¿Van a quitar los exámenes de Nacionalidad Española en 2020?

¿Diremos adiós a los exámenes de nacionalidad española por residencia en este año 2020? ¿Ya no tendré que hacer ni el CCSE ni el DELE para hacer la solicitud de nacionalidad española?

Es cierto que la posibilidad de no tener que hacer los exámenes os interesa a mucho a todos, sobre todo a aquellas personas que llevan mucho tiempo en España y que para ellos es algo complicado o tienen diferentes dificultades para superar dichos exámenes, sobre todo el DELE A2. Muchas son las preguntas relacionadas que nos hacéis a diario en nuestra redes sociales y a través de nuestro teléfono de asesoría y es muy común encontrarnos con preguntas como ¿van a quitar los exámenes de nacionalidad?

Vicente Marín, abogado experto en materia de extranjería y nacionalidad española y director de Portal Parainmigrantes.info os explica las últimas novedades sobre la eliminación de los exámenes de nacionalidad española.

Por ello en la noticia y vídeo de hoy queremos hablar sobre si se van a quitar los exámenes de nacionalidad española o la modificación de dichos exámenes durante este año 2020.

¿Tendremos noticias sobre el Real Decreto que regulará la dispensa y si se van a quitar el CCSE y el DELE?

Si que durante este año 2020 por fin podemos tener noticias sobre la eliminación del examen CCSE y/o DELE. Como bien sabéis la modificación o si se eliminan los exámenes de nacionalidad española se establece a través de un Real Decreto. Real Decreto que aprueba el Gobierno.

Como en los últimos días se ha podido crear un Gobierno, ya sabéis gracias a los acuerdos entre PSOE, Unidas Podemos y otros partidos políticos, a lo largo de este año 2020 tendremos publicado (por fin) dicho Real Decreto y podremos ver en que casos se va a poder dispensar o eximir dichos exámenes de nacionalidad española y por supuesto bajo que supuestos se podrá hacer.

Este Real Decreto y gracias a que ya tenemos Gobierno estable, lo más normal es que este documento que ya está muy avanzado, pase al Consejo de Ministros y por fin se publique.

Desde Parainmigrantes.info creemos que ya no hay excusa para poder publicar y culminar con el proceso de la publicación de este Real Decreto y determinar así muy bien que personas pueden acogerse a una dispensa o a una eliminación de los exámenes de nacionalidad española por residencia.

Cuando se publique este Real Decreto ¿se van a quitar los exámenes de Nacionalidad Española?

Creemos que no. El hecho de regular aquellos supuestos bajo los se podrá solicitar la dispensa no quiere decir que se eliminen los exámenes de nacionalidad.

Si que se determinará de manera clara las personas que podrán solicitar su dispensa como por ejemplo:

  • Aquellas persona de edad avanzada. Veremos que edad se establece.
  • Si las personas con estudios universitarios pueden dispensarse de los exámenes.
  • En los casos de personas analfabetas, como lo podrán acreditar.
  • para las persona analfabetas disfuncionales, tendremos que ver de que manera se dispensará del examen, y se les facilitará la realización del examen DELE.

Para el resto de supuestos, entendemos que como sucede hasta el día de hoy deberán aprobar el Certificado Apto de dichos exámenes de Nacionalidad Española.

Recordatorio.

Exámenes CCSE y DELE para solicitud de Nacionalidad Española por Residencia.

Como bien sabéis todos a día de hoy es totalmente necesario hacer tanto el examen CCSE como el DELE para poder hacer la solicitud de nacionalidad española por residencia.

Si que en la famosa Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de nacionalidad española por residencia, se establecen determinados supuestos en los que no es necesario, o mejor dicho se elimina como requisito el tener que aprobar y aportar el correspondiente Certificado de Apto tanto del CCSE como el DELE.

Dentro de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre que os hemos comentado anteriormente, se establecen varios supuestos de la exención de la realización de dichos exámenes como en los casos de:

  • Haber realizado en España la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

En caso de estar en posesión de un Titulo de Educación Secundaria Obligatoria, lo único que debeos hacer en el momento de hacer la solicitud es aportar copia de dicho título.

  • Menores de edad
  • Personas con capacidad modificada judicialmente.

En estos dos casos en concretos en lugar de aportar el correspondiente certificado Apto del CCSE y/o DELE debemos aportar un Certificado del centro de formación, residencia, acogida o educación especial en los que, en los que haya estado inscrito el menor o la persona con capacidad modificada judicialmente.

¿Hay algún caso más dónde esté exento de hacer los exámenes de nacionalidad española?

Igualmente dentro de dicha Orden, también se prevé la posibilidad de estar exento de hacer estos exámenes de nacionalidad española en los casos de aquellas personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje.

  • No saber escribir ni leer.
  • No saber leer ni escribir ni en español (analfabetos funcionales, es decir aquellas personas de países con alfabetos diferentes al latino.
  • Tener dificultades de aprendizaje como por ejemplo, personas muy mayores o con algún tipo de problema o enfermedad que le impiden aprender castellano o superar los exámenes.
  • Otros supuestos.

En estos casos, ambos bastante abiertos y no detallados dentro de la Orden que comentábamos, es posible pedir una dispensa de dichos exámenes, tanto CCSE como DELE al Ministerio de Justicia, por lo que habrá que esperar al Real Decreto sobre la dispensa y que se prevé que entre en vigor en este 2020.

De momento es poca la información que tenemos en cuanto al Real Decreto sobre si van a quitar los exámenes de Nacionalidad Española. De cualquier en cuanto tengamos alguna novedad os informaremos de inmediato tanto a través de nuestro Portal Parainmigrantes.info y nuestras redes sociales.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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8 comentarios en “¿Van a quitar los exámenes de Nacionalidad Española en 2020?
  1. SAID LIESSE SAIDI dice:

    Hola buenas tardes por favor quiero nacionalidad de cambio de residencia de larga duración mayor de edad 68 anos pensionista sin examen por favor ayudame ok muchas gracias

  2. Mohammed dice:

    Hola es verdad no hay examines ahora

  3. Ana Laura dice:

    Hola, buenas noches. Mi nombre es Ana y llevo desde 2010/2011 en España (Gran Canaria), con estudios homologados de ESO y posteriormente estudios de FP superior, actualmente me encuentro trabajando. Me gustaría saber cómo proceder y qué requisitos debo tener para hacer el examen de nacionalidad ó si estoy exenta por algún motivo. También de qué forma puedo prepararme en el caso de que sí tenga que hacerlo. Gracias de antemano.

    1. Buenas tardes.
      Estoy en la misma situación Ana Laura.
      Ha conseguido alguna respuesta al respecto?
      Gracias y un saludo.

  4. casi llevo mas de trenta y cinco de anitos aqui en catalunya asta hora estoy esperando solamente una cita de renovacion de mi residencia dicen que esta colapsado las citas y ahora llevo un mes e medio caducado y estoy trabajando de camionero y la empresa me lo piden en activo estoy esperando como conseguir esta cita en breves incluso se murio mi hermano mayor y no puedo asistir al intiero por falta de permision de residencia en vigor vaya la vergueza un saludo de mi parte a ver si me pueden ayudar como puedo conseguir esta cita un abrazo cordialemente de mi parte sam

  5. Svitlana dice:

    Buenos días:Tengo la ESA(educación secundaria para adultos)realizada aquí en España y FP de grado medio.?Tengo que hacer exámenes de nacionalidad?Soy ucraniana

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      para ver su caso concreto puede hacer una consulta por teléfono y lo vemos todo https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  6. Estella Joseph dice:

    Muy bien

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