Recomendaciones del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo realiza las siguientes recomendaciones en materia de migraciones:

El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.

El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.

Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública o sus agentes, presuntamente irregularTambién puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos.

El defensor de pueblo ha publicado las siguientes recomendaciones:

– Recomendación relativa a “Secreto de las comunicaciones telefónicas de los centros de acogida de menores. Artículos 18.3 de la Constitución Española y 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor“ (sin respuesta por parte de la Comunidad de Madrid. Consejería de Políticas Sociales y Familia). 

Resumen:

Garantizar al menor ingresado en un centro de primera acogida el secreto de sus comunicaciones telefónicas como establecen los artículos 18.3 de la Constitución española y 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor. En caso de que resulte necesaria la restricción o suspensión del secreto de la comunicación por razones educativas y de protección, deberá adoptarse siempre en interés del menor, de forma motivada y ser notificada al menor afectado, a las terceras personas que mantienen las conversaciones con él y al Ministerio Fiscal, como principal garante de los derechos del menor. Los reglamentos internos de los centros de acogida y protección deben adaptarse a este respecto.

– Recomendación relativa a la “Aplicación de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana. Expedientes sancionadores” (ACEPTADA por parte del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía).

Resumen:

Que en las propuestas de resolución dictadas por esa Delegación del Gobierno en el marco de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, cuando el precepto infringido comprenda dos o más supuestos, se indique expresamente cuál o cuáles de ellos han sido infringidos.

– Sugerencia relativa a las “Condiciones para el empadronamiento. Solicitar a personas que se quieran empadronar los documentos mínimos que despejen las dudas sobre la veracidad de los datos consignados en la solicitud” (sin respuesta por parte de la Provincia de Ceuta. Ayuntamiento de Ceuta)

Resumen: No requerir la comparecencia física de las personas en las dependencias municipales, sobre trámites de empadronamiento, ya que ello no está previsto en una norma con rango de ley.

– Sugerencia relativa a la “Atención inmediata a los españoles que viajan a París. Considerar una emergencia consular la pérdida de documentación derivada de robo” (rechazada por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios)

Resumen:

El Consulado General de España en París, no dispone de una línea de actuación inmediata para reparar las consecuencias derivadas del robo de documentación de una ciudadana española que, finalmente no pudo viajar de retorno a España. Por ello se ha expresado la necesidad de agilizar estos trámites que le permitan obtener un salvoconducto con el fin de restaurar la pérdida o menoscabo de sus derechos.

– Sugerencia relativa al “Cierre del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Algeciras y apertura de un nuevo centro” (sin respuesta por parte del Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad)

Resumen:

Dar indicaciones para proceder al cierre del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) al no reunir las mínimas condiciones para la estancia de internos y a la apertura de un nuevo centro. Se eleva la conclusión que originalmente se remitió a la Dirección General de la Policía.

– Sugerencia relativa a la “Notificación a madre de menor de fecha y lugar de pruebas de ADN. Notificar la realización de pruebas de ADN con la finalidad de determinar el vínculo familiar con el menor” (ACEPTADA por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla. Consejería de Bienestar Social)

Resumen:

Se expone el caso de un menor extranjero, de cuatro años de edad que llegó a España acompañado de su tía materna y está tutelado en Melilla. La madre, que llegó después, y se encuentra en España, no ha podido recuperar a su hijo pese a las numerosas gestiones realizadas con este fin. La Consejería de Bienestar Social de Melilla considera que los documentos aportados por la madre para acreditar el vínculo familiar no son válidos y tampoco considera válido el resultado de la prueba de ADN que la interesada aportó, dado que no se realizó en el laboratorio que la entidad de protección considera que debe hacerse. Tampoco se ha establecido un régimen de visitas para que la madre viera a su hijo y no se le ha notificado ninguna actuación administrativa.

– Sugerencia relativa a las “Condiciones para la denegación de las solicitudes de visado en régimen comunitario”  (rechazada por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios)

Resumen:

El Consulado General de España en Santo Domingo denegó los visados en régimen comunitario solicitados por los hijos mayores de 21 años de una ciudadana española, al no considerar acreditada su dependencia económica, pese a acreditarse en el expediente la realización de remesas durante el año anterior a las solicitudes en una cuantía superior a la exigida.

– Sugerencia relativa a la “Expedición de la tarjeta de identidad de extranjero a un menor extranjero no acompañado” (ACEPTADA por parte del Ministerio del Interior. Jefatura Superior de Policía del CNP de Melilla)

Resumen:

Se han detectado múltiples dificultades en la Ciudad Autónoma de Melilla para la emisión de tarjetas de identidad a menores extranjeros no acompañados, en caso de no haberse emitido la misma antes de su acceso a la mayoría de edad, por lo que se sugirió en el presente caso a las autoridades policiales de Melilla la expedición urgente de la misma, dada la proximidad de la mayoría de edad del interesado.

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