Indice de Contenidos
Procedimiento y requisitos para proceder a la reagrupación familiar en régimen comunitario de los hijos extranjeros del ciudadano español o comunitario, o de su cónyuge o pareja registrada
En esta ocasión explicamos el procedimiento y requisitos para proceder a la reagrupación familiar en régimen comunitario de los hijos extranjeros del ciduadano español o comunitario o de su cónyuge o pareja registrada.
Aplicación a miembros de la familia de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El presente Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los familiares de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuero sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:
A su cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal.
A la pareja con la mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, que impida la posibilidad de dos registros simultáneos en dicho Estado, y siempre que no se haya canceladod dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
A sus descendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapaces.
A sus ascendientes directos, y a los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorocio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.
Ver vídeo 5/6
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
Buenas tardes,
Para solicitar el visado al hijo de mi pareja de hecho (dominicano con tarjeta de residencia temporal); ¿tengo que pedir yo la reagrupación en régimen comunitario? ¿o puede pedirlo él bajo el régimen general?
En el caso de que lo pidiera yo como familiar de mi pareja de hecho; al ser un menor de edad, ¿qué tipo de responsabilidad legal tengo yo respecto al niño?
Muchas gracias. Un saludo,
hola soy andrea y nesecito saber si mi hija de diez años puede tener la comunitaria ya k yo soy pareja de echo un español y k rekisitos tengo k presentar x favor nesecito k me contesten para saber k hacer muxas gracias
HOLA MUY BUENAS VICENTE: YO TENGO UN NIÑO DE 10 AÑOS EN MI PAIS COLOMBIA , SOY PAREJA REGISTRADA DE UN CIUDANO ESPAÑOL TENGO LA TARJETA DE LARGA DURACION EN REGIMEN COMUNITARIO .
QUIERO HACER LA REGRUAPACION DE MI HIJO EN REGIMEN COMUNITARIO Y LUEGO SOLICITARLE LA TARJETA DE FAMILIAR DE UN CIUDADANO COMUNITARIO , PERO MI DUDA ES , SI EL NIÑO LUEGO NO QUIERE QUEDARSE Y SE DEVUELVE PERO LUEGO QUIERE VENIR EN LAS VACACIONES LO PUEDE HACER SIN NINGUN PROBLEMA DE QUE LE QUITEN LA TARJETA DE RESIDENCIA POR PERMANECER FUERA DE ESPAÑA. MUCHAS GRACIAS
HOLA,SOY MADRE Y TENGO UN HIJO EN CUBA ,Y LA OTRA HIJA ACA VIVIENDO CON MI ESPOSO Y YO, LA CUAL LE HICE SU REAGRUPACION FAMILIAR,PERO EN ESTOS MOMENTOS ESPERO QUE MI HIJO TERMINE SU CURSO ESCOLAR PARA PRESENTARLE TAMBIEN SU REAGRUPACION FAMILIAR,,PERO EL VIVE EN CUBA CON MI MADRE, MI TEMOR ES QUE UNA VEZ EL ESTE AQUI CON NOSOTROS QUIERA REGRESAR A CUBA CON SU ABUELA,PORFAVOR NECESITO SABER SI AL REGRESAR NO TIENE PROBLEMA EN LA FRONTERA ,Y SI FUERA HACI QUE VISADI LE TENDRIA QUE PRESENTARLE,EMIGRACION EN CUBA ME AUTORIZA SU SALIDA PORGUE YO TENGO UN PRE MUCHAS GRACIAS,,
el problema no está al regresar a Cuba, sino en conseguir el visado para entrar a España a residir con vosotros. si el niño tiene menos de 21 años el proceso no es muy complicado, pero si tiene cumplidos 21 ya la cosa se complica un poco más.
hola espero me disulpe por el atrevimiento pero no tengo dinero para llamarlo es que estube trabajando 5 años y medio de empleada de hogar y el 7 de julio tuve baja medica y agosto mis vacaciones aayer me llamo la sra para hablar me presente hoy y me dijo que presindiria de is servicios no me aviso por escrito y no me pago mi despido
yo habia leido en internet que me devia pagar la antiguedad por los trienios en razon de un 3 por ciento del salario mensual por cada tienio por un tope de 5 y ademas que me tenia que pagar la prorrata de las pagas extras con un limite de 6 mensualidades mi sueldo era de 490 euros y ella me pagaba la seguridad social espero me pueda ayudar porque estoy desesperada sin trabajo y sin dinero on mi hijo y mi marido en paro soy paraguaya con la nacionalidad española vivo en malaga le agradecere si me ayuda por lo menos cuanto le tengo que reclamar a la sra y de no querer pagarme donde recurrir muchas gracias