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Solicitud de autorización de residencia de larga duración en España del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea
Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32).
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 155 y 156)
¿Puedo solicitar la autorización de residencia de larga duración teniendo residencia de larga duración-UE concedida en otro Estado?
Es una autorización de residencia de larga duración que podrán obtener los extranjeros que sean titulares de una autorización de residencia de larga duración-UE concedida en otro Estado miembro de la Unión Europea.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para solicitar esta autorización?
1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
2. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
3. Ser titular de autorización de residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro.
4. Disponer de medios económicos y alojamiento, o cumplir los requisitos para la obtención de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, o cuenta propia, o de la exceptuación de la autorización de trabajo (ver hojas informativas correspondientes).
¿Qué documentación tengo que aportar?
Nota: con caracter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-11) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Descargar formulario.
2. Documentación acreditativa de su condición de residente de larga duración-UE en otro Estado miembro.
3. Copia del pasaporte completo o título de viaje en vigor.
4. Dependiendo de los medios de vida:
Si no va a desarrollar actividades lucrativas: deberá presentar documentación acreditativa de tener medios económicos suficientes para su sostenimiento mensualmente el 400% del IPREM, que en este año 2016 asciende a 2.130,04 euros, y contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
Si va a realizar actividad laboral por cuenta ajena, documentación que identifique a la empresa:
– Si se trata de un empresario individual: copia del NIF o NIE, o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia o NIE o si se trata de una persona jurídica (S.A, S.L., Cooperativa, etc): copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente, copia del documento público que acredite la representación legal de la empresa y copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia o NIE del firmante del contrato.
– Contrato de trabajo firmado.
– Acreditación de que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria, a través de: copia de la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del Informe de la vida laboral de la empresa (VILE), referido a los últimos tres años. Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
Si va a desarrollar actividades laborales por cuenta propia:
1. En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo del Real Decreto Ley 19/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o superior a 300 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos del artículo 71.bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente.
En el resto de actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando, la situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.
2. Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
3. Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
4. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.
A título de ejemplo, con independencia de su justificación mediante otros medios admisibles en Derecho, los apartados 2, 3 y 4 pueden ser acreditados por el informe de valoración emitido por una de las siguientes organizaciones:
- Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA)
- Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA)
- Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE)
- Organización de Profesionales y Autónomos (OPA)
- Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE).
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.
Información sobre el procedimiento de solicitud de la autorización de residencia
Sujeto legitimado para presentar la solicitud:
- Si se encuentra en territorio español, el extranjero podrá presentar la solicitud personalmente o a través de representación.
- Si no se encuentra en territorio español, el extranjero deberá presentar la solicitud personalmente.
Lugar de presentación:
- Si se encuentra en territorio español: en cualquier registro y dirigida a la Oficina de Extranjería competente.
- Si no se encuentra en territorio español: en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia, que lo remitirá a la Oficina de Extranjería competente.
Oficina de Extranjería competente:
- Si no va a realizar actividad laboral, la correspondiente a la provincia en la que va a fijar el domicilio.
- Si va a realizar actividad laboral, la correspondiente a la provincia donde va a iniciar la actividad laboral.
La información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público de las Oficinas de Extranjería se puede consultar en: https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/extranjeria/extranjeria_ddgg.html
Plazo de presentación:
- Si no se encuentra en España, en cualquier momento anterior a la entrada en territorio nacional.
- Si se encuentra en España, en el plazo de tres meses desde que se efectúe la entrada.
Tasa de residencia de larga duración: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles, es:
- Modelo 790 código 052 epígrafe 2.6 «autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE» a abonar por el extranjero………………..……..21,02 euros
Los impresos para el abono de las tasas se podrán descargar desde la página: https://www.parainmigrantes.info/tasas-extranjeria-para-descargar-126/
Plazo de resolución de la solicitud: cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU) https://www.boe.es/notificaciones/. Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada).
Concedida la autorización, de no encontrarse en territorio español, el extranjero deberá entrar en España en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución.
La autorización cobra vigencia desde:
- Si va a desarrollar una actividad laboral, desde el alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
- Si no va a desarrollar actividad laboral:
- Si se encuentra en España, desde la notificación de la resolución.
- Si no se encuentra en España, desde la entrada en el territorio nacional.
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la autorización de residencia de larga duración, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:
1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17). Descargar formulario
2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta, que asciende a 21,02 euros.
