Residencia temporal

Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa

Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 30 bis y 31)

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 45 al 49).

Tipo de autorización

Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.

Requisitos necesarios

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

2. No encontrarse irregularmente en territorio español.

3. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

5. Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:

• Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, que en este año 2016 asciende a 2.130,04 euros.

• Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM que en este año 2016 asciende a 532,51 euros.

6. Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

7. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

8. No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.

Documentación a aportar

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

1. Impreso de solicitud de visado de residencia en modelo oficial por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero, o su representante legal en caso de ser menor de edad. Dicho impreso puede obtenerse en http://www.maec.es

2. Pasaporte o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima de un año.

3. Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.

4. Documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita.

Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba, incluyendo la aportación de títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta.

Si los medios proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, se acreditará mediante certificación de las mismas que el solicitante no ejerce actividad laboral alguna, acompañando declaración jurada en tal sentido.

5. Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
6. Certificado médico

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, si es un documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.

Información sobre el procedimiento

Sujeto legitimado para presentar la solicitud de residencia temporal: el extranjero, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente.

Lugar de presentación: Misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero.

Las tasas: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:

o Tasas por expedición de visado…………………….……………60 euros

o Tasas por autorización de residencia: Modelo 790 código 052: ….…….10,72 euros

Plazo de resolución: El plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

En el caso de concesión del visado de residencia, el extranjero dispone de un mes desde la notificación para recogerlo personalmente. En caso de no hacerlo así, se entenderá que ha renunciado al visado concedido, y se producirá el archivo del procedimiento.

Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en España en el plazo de vigencia del visado, que en ningún caso será superior a tres meses.

La autorización inicial de residencia temporal tendrá la duración de un año y la vigencia comenzará en la fecha en que se efectúe la entrada en España.

En el plazo de un mes desde la entrada en España, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar: http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:

1. Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial (EX-17) Descargar formulario

2. Justificante del abono de la tasa modelo 790 código 012
3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
Hoja informativa actualizada a enero de 2016.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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88 comentarios en “Residencia temporal
  1. Noelia Vanesa liendo dice:

    Hola quiero hacer mi nacionalidad …mi mamá ya la tiene y en mi país Argentina Córdoba no me la hacen por ser mayor de edad …o quiero hacer una vida de trabajo porq me quiero ir a España

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Noelia puedes hacer una consulta por Skype y vemos tu caso concreto https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  2. Mauro dice:

    Yo entiendo que esta autorización de residencia temporal no lucrativa no me permite trabajar en España, pero me gustaría saber si me premitiría invertir en el país. Por ejemplo, abrir un negocio, ser socio de una empresa, algo así.

  3. MIRIAM DE ARROYO dice:

    hola quisiera saber los requisitos para irme de EL SALVADOR sA ESPAÑA con mi familia somo 4 mi esposo y mis dos hijos menores de edad, debido a la SITUACION Y amenazas en nuestro pais.

  4. Cristina dice:

    Hola, buenas tardes.
    Soy una ciudadana cubana, tengo una visa schengen porque me encuentro realizando estudios de postgrado en la EU. Como estoy en la parte final de mis estudios, me vine a Espana a residir con mi tía, y ya he hecho el padron en su municipio hace unos dias.
    Me gustaria saber que tramites tengo que hacer para solicitar la residencia aca en Espana.
    Y si hay un tiempo de expiracion para presentar algun tramite porque actualmente estoy viajando a ver a mi tutor por unos dias.
    Muchas gracias por su tiempo,
    Cristina

  5. Ximena dice:

    Hola soy colombiana pero tengo mi DNI desde hace 5 años y estoy casada mas de 10 años y mi esposo se quiere venir a pasear seis meses me puden explicar pir favor que tengo que hacer para poder traerlo solo 6 meses el tiene su trabajo en Colombia es Policía.
    Muchas gracias de antemano por la ayuda

  6. Nombre... dice:

    Hola buenos tardes, quisiera saber tengo una tarjeta de residencia temporal no lucrativa por razones humanitarias enfermedad, quisiera
    llevo renovando más de tres años quisiera saber si puedo estudiar, o hacer cursos en el inem o a que entidad puedo ir ya que veo que
    Puedo necesitarlo para mostrar integración social ya que llevo más de tres años renovando año a año porque solo me la dan por un año y ya cumplí 4 años en el país, quisiera saber si con este tipo de tarjeta puedo solicitar nacionalidad ya pertenezco a un país iberoamericano o si no me sirve podría buscar empleo y tramitar el cambio de tarjeta sin problemas, porque tengo mi profesión y especialización sin convalidar aun, o al llevar 5 años renovando este tipo de tarjeta puedo solicitar la de residencia de larga duración o debo tener contrato.
    Gracias por su ayuda

