Residencia no lucrativa y Seguro Médico

La Autorización de Residencia no Lucrativa es un permiso que se concede a todos aquellos ciudadanos extranjeros extracomunitarios que pretendan residir en España. En este caso solamente se concede una autorización de residencia y no una autorización de residencia y trabajo, ya que para la obtención de este permiso es necesario contar con medios económicos o rentas propias, que proporcionen unos ingresos sin necesidad, como decimos, de trabajar en nuestro país.

Estefanía de Parainmigrantes.info te explica con detalle uno de los requisitos que se deben cumplir para la concesión de la Autorización de Residencia no Lucrativa.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Residencia No Lucrativa en España

Como hemos comentado al inicio de este artículo la residencia no lucrativa permite vivir en España, sin desarrollar una actividad laboral en nuestro país.

Los requisitos para la concesión de esta autorización vienen reglados en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, y que son:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
    • Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, .
    • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM .
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
renovación residencia no lucrativa

Residencia No Lucrativa y Seguro Médico

Como acabamos de explicar uno de los requisitos para la concesión de esta autorización es la disponibilidad de un seguro médico y de tener garantizada la asistencia sanitaria en España.

Si estás pensando en solicitar y tramitar este tipo de permiso en España es importante que dediques el tiempo necesario a contratar y concertar un seguro médico completo, para no tener ningún problema con la obtención de esta autorización.

Aquí es importante que sea un seguro médico sin copago y sin periodo de carencia. Digamos que aquí debe contar con un seguro lo más similar posible a la cobertura que se ofrece desde el sistema público de salud español.

Además este seguro médico debes concertarlo con una entidad que opere en España y con el que puedas acceder a estos servicios sanitarios sin necesidad de hacer ninguna gestión o pago previo.

La cuantía o el coste de este seguro médico dependerá de la edad del asegurado así como del estado de salud, y cuantía de la prima será fijada por cada compañía aseguradora.

Por todo esto que te comentamos, si no aportas un seguro médico completo corres el riesgo de que el Consulado deniegue tu autorización, debiendo por tanto interponer el correspondiente recurso, lo cual provocará una demora de tu llegada a España.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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Un comentario en “Residencia no lucrativa y Seguro Médico
  1. christian dice:

    Hola, con esta visa entiendo no es posible acceder al sistema de salud público español durante los 12 meses de vigencia, correcto? ni siquiera para situaciones graves o atención de menores? saludos

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