Renovación de permisos de trabajo con prestaciones asistenciales

El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha emitido una instrucción destinado a todos los Delegados y Subdelegados del Gobierno en materia de Extranjería en relación con el concepto de prestación económica de carácter público destinada a lograr la inserción social o laboral. De esta forma, determina pautas a seguir por estos para las renovaciones del permiso de trabajo por cuenta ajena cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial, estableciendo asimismo cuáles son estas prestaciones.

A continuación podéis leer la Instrucción DGI/SGR/07/2009 íntegramente:

El artículo 38 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, al regular la autorización de trabajo por cuenta ajena establece en su apartado 3 letra c), que ésta se renovará a su expiración cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a logra su inserción social o laboral durante el plazo de duración de la misma.

Asismismo, el apartado 5 del artículo 54 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2005, de 30 de diciembre, al prever el procedimiento de renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena que se encuentran en la situación descrita en el párrafo anterior remite al precepto de la Ley Orgánica 4/2000 previamente señalado.

La existencia de distintos tipos de prestación económica asistencial de carácter público en los distintos niveles de las Administraciones territoriales, destinadas a fines de inserción social o laboral, hace necesario precisar el concepto de beneficiario de este tipo de prestaciones, de cara a la acreditación del cumplimiento del requisito previsto en las normas citadas en el supuesto de renovación de la autorización de residencia y trabajo objeto de análisis.

En este sentido a fin de avanzar en el tratamiento homogéneo y objetivo de esta cuestión, por parte de las Oficinas de Extranjeros y Áreas y Dependencias de Trabajo, esta Dirección General, en base a la competencia establecida por el artículo 6.1.d) y e) del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración, y previo informe del Servicio Público de Empleo Estatal, dicta la siguiente Instrucción:

I.- La renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena de aquellos extranjeros que sean beneficiarios de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral deberá solicitarse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.1 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, en modelo oficial, durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización.

II.- Junto con la solicitud de renovación deberán presentarse los socumentos acreditativos de que se encuentran en la situación descrita en el apartado anterior. A estos efectos se entenderá que, entre otras situaciones, se encuentran en dicha situación los beneficiarios de las siguientes prestaciones:

a) Los subsidios por desempleo, que incluirán las siguientes categorías:

1) Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo.

2) Subsidio especial para trabajadores que han agotado una prestación contributiva de 24 meses y son mayores de 45 años.

3) Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.

4) Trabajadores que pierdan la condición de pensionistas de incapacidad por mejoría.

5) Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años.

6) Emigrantes retornados.

7) Liberados de prisión.

b) La renta activa de inserción, que incluirá las siguientes categorías:

1) Desempleo de larga duración.

2) Personas con discapacidad.

3) Emigrantes retornados.

4) Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

c) El subsidio para trabajadores eventuales del régimen especial agrario de la Seguridad Social.

d) La renta agraria.

e) Otra prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr la inserción social o laboral del extranjero, entre otros supuestos, las rentas mínimas concedidas por las Administraciones territoriales.

III.- En relación con el subsidio de desempleo regulado en el apartado anterior correspondiente a los liberados de prisión es necesario recordar que, de conformidad con el apartado 9 del artículo 54 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 se valorará, en función de las circunstancias de cada supuesto, la posibilidad de renovar la autorización de residencia y trabajo a los extranjeros que hubieran sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido condena la condena, los que han sido indultados o que se encuentren en la situación de remisión condicional de la pena. En todo caso, la presente Instrucción no afectará a las causas de denegación previstas reglamentariamente en relación con las renovaciones de autorizaciones de residencia y trabajo.

IV.- Asimismo se significa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.3 letra c) de la Ley Orgánica 4/2000, en el caso de que se conceda la renovación de la autorización de residencia y trabajo, la duración de dicha renovación equivaldrá a la de la prestación concedida.

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11 comentarios en “Renovación de permisos de trabajo con prestaciones asistenciales
  1. gregorio dice:

    soy español y estoy cobrando el subsidio por emigrante retornado, quisiera saber cuando y que documentacion tengo que llevar para renovar el subsidio y por cobrar otros 6 meses mas , por ahora solo llevo cobrados 3 meses pero me da miedo perderlo si no renuevo a tiempo, mi subsidio expira el 5 de septiembre de este año

  2. MARIA LUISA RODRIGUEZ A. dice:

    Hola, les agradecerìa mucho me orientaran soy nieta de español, mi abuelo emigro a Mèxico se caso y tuvo 6 hijos, mi madre fue la cuarta de sus hijos y ella falleciò hace 2 meses nunca tuvimos conocimiento de que podrìa tener ayuda tanto de pension como mèdica. Desafortunadamente la situaciòn econòmica por la que estamos pasando no es muy buena, yo soy la segunda hija y actualmente tengo 56 años les agradecerìa mucho si me dijeran si puedo obtener algùn beneficio asistencial y como lo puedo tramitar. Y si mis 3 hijos los cuales son mayores de 20 años y yo podrìamos obtener la nacionalidad española. Agradezco infinitamente esta ayuda.

