Reagrupación familiar para padres de pareja de hecho de ciudadano comunitario

Parainmigrantes.info te explica que los padres de la pareja de hecho debidamente inscrita de ciudadano comunitario tienen derecho a ser reagrupados siempre y cuando vivan a sus expensas.

Artículo 2. Aplicación a miembros de la familia del ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

El presente Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los familiares de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:

A su cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal.

A la pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, que impida la posibilidad de dos registros simultáneos en dicho Estado, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.

A sus descendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces.

A sus ascendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.

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23 comentarios en “Reagrupación familiar para padres de pareja de hecho de ciudadano comunitario
  1. eduardo rolando dice:

    soy medico argentino de 59 años de edad, nacionalizado español hace 9 años. con titulacion homologada. como debo hacer para reagruparme y traer a mi madre de 75 años que vive en la argentina, soy hijo unico y unico sosten de ella.gracias desde ya.

  2. hola soy colombiana y resido en españa hace 8 años tengo la nacionalidad y quiro traer a mi madre tiene 76 años que requisitos debo presentar o enviar ami pais para qu me puedan conseder el visado de ella ya que en el consulado de mi pais me ponen muchas trabas poara poder pedirlo

    1. Estefanía Guadix dice:

      Ciss, debe solicitar el visado por reagrupación familiar comunitaria, aqui le dejo toda la información https://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar-regimen-comunitario-documentacion-visado/

  3. Miguel dice:

    Hola os quería hacer una pregunta a mi me gustaría poder traer a mi suegra desde Perú, ya que estoy casado con una ciudadana peruana como he estado viendo en los vídeos dicen que uno de los requisitos es que la persona a la cual se va a reagrupar debe depender económicamente o a espensas mías o de mi mujer, mi suegra trabaja en su país y le quedan aun dos años para jubilarse allá ,mi duda es si procede en este caso poder reagruparla o que debería hacer en este caso para poder traerla a España. Y cuanto dinero mensual mínimo se le debe estar enviando y por cuanto tiempo he visto que por lo menos un año pero como os digo ella cuenta con un trabajo en Perú. Muchas gracias de antemano por la respuesta.

    1. faissal dice:

      hola soy maroqi vivo en españa qiero tray mi mujer no tengo qreios qiero saber lacantidad de lanomina cuanto para una persona un salud

  4. keisy dice:

    hola soy dominicana y estoy casada hace 8 años con mi esposo que es de doble nacionalidad y quiero traerme mi madre a españa y no trabajo , mi esposo es autonomo que debo hacer o me la negarian por el simple echo de no trabajar.

  5. cristina correa dice:

    hola soy ecuatoriana con nacionalidad española quiero traer a mi madre a vivir commigo mi madre tiene 78 años y soy hija unica y mi madre depende unicamente de mi y vive sola en ecuador quisiera saber lo que necesito para traerla a españa y todo la documentacion que debo aportar para ello si me dejara una repuesta para ello lo agradeceria muchisimo gracias por la informacion

  6. soukaina dice:

    hola soy de marruecos casada con español tengo la tarjeta regimen comunitario tenemos un hijo en cumun y ahora me quedado en estado otra vez y quiero traer a mi madre aki para cuidarme mi pregunta es: si puedo traerla y que papeles faltan????? muchisima gracias

  7. AracelyCieza dice:

    Hola soy peruana y tengo la nacionalidad española, quiero traer a mi madre de 58 años, ella no vive a expensas mias, trabaja para el estado peruano, pero quiere pedir una excelencia, y venir a ayudarme con mi hijo su nieto, por lo menos 2 años, que puedo hacer y tramites gracias, aracely

  8. Guadalupe dice:

    Hola, Soy Argentina con ciudadania y pasaporte Italiano. Mi pareja de hace 2 años es de Rep. Dominicana. Vivimos los dos en Buenos Aires pero se me ha dado la oportundiad de trabajar durante la tempordada de verano en España, por lo q me encuentro viajando a fin de mes. Mi pareja y yo hemos realizado union por concubinato (union de hecho) aqui en Bs As, es posible legalizar esta union para que sea tomada en cuenta en españa y asi poder viajar los dos juntos? estariamos quedandonos en España por un maximo de 3 meses, ya que tenemos compromisos que cumplir en Agosto aqui en Argentina.
    Espero puedan responderme
    muchas gracias
    Guada Correa

  9. dunia dice:

    hola soy pareja de ciudadan español ysolicitamos la reagrupacion en el regimen comunitario presentamos todos los documentos que acredtaban la union de hecho regisrada el pasaporte de mi madre el regisro civil el empadrnamiento conjunto d emi pareja y mia y los comprobantes de un año de envio d e dinero con un promedio de 500 euros mensuales y la denegaron por que no demostraba la dependencia ecmonomica si los envios priodicos y continuos noo demuestra la dependencia nos e como demostrarlo queria saber si puedo soliciar la reagrupacion primero en españa y luego solicitar el visado y en donde , como y ante quien la solicitaria en españa muchas gracias es que estamos urgidos por que mi madre tiene 67 años somos solo 2 hijas y ambas estamos residiendo en españa pero solo yo tengo pareja española y mi madre vive sola y esta enferma y pasa muy deprimida por estar sola en colombia

  10. zoila villavicencio dice:

    QUIEN ME PUEDE DECIR COMO HAGO PARA TRAER A MI PADRE QUE TIENE 69 AÑOS Y ME LE DENIEGAN EL VISADO EN ECUADOR PORQUE HACEN GASTAR TANTO DINERO SI NO CUMPLEN CON LAS NORMATIVAS