  7. Brisa dice:

    Hola tengo una duda, mi esposo y yo quisiéramos estar en España 6 meses al año tengo un hijo con permiso para residir en la Unión Europea expedido en Italia y una nuera Italiana así como una nieta de 9 años nacida en España pero registrada en la embajada Italiana aunque ya están por darle la ciudadanía española a la niña por residir en España y también la esta tramitando mi hijo por que hace mas de 10 años que vive y trabaja allí. Pero no vamos vivir con ellos y contamos con los medios necesarios exigidos para residencia no lucrativa somos jubilados en nuestro país de origen (Uruguay) tenemos 68 y 62 años respectivamente.
    ? que nos conviene tramitar ,la residencia no lucrativa o esperar a que mi hijo tenga la ciudadanía y pida la reagrupacion familiar? Sin mas gracias atte Brisa

  8. Tatiana dice:

    Buenas tardes!! He solicitado la autorización inicial de residencia temporal no lucrativa para mi hija menor de edad (17) me han pedido un seguro médico, se supone que ella está en mi seguridad social, en el caso de que no sea así tendré que contratar un seguro, me han ofrecido un seguro de decesos con descuentos en médicos privados y urgencias, la persona que lo ofrece dice que ha vendido varios para el mismo caso.
    Mi pregunta es, es cierto esto? me valdrá este seguro?
    Muchas gracias!!

  9. zuleima Garcia dice:

    Hola. Soy de Venezuela. Cusles on Los requisitos para solicitar visa de estudio en españa?

  10. Edel Pérez Castillo dice:

    Hola, tenga una pregunta, yo llevo 3 años de «ESTANCIA POR ESTUDIOS» aquí en España, me interesa aplicar a la RESIDENCIA TEMPORAL, para esto piden los Antecedentes penales. Hace 3 años yo presente mis antecedentes penales en el Consulado de España de mi país de Origen, para solicitar la visa por Estudios.
    La pregunta es: ¿necesito presentar de nuevo los antecedentes penales de mi país de origen para tramitar mi residencia?
    Muchas gracias.

  11. Saludos:
    tengo algunas dudas, tengo planeado presentarme al Examen MIR, que probabilidad tengo de obtener la residencia temporal no lucrativa si cumplo todos los requisitos, ¿o se necesita algún motivo importante para que te la otorguen? y con este tipo de residencia puedo presentarme a esta oposición?

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Con un visado de estancia por estudios podrá realizar el MIR en España.

  12. sseme dice:

    saludos
    Me gustaría que alguien me brinde una ayuda con lo siguiente mi esposa y yo llevamos 8 años casados ella tiene nacionalidad española y tenemos tres hijos nacidos en España quiero solicitar por primera vez la tarjeta de residencia y quiero saber cuales documentos debo presentar y cual es el procedimiento voy agradecer de su ayuda!!!
    Gracias de ante mano!!!

  13. Hola, definitivamente una página de gran utilidad.
    Mi pregunta es la siguiente, próximamente me presentare al Examen MIR quisiera saber si la residencia temporal no lucrativa me sirve para hacerlo y en caso de que se me adjudique una plaza, si esta modalidad sería algún problema posteriormente.
    Gracias.

  14. Mathias Pérez Rodriguez dice:

    Buenas tardes,
    Soy Uruguayo casado con un Español desde hace 1 año, actualmente resido en Canarias y estoy en trámite de Tarjeta de Residencia temporal de familiar de comunitario, mi resolución ha dado NO FAVORABLE, y por lo tanto estoy en un Contencioso Administrativo contra extranjería.
    Estoy interesado en volver a Uruguay para resolver unos asuntos y nuevamente retornar a España, lo cual quisiera saber con exactitud si tendría problemas al retornar a España con mi pasaporte, libro de familia y papeles que estoy solicitando mi tarjeta de residencia mediante juicio.
    ¿Hay alguna diferencia si mi marido viaja conmigo o si soy yo el que viaja para reunirme con él?
    Espero su respuesta, y muchas gracias.

  15. Natalia Liz Landaburu Alonzo dice:

    Buenas noches,
    Quería saber si pueden guiarnos sobre el tipo de visado que necesito solicitar. Soy uruguaya sin nacionalidad comunitaria. Mi intención es irme a vivir con mi pareja a España, nuestra idea es llevar dinero para vivir y también buscar trabajo. Pero entramos en la pagina del consulado para ver que tipo de visa y ahí donde nos entrevera un poco. Si pudieran orientarnos les estaría sumamente agradecida.

