Residencia para mujeres inmigrantes víctimas de malos tratos

Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género

El nuevo reglamento de extranjería establece importantes novedades en cuanto a la posibilidad de suspensión de los procedimientos sancionadores en materia de extranjería a las mujeres inmigrantes «sin papeles» que denuncien haber sido víctimas de delitos de malos tratos. Estas, además, podrán beneficiarse de una autorización de residencia provisional durante el proceso penal y permanente en el caso de que finalmente se dicte sentencia condenatoria en contra del maltratador.

Os dejamos el vídeo explicativo. Recuerda que puedes recibir la asesoría de Vicente Marín, el abogado de este vídeo llamando al 807502019.

Normativa de aplicación

Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31 bis)

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 131 a 134).

TIPO DE AUTORIZACIÓN

Es una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán obtener las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en España en situación irregular.

Los hijos menores de edad o con discapacidad que se encuentren en España en el momento de la denuncia podrán obtener autorización de residencia o de residencia y trabajo en el supuesto de ser mayores de dieciséis años.

REQUISITOS NECESARIOS:

1. No ser ciudadana de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

2. Haber denunciado ser víctima de violencia de género, y poder aportar uno de estos documentos:

* Una orden de protección, por la autoridad judicial competente en el marco del proceso penal.

* Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.

3. Para la concesión definitiva de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales se requerirá que el procedimiento penal concluya con sentencia condenatoria o con una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, incluido el archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la extranjera o por su representante legal. Descargar formulario.

2. Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.

3. En su caso, documento por el que se otorgue la representación legal a favor de la persona física que formule la solicitud en nombre de la extranjera.

4. Documentación acreditativa de haber denunciado ser víctima de violencia de género. Podrá presentar:

* Orden de protección o informe del Ministerio Fiscal. Con esta documentación se concederá de oficio una autorización provisional de residencia y trabajo. La autorización se resolverá definitivamente cuando se concluya el proceso penal, para lo que se deberá aportar la sentencia.

* Sentencia condenatoria, resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género que concluye el procedimiento penal, archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado. En este supuesto se podrá obtener autorización definitiva de residencia y trabajo.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO

Sujeto legitimado para presentar la solicitud: la extranjera o su representante personalmente.

Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia en la que la extranjera tenga fijado el domicilio. La información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público se puede consultar en http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

Plazo de presentación:

o Si el procedimiento penal no ha concluido: se puede presentar en cualquier momento, desde que se dicta la orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal.

o Si el procedimiento penal ha concluido: el plazo de presentación es de seis meses desde la notificación de la sentencia condenatoria, de la resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, del archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o del sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

Tasa de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y se deberá abonar en el plazo de diez días hábiles, es:

o Modelo 790, Código 052 epígrafe 3 «autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales»: a abonar por la extranjera………………..……………..10,50 euros.

El impreso para el abono de las tasas se podrá descargar desde la página: http://www.seap.minhap.gob.es/es/servicios/tasas.html

Concesión de autorización provisional de residencia y trabajo:

o En tanto concluya el procedimiento penal, una vez presentada la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, la extranjera obtendrá de oficio una autorización provisional de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, cuya tramitación tiene carácter preferente.

o La autorización provisional tendrá eficacia desde el momento de la concesión y su vigencia está condicionada a la finalización del proceso penal y concesión o denegación de la autorización definitiva.

o En el plazo de un mes desde la concesión la extranjera deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar: http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

o La solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:

1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX– 17) Descargar formulario

2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 15,45 euros.

3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

o La tarjeta de identidad provisional tendrá una vigencia de un año.

Concesión de la autorización definitiva: una vez concluido el procedimiento penal, la autorización provisional se extinguirá, y si hay sentencia condenatoria, resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, archivo de la causa por encontrarse el imputado en paradero desconocido o sobreseimiento provisional de la causa por expulsión del denunciado, la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales será concedida en el plazo de 20 días desde que la Oficina de Extranjería tenga constancia.

La duración de la autorización será de cinco años.

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización, la extranjera deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar: http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

La solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción para acreditar su identidad y aportará:

1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17) Descargar formulario

2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 15,45 euros.

