Residencia de Larga Duración y Contrato de Trabajo

¿Se puede obtener una residencia de larga duración si no tenemos contrato de trabajo o hemos trabajado?

La respuesta es SÍ. Entre los requisitos para la obtención de la residencia de larga duración no se encuentra el haber tenido un mínimo de actividad por año o estar trabajando en el momento de la solicitud.
Este proceso no es realmente una renovación de permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia y por lo tanto, los requisitos para tener la residencia de larga duración son distintos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la autorización de residencia de larga duración?

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
2. No encontrarse irregularmente en territorio español.
3. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
5. No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
6. Hallarse en uno de estos supuestos:
a) Haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años.
La continuidad no se verá afectada por ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos.
b) Haber residido cinco años continuados como titular de Tarjeta Azul UE en la Unión Europea, siempre que los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud dicha residencia se haya producido en territorio español.
La continuidad no se verá afectada por ausencias de la Unión Europea de hasta doce meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de dieciocho meses dentro de los cinco años de residencia requeridos.
c) Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.
d) Ser residente beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
e) Ser residente y haber nacido en España y al llegar a la mayoría de edad haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
f) Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
g) Ser residente que al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
h) Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberles sido reconocido el respectivo estatuto en España.
i) Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular de Ministerio de Trabajo e Inmigración la concesión de la autorización de residencia permanente, previo informe del titular del Ministerio del Interior.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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7 comentarios en “Residencia de Larga Duración y Contrato de Trabajo
  1. kamal dice:

    hola.soy un cuidadano extracomunitaro [marroqui] tengo una tarjeta de residencia de larga duracion cuenta ajena con permiso de trabajo.
    voy a casar con mi novia que es latina y acaba de obtener la nacionalidad espanola.
    queria saber si tengo que solicitar la tarjeta comunitaria o mantener la mia en el caso de solicitar la nacionalidad y si mi da contraer el matrimonio en este caso el derecho de de solicitar la nacionalidad.
    muchas gracias de antemano.

  2. massin dice:

    hola,yo acabo de presentar la solicitud para obtener la residencia larga duracion pero tengo el problema de superar diez meses fuera de españa en cinco años y no se si me denegan cual es la opcion que tengo y si podria haber tal opcion.gracias

    1. Vicente dice:

      En estos casos podrías hacer una renovación extraordinaria de tu tarjeta de cuenta ajena de otros dos años más, siempre que cumplas los requisitos para renovar.

  3. Hola una consulta ya me toca la tarjeta permanente y pedi cita 2 meses antes de q caduque mi tarjeta actual y me dieron la cita para el 23 de noviembre osea q ya an pasado los 90 dias de margen q dan
    Quisiera saber si voy a tener algun problema el momento q presente los documentos mi tarjeta caducaba el 20 de agosto
    y saque la cita en 28 de junio y me dieron la cita para el 23 de noviembre porfavor ayudame q esta duda me mata un saludo gracias

  4. Hola una consulta ya me toca la tarjeta permanente y pedi cita 2 meses antes de q caduque mi tarjeta actual y me dieron la cita para el 23 de noviembre osea q ya an pasado los 90 dias de margen q dan
    Quisiera saber si voy a tener algun problema el momento q presente los documentos mi tarjeta caducaba el 20 de agosto
    y saque la cita en 28 de junio y me dieron la cita para el 13 de noviembre porfavor ayudame q esta duda me mata un saludo gracias

  5. eliaS dice:

    muchassssssssssss gracias me has aclarado muchas deudas muchísimas gracias de verdad estuve preocupado

    1. Vicente Marín dice:

      Gracias a ti por visitarnos… podrías dejarnos un comentario aquí?? https://plus.google.com/u/0/b/116843588547780842614/116843588547780842614/about

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