Real Decreto 557/2011. Reglamento de Extranjería

Reglamento de Extranjería que desarrolla la Ley de Extranjería

El 30 de junio de 2011 entra en vigor el nuevo reglamento de extranjería, el Rd 557/2011 de 20 de abril. Justo dentro de un mes serán de aplicación los preceptos de esta nueva normativa de extranjería y podremos acogernos a los nuevos requisitos y procedimientos.

Como ya hemos ido explicando en noticias y vídeos en las últimas semanas, el texto incorporará importantes novedades, entre las que están siendo muy esperadas la posibilidad de regularización de miles de personas a través del nuevo arraigo familiar, los nuevos requisitos económicos de la mayoría de los permisos de residencia o la residencia permanente para las víctimas de violencia doméstica.

¿Vas a presentar algún expediente con esta nueva normativa?

Si eres uno de los que piensa presentar algún tipo de expediente de extranjería después del 30 de junio de 2011 (arraigo, renovación de residencia, arraigo familiar, etc..) es importante conocer que ese expediente será tramitado conforme a esta nueva normativa. Asesórate con un abogado experto que te explique en qué te afecta el nuevo reglamento en tu caso concreto.

Si vas a presentar un trámite de arraigo social, ya es un buen momento para empezar a preparar los documentos necesarios para dicho trámite.

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5 comentarios en “Real Decreto 557/2011. Reglamento de Extranjería
  1. Carlos Gaona dice:

    Mi caso es que soy jubilado desde hace unos meses, y mantengo una relacion sentimental con una ciudadana argentina desde hace algunos años ya y que recien se acaba de jubilar tambien,nos gustaria formalizar una relacion como pareja de hecho registrada en la comunidad valenciana, donde he residido toda mi vida,con el fin de acabar ya de una vez con las cartas de invitacion,y la limitacion de los 90 dias de estancia cada seis meses tanto para ella aqui como para mi alli,ambos somos divorciados,es posible registrarnos en Castellon y que se nos reconozca el vinculo? tenemos derecho a la tarjeta de residencia para ella? y establecer nuestro domicilio aqui?

  2. Barbara Martinnez dice:

    Soy medico general con titulo homologado en Espana , como puedo obtener permiso de trabajo , me encuentro en el pais hace 9 meses y he trabajado cuidando abuelos –

    Gracias.

  3. Alejandra dice:

    tengo un hijo español de 6 años y estoy viviendo irregularmente en españa y me gustaria acogerme al arraigo familiar pero quiero saber cuales son los requisitos .gracias

  4. saul valdivia dice:

    bueno me llamo saul yo me acogi al retorno voluntario en marzo del 2009 me faltan me faltan 9 meses para ke se cumplanlos tres años pero mi nie era es de permiso de recidensia permanente mi duda es ke si me van a dejar volver a españa y ke rekisitos me pediran espero ke me respondan la mas rapido posible gracias

  5. GLORA dice:

    QUIERO SABER LOS REQUISITOS QUE NECESITO PARA IR A ESPAÑA CON UNA INVITACION DE UNCIUDADANO ESPAÑOL

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