3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

La autorización de residencia por circunstancias excepcionales provisional o definitiva que se conceda a la mujer víctima de violencia de género autoriza a residir y a trabajar por cuenta propia y ajena en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial.

En el supuesto de que el procedimiento penal concluya sin que pueda deducirse la situación de violencia de género, se denegará la autorización y se incoará expediente administrativo sancionador por infracción del artículo 53.1.a) o, en su caso, se continuará el procedimiento sancionador suspendido.

Autorización de residencia o residencia y trabajo de los hijos menores de extranjeras víctimas de violencia de género

En el mismo momento en que la extranjera presenta su solicitud de autorización de residencia y trabajo, o en cualquier otro posterior a lo largo del proceso penal, la mujer extranjera o su representante, podrá solicitar autorización de residencia o residencia y trabajo, a favor de sus hijos  menores de edad que se encuentren en España en el momento de la denuncia, aportando copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.

La autorización provisional y definitiva de los hijos será de residencia si no se encuentran en edad laboral, o de residencia y trabajo si se encuentran en edad laboral.

La autorización provisional y definitiva de los hijos tendrá el mismo alcance que la de la mujer víctima de violencia de género.

Hoja informativa actualizada a enero de 2016.

 

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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18 comentarios en “Residencia para mujeres inmigrantes víctimas de malos tratos
  1. Liliana dice:

    Hola tengo mi prima que se casó hace poco con una chica pero mi prima sufre maltrató psicológico y físico pero tiene miedo denunciar por que la boten del país no sabe qué hacer. Y a mi me da mucha cólera verla sufrir . No tiene aún la residencia para que trabaje pero como la chica con la que se casó esta sin trabajo por ahora tampoco le darían la residencia verdad ? se podría hacer algo ?

  2. diego dice:

    vaya mierda de pais, y a los hombres maltratados ellas aprovecha de la lei pa jodernos…
    a si va españa gana la tarjeta encima gana 426 euros al mes sin dar un palo a agua benga ya

  3. Merce dice:

    Yo estoy casada hace casi 3 años, he sido victima de violencia de genero, denuncie hace 8 meses, por que el maltrato iba en aumento, tengo nie con casi 2 años mas de vigencia, he aprovado el examen de nacionalidad, pero no se que documentación tengo que presentar y a donde, para hacer la solicitud de nacionalidad? Los abogados me cobran muy caro y prefiero hacerlo por mi cuenta, ahora estoy en una casa de acogida y tengo un hijo pequeño que él si tiene la nacionalidad.

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Aquí le dejo una guía con 9 vídeos dónde se explica el trámite completo de nacionalidad española, desde la inscripción a los exámenes hasta la jura y obtención del DNI español.
      https://www.parainmigrantes.info/guia-de-nacionalidad-espanola-en-video/

  4. Raquel dice:

    HOLA BUENOS DÍAS, MI NIE DE 5 AÑOS X VIOLENCIA DE GÉNERO SE VENCE EN ENERO 2017, QUE DEBO HACER? CUALES SON LOS REQUISITOS? FAVOR INFORMARME.GRACIAS.

  5. Desconocida dice:

    Hac ocho años fui víctima d malos tratos denuncie tenía orden d alejamiento. Yo en ese tiempo no savia q podía tener permiso d residencia y trabajo por malos tratos ya q era nueva aquí no estaba enterada. tuvimos una niña. Pero yo tuve q mandarla ami país para poder trabajar ya q estaba sola. Mi pregunta es si después d ocho años puedo pedir el permiso d residencia yo tengo los documentos d esa denuncia siempre la e guardado ya q tengo una hija

  6. Por favor Vicente y podemos también acabaría con la unión Europea para suprimir todas las fronteras? No se puede engañar a la gente

  7. Jennifer dice:

    Hola mi consulta es la siguiente !! Me hice pareja de hechos en junio y tengo mi tarjeta comunitaria desde septiembre ! Entonces este mes puse una denuncia por malos tratos y salió una orden de protección para mi ! Quería saber los pasos a dar para mantener mi tarjeta comunitaria