  16. Hola,
    Llevo 4 años viviendo en España con la tarjeta Estudiante/Investigador, tengo contrato de becario (no es oficial como FPU) y pago mensualmente a la seguritat social, quisiera saber si puedo conseguir la tarjeta de residencia con permiso de trabajo para cuenta ajena con esta modificación «Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación formación o prácticas a la situación de residencia con excepción a la autorización de trabajo.»
    Gracias por su atención,

  17. Hola
    Soy cubana, con residencia en España por mi marido cubano- español, el 29 de diciembre de este 2016 se me vence el NIE, pero quiero ir de viaje a Cuba por un mes, octubre completo, mi pregunta es que si puedo realizar este viaje sin problemas, dos meses antes del vencimiento de mi NIE? A mi regreso lsolicitare mi residencia por 10 años, como corresponde, en vistas de que pedi mi nacionalidad en 2015 y no me llega. Por favor, es todo esto posible?

  18. astrid leon vela dice:

    Cordial saludo,
    como puedo evidenciar la entrega de mi tarjeta de residencia en la oficina consular de mi pais, ya que me niegan mi solicitud por que no se evidencia la entrega, cuando yo fui y entregue mi tarjeta para que me pagaran en acuerdo al retorno voluntario no me dieron ningun documento de recibido ni nada por el estilo.

  19. Maria dice:

    Buenas tardes
    Soy Argentina y trabajo hace 8 años a distancia para una empresa norteamericana. Tengo el dinero suficiente para vivir en España y mantener a mi pareja. Me gustaria saber dónde tengo que ir para que me expliquen todo lo que tengo que hacer y si este permiso de recidencia no lucrativo puedo extenderlo a mi pareja.
    Muchas Gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Maria el trámite se realiza directamente en el Consulado de España que te corresponda por domicilio.

  20. Luisa dice:

    Hola, buenos días
    Tengo la intención de pedir la autorizacion de residencia no lucrativa.
    ¿Puedo ingresar a España como turista durante los 3 meses que tardan en resolver mi solicitud?
    Saludos

  21. Alassane gaye dice:

    Reagrupación

  22. Hernan dice:

    Hola, quisiera felicitarles por la página, es muy útil y ayuda a mucha gente.
    Mi duda es la siguiente: Soy ecuatoriano, estoy realizando la residencia médica MIR desde hace 3 años. Por lo tanto sería una estancia de estudios lucrativa ?ya que recibo un sueldo mensual y declaro impuestos cada año.
    Quisiera tramitar la ciudadanía española y no sé si con los años que llevo realizando el MIR me sirve. Como Iberoaméricano me exigen 2 años de residencia legal, según entiendo.
    Agradezco de antemano la información.

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Hernan en tu caso, aunque estés percibiendo un sueldo, tu condición en España es de estudiante y tu autorización es de estancia por estudios. La normativa para solicitar la nacionalidad española exige ser residente legal, lo cual es una situación jurídica distinta a la de estancia por estudios y, por tanto, no podrías solicitar la nacionalidad española. Únicamente al modificar tu autorización a residencia y trabajo, y después de años, podrías solicitar la nacionalidad.

      1. Jorge dice:

        y como se realiza la modificacion de la estancia de estudio a autorización a residencia y trabajo. Debo esperar termianr todo el MIR o a los 3 años puedo solicitar cambiarla.

        1. Azahara Parainmigrantes dice:

          aquí te dejo un enlace con toda la información: https://www.parainmigrantes.info/modificacion-de-la-situacion-de-estancia-por-estudios-a-trabajo-por-cuenta-ajena-644/

  23. Marco dice:

    soy reagrupado por mi madre y a ella le toca renovar su NIE a uno de larga duración,la fecha de renovación de mi NIE y el de mi madre es la misma, mi pregunta es: ¿podría darme la tarjeta de larga duración? ya que estoy 3 años en España

  24. JAVIER dice:

    Primero, quiero agradeceros la importante labor que estáis haciendo y la información tan sumamente detallada que ofrecéis al extranjero.
    Mi pregunta es la siguiente, tengo una tarjeta no lucrativa desde hace cuatro años, y quisiera saber si puedo solicitar la Nacionalidad Española con esta tarjeta y el tiempo que llevo en España legalmente por residencia o circunstancias excepcionales.
    Muchas gracias.