  11. zoila villavicencio dice:

    hola quien me pude ayudar en informarme bien,resulta que que tengo mi nacionalidad española y etube haciendo los tramites para reagrupar a mi padre y por dos ocasiones me le deniegan la visa cuando el vive ha expensas mia ,el es un una persona que vive sola y necesito traerlo ya he gastado tanto dinero en los notarios en sacar muchos papeles y ya no se que hacer alguien que me diga de que manera lo puedo hacer si el tiene 69 años y esta solo

  12. CYNTHIA dice:

    kiero saber yo prensente todos los papeles me piden el certificado de pareja de hecho en el consulado se lo enviado fui a pedir en el ayuntamiento , pero el consulado español de peru lima dice k no es entonces k certificado pide ????… POR FAVOR ESPERO SU RESPUESTA URGENTE

  13. yaslin dice:

    que documentos se necesitan para reagrupar amis padres. web no tengo
    gracias y los cursos como me puedo presentar para estudiarlos.

  14. sulma dice:

    Hola vicente , soy colombiana y desde octubre tengo mis papeles por arraigo laboral, tengo una niña de 4 años no nacida en españa llego de tres meses, además mi esposo no a logrado optener un contrato de trabajo, quisiera que me asesorara en los pasos a seguir para obtener los papeles de los dos. Si se puede hacer algo con el arraigo social.gracias

  15. anyido roque dice:

    hola : soy dominicano ,quisiera saber cuales son los requisitos para traer al hijo de mi mujer ,el es menor .

  16. Noelia dice:

    Hola, presente los papeles de la reagrupación en julio ha alguien que haya presentado por esas fechas le ha salido?

  17. Francisco dice:

    A finales de este mes de enro voy a Brasil a casarme con brasilera. Alguien sabe si con el certificado de matrimonio va a poder entra en España sin problemas??
    En el mes de Octubre intentamos que entrara como turista por Lisboa y fue deportada. Eso puede influir el entrar en España???.
    Gracias y un saludo.
    Francisco RAMOS.

  18. oscar dice:

    hola un saludo tengo la nacionalidad española y por favor quiero saber a q derechos tengo tengo en la actualidad un hijo menor de 18 años el en este momento seguira estudiando pero mas adelante pensamos reunirnos con su madre quiero saber los derchos gracias saludos

  19. cesar dice:

    pues concretamente la resolucion decia lo siguiente: Por no cumplir lo establecido en el Articulo 2 del 240/2007. y transcribian completamente este articulo y resaltaban el punto d que habla sobre los ascendientes directos o de su conyuge, y agregaban un punto E que decia «dudas en los motivos alegados».
    me lo han denegado dos veces, tanto a mi que soy comunitario por conyuge europeo (es polaco) y a mi hermana que es nacionalizada, se presentaron todos los requisitos que exigen en la pagina web del consulado, y los que exige las instrucciones DGI/SGRJ/03/2007 y DGI/SGRJ/03/2010 (certificado de independencia al cual le da prioridad las mencionadas instrucciones), ademas teniendo en cuenta estas instrucciones, el consulado no deberia exigir los envios de dinero como aparecen en la ley Organica 4/2000 articulo 39e. En la primera ocasionla respuesta fue el dia 09 de noviembre de 2010, para la cual se presento un recurso de reposicion ante el mismo consulado, el cual aun no ha sido respondido, y que segun tengo entendido al ser un derecho comunitario no vale el silencio administrativo (por favro corregirme si estoy equivocado en esto ultimo) aun asi ellos se volvieron a presentar el dia 07 de diciembre, esta vez con mi hermana nacionalizada y con la ley ya modificada, la notificacion de las respuesta fue el dia 20 de diciembre siendo exactamente igual a la anterior, solo cambiaba el numero de asignacion del expediente, esta vez no interpuse recurso por que creo que no me lo responderan como aun no lo han hecho con el anterior, he interpuesto quejas en el defensor del pueblo y en SOLVIT, y la semana entrante hare una denuncia en la representacion en madrid de la comision europea, porque considero vulnerados varios derechos tanto comunitarios como fundamentales, no estoy considerando presentar el recurso ante el contencioso, porque no me parece justo tener que ir hasta alli para que te reconozcan un derecho que ya lo deberian estar cumpliendo y mas en un estado de derecho que es españa, en el consulado estan siendo arbitrarios al tomar descisiones, soy conciente de que es un filtro para la inmigracion, pero esto es un derecho europeo, asi como cumplo con mis deberes y obligaciones en españa como tiene que ser, españa tambien tiene que cumplir con mis derechos, tengo un buen concepto sobre los funcionarios españoles porque considero que cumplen la ley como debe ser, pero las personas del consulado parece que fueran de otro sitio porque no lo hacen. Muchas gracias VICENTE MARIN por interesarte en mi escrito.

  20. Vicente Marín dice:

    tú ya lo estás diciendo en este foro público. ¿por qué motivo te han denegado????

  21. cesar dice:

    aunque se ha modificado la ley y aunque algunos extranjeros tenga la tarjeta comunitaria por parte de su pareja europea, independientemente del pais, el consulado en colombia en mi caso en particular y viendo lo que le sucede a otras personas, sigue negando la reagrupacion de ascendientes sin motivo alguno, obligandonos a gastar mas dinero y esperar mucho mas tiempo para que los nuestros puedan estar con nosotros, lo que me parece injusto, el consulado sigue incumpliendo la ley y nadie hace nada…

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