  8. jimena dice:

    soy mujer victima de maltrato de genero hacen 3 años .ahora ya se me extinguieron mis documentos….hacen 3 semanas me llamaron del juzgado xk salio la condena al maltratador …(cárcel 6 meses ) lo cual estuve de acuerdo ahora a la espera k se ejecute la sentencia …mi pregunta sr. abogado…… estoy sin papeles o sea ilegal ¿puedo pedir renovación en este caso,? xk solo se me concedio 3 años y con la nueva ley k dice 5 años de residencia, o permanente si es condenado en mi caso es condenatoria ., puedo alegar mis papeles para acogerme a la renovación .amparándome en la nueva ley? un saludo cordial y espero desesperadamente su respuesta…….GRACIAS.

  9. Hols. Soy dominicana tengo mi pareja desde hace 1 año 7 meses de los cuales llevamos 7 meses viviendo junto hasta tal punto que hicimos pareja de hecho para un trabajo para mi. Pero desde que vivimos juntos el me pego una vez y lo denuncie pero quite la denuncia y y hoy 30-072013 me volvió a pegar ahora lo aruñe cosa que nunca me había defendido y le hice 3 aruñones y el a mi me partió la boca y me ancho un lado . Bueno ahora me denuncio el a mi Tambien y quiero saber que hago ahora y como puedo tener mis papeles provisional por que no se que hace. Gracias espero su respuesta mañana tengo juicio.

  10. Buenas dias a todos!
    Se puede calificar las acciones de una persona con un transtorno mental como maltrato psicologico? Yo entiendo que todas limitaciones que me pone es por la culpa de obsesiones, pero por otro lado, supongo que esto no le da derecho para deprimirme.
    Especialmente en el caso cuando el siendo y reconosiendo su enfermedad denega las terapias.

  11. BASUMADIAN dice:

    hola soy una mujer cubana q llevo en españa 16 años 12 de ellos viviendo con mi maltratador le e puesto denuncias pero nunca han aparecido siempre gana el tengo 2 hijas menores e pedido ayuda de todo tipo pero lo malo es q vivo en un pueblo pequeño q todos lo conocen y en ves de caerle condena a el me caen a mi si en muy fuerte e perdido mi recidencia por que el me falcifico documentoss y se perdieron y en su dia no pude recojer la q me dieron y ahora no se como hacer necesito trabajar estoy solo con mis hijas este señor amargandome la vida sin documentos ayudarme por favor porque me encuentro sola no percibo ayuda ni tan siquiera me pasa la mantuencio n gracias no tengo dinero ni para pagar un abogado y los q por ahora me han puesto de oficio no me han ayudado en nada solo me han sujerido q me conforme en todas las sentencias si n haber hecho nada lo juro
    ç

  12. mujer maltratada con hijos españoles dice:

    yo tengo 3 hijos con mi agresor son pequeños aun de 6 5 2 años llevo ya 3 denuncias por malos tratos y por mis hijos vuelvo con porqe me vio obliga de volver con el al perder mis hijos tengo mi nie de comonitaria caducao desde 26 marzo 2012 y todavia no la renovao no se que hacer estoy sin papeles mañana podria estar en la calle con mis hijos tira porqe el me esta echando no se qe hacer tengo deprision me esta amenazando por matarme de verda tengo hasta miedo de denunciarle otra vez

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Nadia, como tu tema es algo delicado, te aconsejo que nos consultes por telefono o por skype, aquí te dejo información de cómo hacerlo https://www.parainmigrantes.info/abogado-experto-en-extranjeria-por-telefono-235/ https://www.parainmigrantes.info/consultas-online/

  13. eunice belo dice:

    me gustaria saber como pedir mi certificado de nasimiento en tanje vivo en malaga no tengo como ir por motivos de trabajo,e posible pedir desde aqui

  14. heloisa dice:

    yo hey sufrido malos tratos y mi pareja me cotado el brazo y resulta mi abogada no hecho nada por mi ja son dos antecendentes penales que que se caducan ellos no dan la inportancia a mi caso ¿que puedo acer? muchas gracias

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