    1. Por «tarjeta» pienso yo que se refiere al «NIE». Su pregunta es realmente sobre el visado y la solicitud de ciudadania. En mi caso yo soy latinoamericano y puedo solicitar la ciudadania española a los dos años de haber residido en España. El tiempo en España con nuestro visado (el suyo y el mio) si cuenta como tiempo de residencia. Yo soy puertorriqueño con ciudadania norteamericana y puertorriqueña (no es un error, si existe la ciudadania puertorriqueña legalmente). Al recibir la ciudadania española no tengo que renunciar a mi ciudadanias originales, esto es solo esclusivo para latinoamericanos. Creo que para el resto tienen que esperar cinco años para solicitar la ciudadania, incluso rumanos y otros miembros de la union europea. En mi caso yo tengo ya un año en España y voy a tratar de pedirla ahora porque tengo un abuelo español y con un año de residencia se puede pedir asi.

  25. JAVIER dice:

    Es un placer dirigirme a vosotros y poder agradeceros la ayuda e información que proporcionáis al extranjero.
    Mi pregunta es la siguiente, es posible solicitar la nacionalidad Española con una tarjeta no lucrativa? es la segunda vez que se ha renovado y por lo tanto llevo legalmente en España cuatro años con este tipo de tarjeta.
    Un cordial saludo.

  26. José Luís Villanueva dice:

    Buenos días
    Mi compañera, de nacionalidad turca, posee la tarjeta de residencia temporal no lucrativa desde hace 3 años y se dispone a tramitar la 2a renovación.
    Leo en la legislación que tras estos 5 años podría solicitar la de larga duración pero, habida cuenta que -ya ahora- supera los 10 meses fuera de España, su solicitud sería -con seguridad- denegada.
    Mi pregunta es: ¿que procedimiento debería seguir, pasados los 5 años, para seguir renovando su residencia temporal?, ya que en el impreso de solicitud solo se contemplan la Inicial, la 1ª renovación y la 2ª renovación.
    Muchas gracias

  27. Hola. ..quisiera recibir información. Sobre el tema de tarjeta no lucrativa. .ya mi pareja tenia la residencia por circunstancias excepcionales y ahora le han dado la no lucrativa. .pero puede con esta pedir alguna ayuda en el inem.? O como la cambiamos a una tarjeta de residencia normal…teniendo en cuenta que ni tiene trabajo solo ésta inscrito en el inem..muchas gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Tendrá que modificar su autorización de residencia y solicitar la correspondiente autorización de trabajo: https://www.parainmigrantes.info/modificacion-de-residencia-a-trabajo-por-cuenta-ajena-100/

  28. Silvina dice:

    Hola. Soy argentina. Tengo una visa de estudiante para realizar un Master en Barcelona (dos años) Comienzo este año en Octubre.
    Me interesaria tramitar en algun momento la ciudadania española, pero acabo de leer que los dos años que estare estudiando en españa no se computan para solicitarla a los dos años de residir. (Como latinoamericana)
    Como puedo modificar mi visa de estudiante por una de residencia sin fines de lucro, que si se computa para la ciudadania? Puedo hacerlo estando en Barcelona? Si obtengo una visa de residencia sin fines de lucro puedo estudiar?
    Muchas gracias por cualquier informacion que me puedan brindar.

  29. Federico dice:

    Soy de Argentina, y quiero solicitar un visado de residencia temporal no lucrativa para instalarme en Barcelona. Tengo toda la documentación solicitada, excepto el siguiente requisito: «Acreditación de vivienda en España (original y copia) del Contrato de arrendamiento o de Escritura Publica de Propiedad, o Acta Notarial de la persona con la que va a residir en España»
    No se como hacer, ya que estando en mi país como hago para alquilar algo por un año si todavía no se si me van a otorgar la residencia? tampoco tengo la fecha, ya que dependo del otorgamiento y encima sin ver la propiedad?. Sirve alguna reserva de hotel por un plazo aproximado de un mes?, ya que calculo que es el tiempo que me puede llevar buscar algún alquiler?
    Desde ya muchas gracias.
    Cordiales saludos,
    Federico

    1. DANIEÑ dice:

      A mi me basto con una reserva de hotel que ni siquiera me pideron si no me equivoco. Solo preguntaron en que ciudad oba a residir y codigo postal de la ciudad.

