Son muchos los ciudadanos extranjeros extracomunitarios que se encuentran en España desarrollando una actividad por cuenta ajena y es a día de hoy un colectivo sumamente importante de nuestro mercado laboral.
Este artículo te explicamos con detalle todos los requisitos, documentación y procedimiento para la renovación Residencia y Trabajo por cuenta Ajena.
La normativa que regula esta renovación es:
Es la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Estefanía Guadix de Parainmigrantes.info, experta en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española te explica con detalle todo lo que debes saber para renovar tu tarjeta.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
2. Carecer de antecedentes penales en España.
3. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
4. En su caso, acreditar la escolarización de los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria.
5. Abonar las tasas por tramitación de la autorización de residencia temporal y la relativa a la autorización de trabajo por cuenta ajena.
6. Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
Cuando se acredite la continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
b) Cuando el trabajador haya tenido un periodo de actividad laboral de al menos tres meses por año, y el trabajador se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
1.º Haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar, y figure en situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación.
2.º Disponga de un nuevo contrato que reúna los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de renovación.
3.º Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
c) Cuando el trabajador se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el artículo 38.6 b) y c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
d) De acuerdo con el artículo 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, cuando:
1.º El trabajador acredite que se ha encontrado trabajando y en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que su última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a su voluntad y haya buscado activamente empleo.
2.º El cónyuge cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador. Se procederá igualmente a la renovación, cuando el requisito sea cumplido por la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal en los términos previstos en materia de reagrupación familiar.
3.º En los supuestos de extinción del contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral como consecuencia de que la trabajadora sea víctima de violencia de género.
Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el trabajador personalmente o mediante representación.
Lugar de presentación: cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que resida el trabajador. La información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público se puede consulta en https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/extranjeria/extranjeria_ddgg.htm
Plazo de solicitud: durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
Las tasas de residencia y de trabajo: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:
o Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 renovación de autorización de residencia temporal, a abonar por el trabajador
o Modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 renovación o modificación de una autorización de trabajo tramitada en un procedimiento de autorización de residencia temporal y trabajo, a abonar por el empleador
Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. La Autoridad competente en la concesión deberá expedir, previa solicitud del interesado, certificado que acredite la renovación por este motivo. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU) https://www.boe.es/notificaciones/. Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en 10 días hábiles desde su publicación, se dará por notificada).
La vigencia de la renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena es por 4 años.
La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena permite el ejercicio de cualquier ocupación en cualquier parte del territorio nacional.
En el plazo de un mes desde la notificación de la renovación o, el trabajador deberá solicitar, personalmente, la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:
1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX 17) Descargar formulario
2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta
3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
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me gustaria que organizaran la informacion ejemplo requisitos para 1era renovacion,segun,dev vda renovacion,3 renovacion,agrupacion familiar ,renovavion de agrupacion familiar y no tener que leer y leer
Hola buen dia, necesito ayuda me toca renovar la tarjeta, es primera renovación, y me han dicho que se paga una tasa de 15 y otra de 192 euros, quisiera saber donde las tengo que pagar y donde me darán los modelos, porque no tengo ni idea...
hola tengo la targeta de 2 años y me toca renovar yo lo hice x arraigo cual me tocaria renovar
hola vicente
buenos tardes
-tengo una consulta pfv
estoy trabajando con contrato (limpieza de hugar) durante una periode de 9 meses y 24 dia.y ahora estoy de baja y tengo k presentar par renovar la primera tarjeta de residencia y ahora
-me gustaría saber el tipo de formular para llenar y la tasa a pagar y su valor¿
El formulario es el EX-03. La tasa es la 790 código 052; y si el contrato sigue en vigor, el empleador tendrá que pagar la tasa 790, código 062. https://www.parainmigrantes.info/tasas-extranjeria-para-descargar-126/
Hola buen día. Para renovar el TIE por primera vez .puedo presentar un contrato por horas.ya que la situación está muy difícil y no sale nada más.o que tipo de contrato exigen.adradezco cualquier información gracias.
Hola buenas tarde e intentado solicitar una sita para la renovación de mi tercera targeta y no he obtenido repuesta a mi se me caducado 18 de este mes de junio
AVER, ENTONCES PARA AHCER LA RENOVACION, EN MI CASO NECESITO, LOS ANTECEDENTES PENALES DE ESPAÑA, COMO SIGO TRABAJANDO EN EL MISMO SITIO NO ME HACE FALTA LLEVAR EL CONTRATO NO?, Y TAMBIEN LA FOTOCOPIA DEL PASAPORTE, Y CLARO ESTA EL MODELO EX03, CORREGIDME SI ME EQUIVOCO....
ES QUE HAY TANTOS SUEPSTOS QUE ME E LIADO, PERO CORREGIDME PORFAVOR
eeee y i comentario??
hola quisiera saber cuanto tarda la renovacion de la tarjeta,y si alguien me puede ayudar en ke me la mande cuanto antes para mi marido se lo agrdeceria muchisimo..un saludo
Vine a España en el 2008 con un contrato de trabajo, en el 2009 hice la primera renovación y ahora no me quieren aprobar la segunda aunque estoy en paro y presente la tarjeta de desempleo, porque dicen que salí del país estando cogiendo prestación; es cierto fui a mi país por un mes aprovechando el paro para ver a mi familia, pero no sabia que no se podía.Que debo hacer?, inmigración hace lo correcto aunque haya trabajado en estos 2 años mas de lo que he estado en paro. Saludos
soy argentina y da verguenza q llevo 25 años y tengo 2 hijos valencianos y me me pidan cantrato d tra<bajo para los papeles hay veses q tngo ganas d morirme.q mal echa esta la lei saludos
Es necesario hacer la copia de todo el pasaporte???
tengo que esperar que me llegue la carta para poder renovar mi primera tarjeta que se venca en marzo 2012,y tengo que tener cita para realizar el tramite gracias
tengo q renovar mi primer tarjeta d recidensia, tengo q esperar a q me llege la carta o puedo presentar ya los papeles, se me vense en febrero,
y ya me quede sin trabajo, tengo 7 meses cotisados puedo renovar con el cmprovante del paro
hola quisiera saber cuando voy atener noticias sobre la renovacion de mi tarjeta yo ya entregue todo los documentos el 9 de noviembre tiene que llegarme para pagar las tasas gracias