3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
• Los titulares de una autorización de residencia de larga duración deberán solicitar la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años. La solicitud se deberá presentar durante los sesenta días naturales anteriores a la fecha de expiración, si se presenta en fecha posterior, se podría incoar el correspondiente procedimiento sancionador.
Hoja informativa actualizada a enero de 2016.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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Buenas tardes. Somos residentes de larga duración-UE en otro estado miembro de la Unión Europea (Paises Bajos). Quieremos vivir y trabajar en España.
Si lo aplicamos con primera opción:
«Dependiendo de los medios de vida:
1. Si no va a desarrollar actividades lucrativas: deberá presentar documentación acreditativa de tener medios económicos suficientes para su sostenimiento mensualmente el 400% del IPREM…»
Puedemos trabajar despues?
Muchas gracias,
Emina.
Buenas tardes, aquí se nos informa sobre la residencia de larga duración en España del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea, pero en el caso de que se quiere solicitar residencia de larga duración es españa por ser residente larga duración es decir no se trata de larga duración-UE que se puede hacer?
Mari si tenemos una residencia de larga duración en otro país (una larga duración que no sea UE) no se podrá hacer ese cambio de tarjeta en España, ya que obligatoriamente se debe tener una UE en el país de procedencia. En este caso se deberá valorar qué opciones son viables en su caso. Guarde tu cita por Skype y vemos tu caso https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2022-11
Holamarin lequiero a ser unapregunta yometi minasionalida 13 desétienbre 2018 y tienes casi in años kemesale entramites a estudios ke tengo keasel
Si le aparece en estudio significa que su expediente ya está completo y solamente queda tomar una decisión….
Buen dia. Tengo un permiso de larga duraciòn CE en Italia.
De cumplir con los requisitos economicos para obtener el permiso de Residencia – € 2.103 aproximadamente (anuales deduzco) – como quien efectua actividades no lucrativas. Una vez obtenido el permiso, estaria autorizado a trabajar y a circular como los ciudadanos españoles?
Muchas gracias desde ya.
buenos dia vicente mi inquietud es mi hijo le dieron el visado segun su pasaporte dise del 9 d abril al 5 d octubre como el sale el 20 d junio del cole yo kiero k usted me diga cuando el puede salir d republica dominicana sin k pierda su visa mi marido y yo lo pedimo en reagrupacion familiar comunitario estoy desesperada sin saber si me lo devuelven del aeropuerto si biene a final d junio sin saber por cuanto es valida su visa como le dije dise del 9 d abril al 5 d octubre espero su respuesta lo mas pronto posible para salir d esta duda si kiere mandeme un correo y asile envio la copia y usted la mira y me dise
Mi mujer es rusa, tiene tarjeta de residencia temporal por cuenta ajena 2ª renovación. Va a solicitar la tarjeta de residencia de larga duración pero hay una cosa que no acabamos de entender. En la documentación exigible ¿que papeles hay que presentar exactamente? necesitamos explicación concreta sobre el apartado de los supuestos ¿como saber en que supuesto está mi mujer?. En el supuesto b ¿se refiere a la tarjeta de residencia que tiene actualmente?
Hola,
tengo residencia permanente en la republica checa y nacionalidad rusa. Estoy informada que puedo solicitar residencia de larga duracion en Espana. Alguien sabe cuanto dinero tiene que ser en mi cuenta bancaria? esto numero 2103 EUR – es por un mes? cuantos meses tengo que presentar en este caso quando solicito la residencia larga duracion?
en caso si estoy casada con comutario, tengo que presentar el dinero tb?
otra cosa – seguro de enfermedad. Tengo seguro de enfermedad en republica checa. Porque soy desempleada y registrada ahi en oficina de empleo. Es suficiente para solicitar la residencia aqui en Espana?
muchas gracias para los respuestas y perdona mi espanol, aun no es perfecto 🙂
plece my partner what to apply for the CE DURACION LARGA UE,so we did not understand the requirement, so plece if you help us to exple will, thanks.
hola buenas
tengogo autorizazion de larga duracion UE quiero sabir como puedo trabajar en otro pais de la union europea. si tengo que traer algo de espaya o hay que buscar algo en otro pais donde pienso buscar trabajo muchas gracias
hola soy un imegrante legal de larga duracion estoy parado desde 2009 hasta hoy y no encuentro trabajo.quiero unas suluciones para tener un residencia larga duracion UE. lo que pasa me han pedido cosas que jo no puedo encuntrarla ,como trabajo y mas ……… y el menisterio dice que los extranjeros tenen el mismo direcho con los espanyoles