  30. Raúl Bosch dice:

    Visado de residencia temporal no lucrativa y actividad de voluntariado.
    Tengo el visado de residencia temporal no lucrativa porque estoy jubilado y tengo los medios financieros (pensiones de lmi pais) para no tener que trabajar por resto de mi vida en España.
    Quiero contribuir a la comunidad donde resido en España. Quiero hacer actividades de voluntariado (Caritas, Cruz Roja, iglesia, etc.). El visado especifica que no puedo trabajar y no dice mas. Mi motivación hacia el voluntariado seria estrictamente altruista. La gente dice comúnmente “quiero hacer trabajo de voluntario”. Entiendo que el carnet de NIE dice “no trabajar” sin especificar que lo que quieren decir es participar en una actividad que genere ingresos o recibas remuneración monetaria o de algún otro tipo. Yo entiendo que al ser voluntario no puedo aceptar ni un vaso de agua de la organización.
    Por otro lado al solicitar la ciudadanía española a los dos años de residencia (soy originario de un país latinoamericano) examinan cosas como el nivel de integración que tienes en tu comunidad de residencia. El haber sido voluntario seria un ejemplo de participación.
    He buscado por todo el “internet” durante semanas y no he podido encontrar un solo documento oficial que prohíba a una persona con visado de residencia temporal no lucrativa el realizar actividades de voluntario. Lo único que se menciona es que no puedo “trabajar” y que debo tener los medios de subsistencia traídos del extranjero.
    Lo que temo es que al presentarme en una organización comunitaria como una persona interesada en ser voluntario piensen que mi verdadera intención es eventualmente conseguir un trabajo remunerado y que incluso me reporten a las autoridades como una persona que quiere trabajar sin tener permiso de trabajo y me expulsen del país.
    Favor de aconsejarme o indicarme los reglamentos específicos que tengan relación con mi situación e interés de ser voluntario.
    Gracias
    Raúl

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Raul, para ser voluntario no tienes porque ejercer una actividad laboral retribuida, es cierto que tu tarjeta esta limitada y no puedes trabajar en el sentido de que no puedes darte de alta en la Seguridad Social, ni obtener un contrato legal remunerado puesto que en España sólo dispones de autorización para residir, así que mientras no se ejerza una actividad laboral como tal, no debería de haber problema, es entendible que los servicios de voluntariado no conllevan una actividad laboral retribuida.

  31. Zayd Boumaaza dice:

    Buenas noches,
    Soy Marroqui, no vivo es Espana , he solicitado autorizacion de residencia temporal y trabajo por cuenta propia hace dos anos casi, y aun no me han dado su respuesta final, que hago para accelerar la operacion un poco ? , y yo quiero empezar la apertura del negocio ya, me den un visado para cumplir el resto de los papeles??
    gracias

  32. Para residencia por arraigo social, tengo una empleada que necesita el arraigo y la queremos contratar como trabajadora interna para cuidar una persona mayor dependiente, el contrato lo haríamos los hijos, quiero saber si en el contrato podemos salir todos los hijos como empleadores o solo puede ser uno de los hijos el empleador.

  33. virginia colman dice:

    como puede hacer una amiga que quiere hacer los papeles para tener por primera vez el nie pero no tiene contrato espero que me digan si puede hacer o no y si puede como lo hace muchas gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Virginia habría que valorar varias cosas para poder indicaros mejor. Dile que nos llame y lo vemos.

  34. canal+ dice:

    buenas tardes mi pregunta es la sgte tengo nacionalidad ase un ano quiero saber que requisitos necesito para traer a mi madre por unos días a espana muchas gracias

  35. Karlos dice:

    Hola
    Tengo una pregunta y espero que me ayudaras. me ha venido una carta que procede la denegacion de la autorizacion solicitada, para Residencia Temporal por circunstancias excepcionales
    HECHOS
    PRIMERO. Que la solicitud fue presentada en fecha 23/05/2014, basada en una situación de arraigo social.
    SEGUNDO. Consultando con los antecedentes obrantes en la Tesorería General de la Seguridad Social, resulta que la
    empresa solicitante tiene 2 trabajadores de alta y ambos figuran con un contrato a tiempo parcial. Por consiguiente, resulta
    evidente que la actividad de la empresa requiere que la modalidad de contratación de los trabajadores sea a tiempo parcial,
    que en definitiva revela la escasa solvencia de la oferta.
    TERCERO. De acuerdo con los antecedentes obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria de fecha
    23/05/2014, la empresa no se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo que demuestra su
    escasa capacidad económica.
    A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes:
    Lo que pasa que mi empresa no tiene deudas y puede presentar certificado de acienda. Y quero saver vale pena hacer un recurso con la cetificado de acienda y una justificante garantizada por el empresario?
    Hay algun tipo de justificante? Podeis me dar consejos porfavor?Como conseguir una salida.
    Gracias
    saludos

  36. mahjoub dice:

    hola,me han devuelto el dinegado en la renovacion de me residencia por dias de cotizacion,he hecho un recurso y ahora no se que hacer,me han parado del trabajo.
    pido informacion por favor.

