION EUROPEA, AHORA QUE LO TENGO QUE DEBO HACER