Residencia en España para Formación e I+D+i

Requisitos y procedimiento para obtener una autorización de residencia en España para formación e I+D+i

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización establece la posibilidad de obtener una autorización de residencia válida en todo el territorio nacional para formación e I+D+i, con el objetivo de facilitar la entrada en España de extranjeros de fuera de la Unión Europea que deseen realizar actividades de formación e investigación, tanto en el ámbito público como en el privado.

Este tipo de autorizaciones va dirigida a:

* Investigadores.

* Personal científico y técnico.

* Profesores:

– De Universidades.

– De escuelas de negocio.

autorización de residencia* ¿Dónde hay que dirigirse para solicitarlo?

– La entidad debe solicitar la autorización en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

– Una vez concedida la autorización, si el interesado se encuentra fuera de España, deberá solicitar un visado de entrada en el Consulado de España en el país de procedencia o de residencia.

* ¿Qué documentos o requisitos son solicitados?

– Generales

  • Documento de identidad o pasaporte.
  • Seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.

– Específicos

1. Acreditar en qué supuesto de los incluidos en el artículo 72 de la Ley 14/2013 se encuentra la entidad contratante:

  • Si es un organismo a los que se refiere la ley (universidades públicas; organismos públicos de investigación, estatales y autonómicos; universidades y entidades privadas de acuerdo con la D.A. primera de la ley).
  • Si se trata de una entidad empresarial o centro de I+D+i establecido en España, necesitarán el informe de la D.G. de Innovación y Competitividad (MINECO).
  • Si es una entidad pública o privada firmante de un convenio, en las condiciones que se desarrollen reglamentariamente.
  • Si se trata de un órgano o centro de educación superior e investigación.
  • Si es una escuela de negocios establecida en España.

2. Presentar documentación que acredite la relación profesional entre entidad e interesado.

* ¿Qué beneficios adicionales existen?

– Autorización de residencia y trabajo válida para todo el territorio nacional.

– Tramitación conjunta del cónyuge e hijos.

– No se aplica la Situación Nacional de Empleo.

– Agilización de la tramitación:

  • Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
  • Autorizaciones de residencia resueltos en 20 días.
  • Todos los procedimientos de autorización de residencia se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

Más información:

* Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social)

* Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España

* Oficinas Comerciales y Económicas de España en el extranjero

* Dirección General de Comercio e Inversiones. Secretaria de Estado de Comercio. Ministerio de Economía y Competitividad

* ICEX-Invest in Spain

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