  37. LESLY HERNANDEZ dice:

    ?Necesito informacion acerca de una maestria para estudiar en españa y como puedo ser candidata de una…

  38. Andrés dice:

    hola, yo voy a pedir la autorizacion de residencia no lucrativa.
    puedo entrar en España como turista durante los 3 meses que tardan en resolver mi aplicación?
    saludos

  39. loren dice:

    somo 4 hermnos recidiendo en españa 3 ya tenemos la nacionalidad queremos traer anuestra madre qdebemos hacer

  40. loren dice:

    hola quiero traer ami hija de 10 años solo por 90 dias de visita esta en colombia qdebo de hacer gracias

    1. Vicente Marín dice:

      Loren, puedes tramitar una carta de invitación https://www.parainmigrantes.info/carta-de-invitacion-951/

  41. PRISCILLA CARLA dice:

    HOLA MIRA YO FUI RENOVA MI TAJETA E SALI NO FAVORAVEL QUE HAGO AHORA MISMO ESTOY SIN SABER QUE HACER

    1. Vicente Marín dice:

      Priscila, puede interponer recurso. Aquí tienes la información https://www.parainmigrantes.info/permiso-de-residencia-denegado-recurso-de-reposicion-476/

  42. hola
    es muy urgente
    una abogada me dijo que el tiempo que puede estar un extranjero fuera de españa es de 3 meses por año.y me dijo esa es lq nueva normativa alguin me puede confirmar algo y si algiun tiene el texto de normativa ñe lo da porfavor
    graciaaaaaaaaaaaaaaaaaaas

    1. Vicente Marín dice:

      Nad, aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/extincion-de-la-autorizacion-de-residencia-por-tiempo-fuera-de-espana/

      1. hola
        entonces no existe ningun nueva normativa
        y esa abogada miente

        1. Helenilda dice:

          No miente. El tiempo maximo de estancia fuera de las fonteras es de 90 días. Lo sé por experiencia

  43. Nathalia dice:

    Buenos días. He solicitado la primera renovación de residencia temporal no lucrativa y en la web me aparece como RESUELTO FAVORABLE (04/09/2013). El problema es que la carta donde especifica el día que debo ir para la toma de huellas todavía no me la han mandado aun. En estos casos debo solicitar yo la cita para trámite de huellas o que debo hacer? Les agradeceria alguna ayuda.
    Gracias.

  44. meriem dice:

    buenas noches
    tengo una pregunta muy urgente
    soy de marruecos y tengo tarjeta de residenciq temporal primera renovacion.lluevo fuera de espama casi 6 meses y auiero saber como se calcula esos 6 mese por año que permite el gobierno
    se calcula
    1-desde 1 de enero hqstq 31de deciembre de cada año
    o bien
    2- desde el premer diq de vigencia de tarjeta hasta el ultimo dia : por ejemplo mi tarjeta es desde 18-10-2012 hasta17/102014
    gracias

  45. Mariela dice:

    Hola!! solicite una visa de estudiante por 6 meses pero me fue negado porque la escuela a la q voy no es universidad y no da un certificado validado. Yo solo quiero tomar el curso y viajar un rato por España . Mi pregunta es estando allá puedo solicitar que me permitan estar tres meses más??? Es fácil q me den el permiso?? Cubrí los requisitos ante la embajada, pero las autoridades de España dicen q no es oficial el certificado. Yo quiero ir tengo la solvencia económica para ir y no pretendo quedarme para trabajar o vivir allá. Que debo hacer porque me da miedo estar como ilegal tres meses.

  46. hola, buenas noches .
    me encuentro con visa de estudiante en españa, para cambiarme a visa de residencia temporal no lucrativa, tengo que retornar a mi pais ???

