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Por regla general, la primera autorización de residencia (en Régimen General) suele tener una validez de un año, transcurrido el cual, se renueva por un periodo de dos años, y luego por otros dos. Una vez alcanzados los cinco años de residencia legal y continuada en España, el extranjero puede acceder a la Autorización de Residencia de Larga Duración, siempre que se cumplan los requisitos establecido para ello.
En determinados casos y cuando no se cumplan ciertos requisitos para acceder a esta Autorización de Larga Duración es posible tramitar una Renovación extraordinaria de tu Tarjeta de Residencia.
Vicente Marín, abogado experto en materia de Extranjería y Nacionalidad Española y director del Portal Parainmigrantes.info te explica cuándo podemos hacer esta renovación extraordinaria.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
Larga Duración y Renovación extraordinaria
La tarjeta de larga duración reconoce al extranjero el derecho a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que un español, de forma indefinida. Por eso, se conoce como «una tarjeta permanente».
Los requisitos para acceder a la Autorización de Larga Duración son sencillos, ya que basta con haber residido legalmente en España de forma continuada durante los cinco años sin necesidad de aportar medios económicos o un mínimo de cotización….etc. Es decir que a diferencia de lo que sucede con las tarjetas temporales, solamente se verifica que hemos residido de forma legal y continuada en España durante los cinco años previos.
Por tanto la Oficina de Extranjería correspondiente controlará que el extranjero no hubiera superado el periodo de ausencias fuera de España. En concreto, no haber estado fuera del territorio español más de seis meses en el periodo de un año o bien que la suma total de las ausencias fuera de España no supere los diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos.
Por tanto, ¿qué ocurre si cuando nos toca acceder a la larga duración, nos damos cuenta que superamos los 10 meses fuera de España en los últimos cinco años?, ¿no nos dejarían renovar?, ¿me quedaría en situación irregular?
Estos casos suelen producirse con bastante frecuencia, pero para evitar que el extranjero se quede en situación irregular, al no cumplir con uno de los requisitos que se exigen para acceder a la larga duración, en este caso el periodo fuera de España, la normativa de extranjería contempla la posibilidad de solicitar una renovación extraordinaria de tu tarjeta de residencia.
Una renovación extraordinaria permite al extranjero, de forma excepcional, poder renovar nuevamente su permiso de residencia siempre que cumpla con los requisitos exigidos en una renovación normal (cuenta ajena, cuenta propia…etc). Es decir, que en esta renovación extraordinaria sí se valorará la cotización previa, disponer de un contrato de trabajo, y el resto de requisitos y supuestos contemplados para la renovación, bien por cuenta ajena o cuenta propia. Una vez que se controle que se cumples con los requisitos, como si le tocará una renovación normal y no la larga duración, se concederá una nueva autorización con una validez de dos años.
De esta forma, el ciudadano extranjero tendría de nuevo la posibilidad de cumplir todos los requisitos para acceder a la Autorización de Larga Duración, incluido por supuesto el no superar el tiempo permitido fuera de España. En resumen, se haría una tercera renovación de tu permiso, de forma excepcional, para mantener así su residencia legal y continuada y tener por tanto otra oportunidad para acceder a la Autorización de Larga Duración en España.
Antecedentes Penales y Renovación Extraordinaria
Otro de los motivos por el cual podemos acceder a una renovación extraordinaria de la tarjeta de residencia, es en aquellos casos en los que cuenten con antecedentes penales.
Estaríamos hablando de aquellos casos en los que la naturaleza de esos antecedentes penales pueden suponer una denegación de la Autorización de Larga Duración pero por si solos no suponen una denegación de la renovación de tu permiso o autorización de residencia en España.
Al igual que sucede con la renovación extraordinaria cuando se ha superado el tiempo fuera de España, aquí dr deberá cumplir con los requisitos establecidos para la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
Requisitos laborales para renovar la Autorización de Residencia por Cuenta Ajena
Los supuestos en cuanto a materia laboral que debemos cumplir para la renovación de la Autorización por cuenta ajena son:
- Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar.
- O si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de seis meses por año y
- Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de tres meses por año.
- O si tiene otorgada prestación contributiva.
- Si es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
- O si la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
- Si se puede acreditar haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro.
- Si el cónyuge o la pareja de hecho del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
Requisitos laborales para renovar la Autorización de Residencia por Cuenta Propia
Los supuestos en cuanto a materia laboral que debemos cumplir para la renovación de la Autorización por cuenta propia son:
- Continuar con la actividad que dio lugar a la autorización que se va a renovar, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Que el cónyuge o la persona con la que el trabajador mantenga una relación análoga a la conyugal dispone de los requisitos económicos suficientes para reagruparle.Si la unidad familiar incluye dos miembros, la cuantía mínima que se deberá acreditar es la que represente mensualmente el 150% del IPREM. Si la unidad familiar está compuesta por más de dos miembros, por cada miembro adicional se deberá sumar al 150% del IPREM mencionado el 50% del IPREM.
- Ser beneficiario de la protección por cese de actividad.
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Tengo 10 años en Europa y no eh podido renovar mi tarjeta de 5 años polk se me venció fuera y soy cominunitario que puedo hacer para conseguirla una renovación extraudinaria
Benny lo mejor seria hacer una consulta por skype y lo vemos todo https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-extranjeria-remarketing-facebook/
Hola al tener la segunda renovacion me fui a mi pais en el 2012 volvi ahora en el 2017 mi pregunta es puedo hacer al tramite de renovacion extraordinaria ya que vi el video de hoy de como recuperar la residencia temporal gracias
Solo sale información pero aquí en Menorca es difícil de todas maneras
Hola q tal un saludo a la distancia m vine el año 2012 a ecuador y desde entoce e tratado reanudar mi tarjeta d residencia d larga duración en mi pais x medio del consulado y no e podido tener ninguna respuesta x el consulado español en guayaquil x favor m podrían ayudar viajo todos los fin d mes al consulado d españa en guayaquil ecuador y no tengo respuestas mi dni -x-04289431-t
No sabía k solo se podía estar fuera 10 meses, yo fui dos veces a mi país x cuestión d termino d carrera.
¿podría recurrir y presentar mis papeles, título, justificante y notas d estudios d los periodos k estuve alli estudiando?
hola
ya tengo 12 años viviendo legalmente en España . cuanto tiempo puedo estar en fuera de España . Ya presentado nacionalidad .