Renovación del Permiso de Residencia con Antecedentes Penales: El Recurso Contencioso Administrativo

Tras la supresión de tasas ir al Juez se convierte en una opción mucho más viableRenovación del Permiso de Residencia con Antecedentes Penales: El Recurso Contencioso Administrativo.

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Renovación Permiso de Residencia y Trabajo

Cuando tenemos antecedentes penales es muy habitual que nos denieguen la renovación de nuestro permiso de residencia y trabajo. A pesar de que en varías ocasiones hemos ganado los recursos de reposición por denegación de la renovación del permiso de residencia y trabajo por la tenencia de antecedentes penales, lo cierto es que muchas veces, incluso los recursos también son denegados. Cuando la Administración deniega el recurso de reposición sólo nos queda la vía del recurso contencioso administrativo. Sin embargo hasta marzo, ir al juez resultaba extremadamente costoso debido a que además de los honorarios del abogado, el interesado tenía que pagar una tasa de más de 218 € y de cerca de 800€ si teníamos que apelar a instancias superiores.

Sin embargo, tras la supresión de las tasas, ir al contencioso se convierte en una opción mucho más viable y que tiene sus ventajas. Decimos que tiene sus ventajas porque en otros casos, como por ejemplo, si nos deniegan la renovación por falta de haber trabajado el tiempo suficiente, al menos tenemos la opción de solicitar un arraigo inmediatamente si tenemos una oferta de empleo y no hemos salido de España más de tres meses en los últimos tres años. Sin embargo, la opción del arraigo no existe para aquellos que les deniegan la renovación por tenencia de antecedentes penales, ya que aquella persona que tenga penales, no va a poder solicitar una arraigo hasta que no pueda cancelar los antecedentes penales, que recordamos que no será hasta después de 6 meses si son penas leves, 2 años para las menos graves que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes, 3 años para las restantes penas menos graves y 5 años para las penas graves. Recordar además que si por ejemplo nos han suspendido la pena porque era nuestro primer delito y la pena impuesta era inferior a 2 años, el tiempo para cancelar los antecedentes penales no empezará a contar hasta que no acabe la suspensión de la pena.

A esto se añade que tras quedarnos irregulares, tenemos unas altas posibilidades de que nos inicien una expulsión, debido a que además de irregulares, tenemos penales.
Por todo ello es altamente recomendable que luchemos más que nunca ante los tribunales por conservar nuestro permiso de residencia y trabajo. Además, ante los tribunales podremos solicitar unas medidas cautelares que nos permitirán seguir trabajando si nos son concedidas.

Si este es tu caso, vale la pena que solicites una cita y valoremos tus posibilidades ya que quedarse irregular con antecedentes penales nos puede complicar mucho la permanencia en España. Recuerda que sólo hay 2 meses para interponer el recurso contencioso desde la denegación de la solicitud de la renovación si no pusiste recurso de reposición o 2 meses desde la denegación del recurso de reposición.

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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