  47. buen día, actulamente estoy en españa con visa de estudiante, tengo pensado comprar un piso, obtendre la residencia temporal? o tengo q esperar retornar a mi pais ( perú) para luego solicitar una visa para residencia temporal para comprar un piso ????gracias

  48. ALVARO dice:

    BUENAS TARDES VIVI EN ESPAÑA 10 AÑOS LOS REGRESE A COLOMBI ACE YA DOS AÑOS YMEDIO Y PERDI LA POSIBILIDAD DE RENOVAR MI TRECERA TARJETA QUE FUE OTORGADA PERO NO PUDE IR A LA CITA QUE ME DIO LA POLICIA PARA EL TEMA DE LAS HUELLAS YA KE ME ENCONTRABA EN COLOMBIA YO TENGO UN HIJO DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA Y ME GUSTARIA SAVER COMO PUEDO ACER PARA RETORNAR A ESPAÑA SI YA NO TENGO VIGENTE MI NIT

    1. nenita dice:

      Álvaro, entiendo que de ese tiempo que residiste en España sino todo la mayor parte del tiempo estuvieste en situación regular (con papeles) pues hablas de la tercera tarjeta, por lo que no entiendo como no solicitaste la nacionalidad española (doble nacionalidad) a la que tienes derecho a acceder con 2 años de residencia legal y continuada en España (a diferencia de otras nacionalidades, los paises iberoamericanos por razones históricas obvias y justas con 2 años de residencia pueden optar por la nacionalidad española al igual que un español en colombia, mientras que otros nacionales incluso de la UE necesitan 10 años de residencia legal en España).
      Con la nacionalidad española ya no necesitarias permisos de trabajo ni nada, serías igual en derechos y obligaciones que cualquier español, y no tendrías que renunciar a la nacionalidad colombiana.
      Creo que se te escapó esta opción, quizás por no estar bien informado, y ya te hubieses olvidado de visados y demás para entrar en España o en cualquier país de la UE. Opción que cobra relevancia especial en caso de los colombianos por todas las trabas que ponen a los colombianos para entrar en cualquier país de la UE, más que a otros ciudadanos lationamericanos.
      Ahora a buscar otra vía, tu hijo que tiene nacionalidad española reside en España? La madre de tu hijo es Española? y si es así estás separado o no?. Creo que según la situación que resulte de estas 2 preguntas podrías optar por la reagrupación familiar. Ya nos contarás más datos, y así concretar posibilidades.
      Un saludo.

  49. fernando dice:

    buenas tardes soy extranjero , resido en España y poseeo visa de residencia temporal no lucrativa, he rendido el examen MIR y voy a empezar mi residencia medica en España, se que debo cambiar mi visado de residencia, y quisiera saber si mi visado lo puedo cambiar por un visado de residencia y trabajo o cual seria el tipo de visado que debo pedir. Desde ya muchas gracias

    1. Jorge dice:

      Hola Fernando,
      Yo tambien soy extranjero y me voy a presentar al MIR, y cuento con la residencia no lucrativa. Ahora que seguramente ya has empezado la residencia, como has hecho con el cambio de visa para iniciar tu residencia ?
      Te agradeceria cualquier informacion que me puedas brindar.
      Muchas gracias de antemano
      Un Saludo.

      1. diego dice:

        hola fernando y jorge, yo estoy valorando presentar el MIR y sacar la residencia no lucrativa, solo quería saber si tuvieron alguna problema, cuanto se tardo en autorizar? soy mexicano

    2. GABRIELA dice:

      Hola Fernando!! tengo gusto la misma duda, me podrías decir cómo lo solucionaste, por fa….. gracias

    3. Maria dice:

      Hola Fernando,
      Lei tu post en parainmigrantes, y estoy en una situación similar a la que tuviste el año pasado, asi que si me despejaras estas dudas sería genial.
      Yo estoy actualmente con visa de residencia no lucrativa y quiero dar el MIR el 2015 dime:
      ¿te permitieron inscribirte al examen MIR sin problemas?
      y lo más importante: ¿La tarjeta de residencia no lucrativa impidió que fueras afectado por el «cupo para extracomunitarios de 4%?
      Espero que hayas podido solucionar todo el tramite de tu residencia.
      suerte y espero tu respuesta!

      1. Antonio dice:

        Hola María.. Si es que sabes si la tarjeta no lucrativa cuenta como afecta o no del cupo ..avísame ! Yo estoy en la misma situación! Gracias !

        1. erika dice:

          hola estuviste exento de el cupo de extranjero con tu visa de residencia no lucrativa? me urge saber

          1. Elsa dice:

            Hola!!!
            Por fin alguno sabe si presentar el MIR con la residencia no locrativa, hace que uno entre en el 96% de os cupos ??
            Gracias!!!

          2. Juan dice:

            hola como estas, supongo que habrás dado el examen . Quería preguntarte si te has visto afectada por el cupo de extranjero con la tarjeta de residencia temporal no lucrativa. estoy preparándome para el examen de 2017 y seria interesante saber como terminó tu caso. Gracias por la respuesta.