  3. claudia cabrera dice:

    Trabajar en el cuidado de niños ,con personas que provengan de Suiza Alemania Francia u otros países de Europa , quiero estar en Colombia por posible 1 a 2 meses ,he vivido en Suiza por espacio de 12 años amo Suiza ,he estudiado allí ,lo mismo que aquí en Colombia , ,mi estatus en el que crecí ha sido medio alto , ,tengo muy buena reputación y soy muy dinámica .Gracias

    Acepto otro tipo de propuestas para otros trabajos como en le campo con cultivos (biología o en posibles negocios; ahora estoy haciendo un curso de arquitectura que termino en estos días.
    Perdí mis fotos pero me puedes encontrar en Faccebook —hablo el fraçais y el Español -me defiendo con ingles Italiano y estoy preparándome para aprender el Alemán ah! tanbien quiero que sepas que amo la culinaria y conozco, pues ha viajado a Tailandia filipinas Europa y siempre me ha fascinado cocinar-también amo el deporte la natación escalage he buceado en varios países.

    De travail dans les soins des enfants, des gents de Suisse, l’Allemagne, la France ou d’autres pays européens, Je suis en Colombie pour 1-2 mois, j’ai vécu en Suisse pendant environ 12 ans j’aime la Suisse, j’ai étudié là-bas, ainsi ici en Colombie, mon statut où j’ai grandi a été moyen-haut, j’ai une très bonne réputation et je suis très dynamique. Merci

    J’accepte d’autres propositions pour d’autres emplois dans son domaine comme une culture (la biologie ou potentiels, et maintenant je suis un cours dans l’architecture de nos jours terme.
    J’ai perdu mes photos mais je me trouve en Faccebook — (vcclaudia@hotmail.com) et je parle français espagnol- je me defender avec le anglais Italiano et je me prépare à apprendre l’allemand ah! tanbien veux que vous sachiez que m’a toujours fasciné la cuisine et je le sais, parce que je suis rendu en Thaïlande, les Philippines et l’Europe m’a toujours fasciné J’aime aussi la natation sportive escalage j’ai fait la plongé submarine dans plusieurs pays.

  4. karina dice:

    he tenido un bebe en canarias, soy venezolana y su padre ecuatoriano ya esta registrado, tiene el libro de familia pero mi situacion es ilegal la de mi pareja es permanente,aun me quedan 9 meses para cumplir 3 años rsidiendo aki,cual nacionalidadle pertenece tener a mi hijo primero y alguna de la de sus padres no le causaria problemas para su nacionalidad española….gracias espero me saquen de dudas…

  5. elena dice:

    quisiera que me sacaran de dudas, tengo desde septiembre del 2009 resiviendo prestacion por desempleo y hijos a cargo solo trabaje 7 meses con 2 horas diarias deje de recibir la prestacion en abril 2009 y renove por dos años mas en agosto del 2009. me toca renovar para que me den la permanente en agosto del 2011. si no he trabajado por cuesteones ajenas a mi voluntad tendria problemas para renovar….he estado renovando la oferta de empleo y haciendo cursos del inem y particulares….

  6. hilary dice:

    el21 del prsente caduca la prestacion de paro,en la imen me informan que tramte subsudio por desempleo,no encuentro trabajo,mi pregunta puedo renovar la targeta de residenci ytrabajo que caduca el juniopor favor responde gracias.

  7. helen dice:

    me llamo helen necesito saber que domentacion necesito para renovar ya la tercera tarjeta,si es necesario un contrato como es la permanente,estoy con la ayuda por que no hay trabajo gracias

  8. aissa dice:

    hola soy un chico de23 años tengo permiso de trabajo de 2años es la premira renovacion pero hasta haora no enquientro un trbajo para renovar y cotizar y necesito 6 meses de cotizacion y mi quida poco tiempo para renovar in 14/02/2010 no se que hago you como estamos en cresis!!!!!!:…..????por favor la respuesta
    gracias.

  9. Mónica dice:

    buenos dias, mi pregunta es acabo de quedarme en el paro y mi tarjeta se caduca en enero como puedo renovar mi tarjeta, se puede justificar con los papeles del paro y renovarla o es necesario un trabajo, quedo pendiente gracias.

  10. HOLA,mira quisiera preguntales a los abogados,para renovar mis papeles puedo presentar con la media jornada de alta en la seguridad social? .Gracias

  11. luciano dice:

    olá,Mira necesitava de una información,tenho yo permiiso de residencia e trabajo,pero me a caducado en 18/04/2009 estuvo en en paro por uns dias ,como yo a conseguido um tabajo me deran de alta mas solo foi por dos dias,entao la persona me a dado de baja voluntaria,entao perdemos todo el direito del paro,e como estavamos a espera de conseguirmos um trabajo para conseguir a reglar la tarjeta que es la tercera,como poderia mos estarmos arregalndo esta situaçao poes tengo familia especial. tengo niños españoles.Queria saber se perco la documentación, ou que tenmho que hacer.

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