Requisitos para solicitar un visado para estudios, formación o pasantías en el Consulado de España en Santa Cruz (Bolivia)

Requisitos para solicitar un visado para estudios, formación o pasantías para estancias superiores a 90 días en el Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

Para poder viajar a España a realizar estudios es necesario solicitar previamente el correspondiente visado.

El Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, ha publicado en su página web los documentos y requisitos necesarios para solicitar un visado para estudios, formación o pasantías para estancias superiores a 90 días. Aquí os dejamos la información:

REQUISITOS

1.- Formulario de Solicitud de Visado Nacional que podrá descargarse gratuitamente en la página web del Consulado, debidamente rellenado, con letras mayúsculas y firmado.

2.- El formulario deberá llevar pegada en la parte superior derecha una FOTOGRAFÍA reciente en color, del rostro del solicitante, tamaño 3×4 cm, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente y sin gafas o cualquier otro tipo de prenda que impida la identificación de la persona.

3.- Pasaporte con una vigencia mínima de 4 (cuatro) meses y un mínimo de tres páginas libres, y fotocopias de la página de identificación y de todas aquellas donde aparezcan sellos y/o visados anteriores.

parainmigrantes.info4.- Documentación académica acreditativa de los estudios ya superados (original y copia).

5.- Matrícula o certificado de haber sido reglamentariamente admitido en un centro educativo español, oficialmente reconocido. En el certificado deberán constar las fechas exactas (día, mes y año) de inicio y finalización de los estudios o período de formación.

6.- Justificantes de los recursos económicos propios para su estancia. Si el solicitante es económicamente dependiente, la documentación será de los padres o del cónyuge, adjuntando carta de éstos comprometiéndose a sufragar los gastos durante el tiempo que duren los estudios, indicando la dependencia y aportando partida de nacimiento o de matrimonio, según sea el caso.

7.- Acreditación de alojamiento en España durante todo el tiempo que duren los estudios (original y copia). En caso de contratos de alquiler con un particular, deberá aportar, además, fotocopia del documento de identidad español del propietario.

8.- Seguro médico internacional (original y copia), por el tiempo que duren sus estudios de menos de 180 días o de un año en estudios para más de 180 días y con una cobertura mínima, que deberá constar expresamente en el documento, de:

  • Para asistencia por enfermedad: 30.000 euros
  • Para asistencia por accidente: 30.000 euros
  • Repatriación sanitaria y funeraria: 30.000 euros o incluida

(No serán válidos los seguros con franquicia, independientemente del valor asegurado)

En función de la duración de los estudios para los que solicita el visado, tendrá que aportar:

A. PARA CURSOS DE 90 A 180 DÍAS

9.- Reserva de pasaje aéreo, ida y vuelta (original y copia).

B. PARA CURSOS DE DURACIÓN SUPERIOR A 180 DÍAS:

10.- Certificado de antecedentes penales (para los mayores de 16 años) expedido por el Poder Judicial a nivel de todo el Estado, con una antigüedad máxima de tres meses (original y copia). El documento debe presentarse legalizado por la vía diplomática.

11.- Certificado médico con la mención expresa «de no padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de Salud Pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005», con una antigüedad máxima de tres meses (original y copia). El documento debe presentarse legalizado por la vía diplomática.

VISADOS PARA FAMILIARES: Los cónyuges e hijos menores de 18 años del estudiante, que soliciten visado para acompañar a éste durante el tiempo que duren los estudios, deberán presentar los mismos requisitos exigidos para el titular y documentación que acredite el parentesco (certificados literales de matrimonio y/0 nacimiento, expedidos con una antigüedad máxima de tres meses y legalizadas por la vía diplomática).

EN CASO DE SOLICITANTES MENORES DE EDAD (menores de 18 años), deberá aportarse:

12.- Certificado literal de nacimiento (es la fotocopia del libro del SERECI, no el certificado computarizado) del solicitante, con una antigüedad máxima de tres meses (original y copia). El documento debe presentarse legalizado por la vía diplomática.

13.- Autorización de viaje al exterior emitida por el Poder Judicial de la Nación y firmada por el Juez del Menor (original y copia).

14.- Según el caso, se deberá aportar:

  • Si presentan la solicitud ambos progenitores, original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte de ambos progenitores, que comparecerán en el Consulado.
  • Si la presenta un progenitor, original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del progenitor que presenta la solicitud de visado. Según el caso, copia del documento de identidad español del otro progenitor o sentencia judicial actualizada que pruebe ser el único titular de la patria potestad o poder notarial otorgado por el otro progenitor o certificado de defunción del otro progenitor (estos documentos deben presentarse legalizados por la vía diplomática, en su caso).
  • En caso de no ser un progenitor quien presenta la solicitud, documentos judiciales o notariales (legalizados por vía diplomática) que le otorga la representación para solicitar este tipo de visados. Los poderes notariales deberán tener una antigüedad no superior a tres meses o deberán ir acompañados de acta de no revocación emitida por la misma autoridad que otorgó el poder, más original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del representante.

La TASA correspondiente al visado, se abonará en Bolivianos, en efectivo y, en lo posible, con el importe exacto, conjuntamente con la presentación de la solicitud, en la caja de este Consulado.

IMPORTANTE: Toda la documentación entregada para la solicitud de visado debe permanecer en el expediente y no será devuelta. Haga copia de los documentos que vaya a necesitar.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

banner 807 mini

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

Pedir citaContactar WhatsApp