          3. Elsa dice:

            Hola!! Estoy en tu situacion pero presento el MIR en 2018.
            Sabes si con la residencia no lucrativa, estaras dentro del 96%??
            Muchas gracias !!

        2. “There is no implication of voluntary or forced in my description.”No ambiguity there, Richard. By saying “they left” you made a clear choice between the two words you think are implied, &#la80;vo8unt2ryࢭ and “forced”.. “They left” can only be read as voluntary…

        3. Hola!! Con la residencia no lucrativa, Estuviste dentro del 96% al presentar el MIR?
          Gracias!!

  50. carolina dice:

    hola tengo un problema muy grave para mi . Año pasado en marzo tenia q renovar mi tarjeta de residencia de larga duracion y no me la renovaron por que e salido de españa durante un año y quisiera saber q puedo hacer q me aconsejan , y ademas de eso estoy embarazada y no se que hacer por favor necesito que me ayuden que me den una orientacion
    muchas gracias

  51. maria dice:

    quiero cojer cita para poner numero NIE i no se como se aser esto mi amiga me dicho por internet i yo buscar i no puedo quentre

  52. yasmin dice:

    Cómo puedo renovar mi tarjeta de residencia ha caducado 19/02/2006 hace 6 anos estoy fuera de espana
    habia vivdo in espana 2 anos con targeta de regimen communtario desde 20/02/2001 (mi marido es espanol ) Después de 2 años me fui espana con mi hijo a mi pais y sigo visitaba espana cada 6 meses.
    en 2005 le pregunto a un abogado acerca de la renovación de mi tarjeta me dijo usted necesita tener una dirección de residencia y un trabajo en España para poder cambiar su régimen de statut communitario al general (porque entonces yo estaba pensando que yo tenía mi divorcio en España ) el año pasado fui a Madrid con una visa de turista para solicitar el libro de la Familia para emitir el pasaporte del mi hijo , el employe me dijo que le damos duplicado del Libro sólo en 2 casos: 1 caso perdido del libro o divocre, le había dicho ella que yo tenía mi divorcio desde 2003 cheeked ella y me dijo que aquí en España todavía casado.
    mi pregunta es la siguiente:
    como el procedimiento para solicitar una visa de turista llevar mucho tiempo, no hay ninguna solución para obtener una tarjeta de Residente en España? mi ex marido Propongo hacer para mí una nueva tarjeta pero estoy participaban de él yo no confío en él más
    i obtener mi divorcio aquí en Marruecos desde 2003 y que tenía el derecho del custodia y mi hijo vive con me in marruecos y su padre no pagó nada por su hijo,
    ¿qué pasa con la ley en España?
    Espero que entiendas mi español y gracias de antemano por su ayuda

  53. roxana dice:

    hola tengo la tarjeta de residencia temporal primera renovacion,en la cual dice NO AUTORIZA A TRABAJAR PORQ DEPENDO DE MI ESPOSO…..QUISIERA SABER SI A SALIDO UNA LEY EN Q YA PUEDA TRABAJAR?

  54. malika dice:

    hola, una mujer lleva aquí 5 años y tiene la residencia temporal se la he reglado su marido y ahora está divorciada con él y pregunta que la piden para la renovación.

  55. salem dice:

    hola,hace 4ans q esoy padronado en españa.que tengo q hacer para q me dan la recidencia

  56. mercedes guzman chambi dice:

    quiero ver la cita previa

  57. hanan dice:

    hola
    hace 5 años q esoy padronada en españa q tengo q hacer para q me dan la recidencia

    1. gabriel dice:

      Hola haber, me llamo Gabriel tengo que cobrar este mes de agosto de 2012, 7.000€ del FOGASA mi abogada que es una incompetente me dijo que ahora necesito el NIE para hacerlo a estas alturas me arriuno todito pues lo que quiero saber es si hay alguna manera de cobrar eso estoy dispuesto a pagar por papeles llevo esperando 3 años este dinero y por culpa de mi abogada nada de nada no puedo cobrar a mas Fogasa me dijo que si consigo un NIF provicional me pagarian quien pueda ayudarme sera remunerado . este es mi numero 696064291 y este mi correo qfx1@hotmail.es

    2. meriem dice:

      hola
      tienes aue tener 3 años de permanencia continuada en españa
      2- contrato de trabajo

    3. meriem dice:

      hola
      tienes aue tener 3 años de permanencia continuada en españa
      2- contrato de trabajo

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