Quienes se acojan al plan de retorno voluntario mantendrán la antigüedad de residencia

Como ya os adelantamos desde Parainmigrantes.info, el nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería fue aprobado el pasado viernes. Todavía no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y aún no ha entrado en vigor, sin embargo, la prensa internacional ya comienza a hacerse eco de las importantes novedades que trae consigo el nuevo texto. Como es el caso de la noticia publicada por Radio Sucre desde Ecuador, sobre la posibilidad de mantener la antigüedad en la residencia para aquellos que, tras haber regresado a sus paises de origen acogidos al Plan de Retorno Voluntario, vuelvan a España después de los 3 años.

Os dejamos la noticia:

El reglamento de la Ley de Extranjería permite el mantenimiento de la antigüedad de la residencia para los extranjeros que, una vez transcurrido el período de compromiso para no regresar (tres años), decidan volver a España. Para la titular de la Secretaría Nacional del Migrante (SENAMI), Lorena Escudero, la normativa «va a posibilitar que se aplique la ley de manera más fundamentada».

Aunque recalcó que, más que favorecer el retorno, reglamentará «la vida y la convivencia» de los migrantes. Escudero, en diálogo con Andes, reconoció que ese logro ha sido una lucha de los propios migrantes que «nosotros hemos apoyado». Sin embarto, señaló que lo óptimo sería que no existan los tres años de compromiso y que la gente pueda ir y volver «cuando quiera«, es decir, que se respete la libre movilidad.

«Se están reglamentando las cosas, pero sí es importante que no pierdan los derechos adquiridos y que se respeten los trámites y que el migrante que regrese vuelva a tener su residencia y que no la pierda».

Otro tema aprobado es la protección de las víctimas de violencia de género que se encuentran sin documetnación en España. Desde ahora, una persona que sufra violencia de género y está en situación irregular y lo dencuncie no será deportada.

En ese sentido, la ministra destacó que esta medida es «muy importante» ya que ha sido un pedido del gobierno ecuatoriano y de los ministerios españoles para que «no sea requisito tener una regularidad administrativa para acceder a un derecho de protección, lo terrible hubiera sentido lo contrario«, anotó.

Al cuestionarle sobr si la reducción de ecuatorianos en los padrones españoles responde a una política del Gobierno, Escudero indicó a Andes que «no se tiene la seguridad de que esas personas hayan regresado al país» ya que algunas se han nacionalizado y, por lo tanto, no constan como migrantes.

«Pero si creemos que un buen porcentaje ha regresado, creo que tiene que ver con que convían en su país y que hoy tienen mayor apoyo de su Gobierno«, agregó.

 

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11 comentarios en “Quienes se acojan al plan de retorno voluntario mantendrán la antigüedad de residencia
  1. me parece una decicion muy acertada de parte los goviernos
    personalmemte pienso volver a España luego que se clumpla los tres años del acuerdo y me gustaria tener la antiguedad de recidencia que tenia LA PERMANENTE, Graias un saludo

  2. maria dice:

    hola me gustaria saber que papeles debe tramitar mi madre para regresar a españa ella en mayo ya cumple los tres años… porfa ayudenme… gracias

  3. javier Alberto dice:

    Hola, he leido la nota sobre el plan de retorno voluntario, donde se dice que se mantendra la antiguedad de los inmigrantes que se hayan acogido a este plan. Me gustaria saber si sera posible recuperar la residencia española para quienes como yo ya hemos cumplido los tres años en nuestro pais natal, para mi Argentina. Cualquier informacion sera de mucha ayuda.
    Muchas gracias.
    Javier alberto – Argentina

    1. javier dice:

      Tipo de autorización
      Se trata de la autorización de residencia temporal o residencia temporal y trabajo que podrán obtener, una vez finalizada la vigencia del compromiso de no regreso, los extranjeros que hayan retornado a su país de origen voluntariamente o en base a un programa de retorno voluntario.
      Requisitos necesarios
      1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
      2. No encontrarse irregularmente en territorio español.
      3. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
      4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
      5. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
      6. Haber sido titular de una autorización de residencia temporal o residencia temporal y trabajo.
      7. Haberse acogido a un programa de retorno voluntario impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado, o haber retornado voluntariamente a su país de origen al margen de programa alguno.
      8. Haber comparecido personalmente en la representación diplomática o consular española del país de origen, entregando su tarjeta de identidad de extranjero en vigor.
      9. En el supuesto de no haberse acogido a un programa de retorno voluntario, haber renunciado, expresamente y por escrito, en el momento de comparecer en la representación diplomática o consular española en su país de origen.
      10. Haber finalizado el plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario, o si ha retornado al margen de programa alguno, que hayan transcurrido tres años desde la fecha del retorno.
      11. Cumplir los requisitos exigidos en función de la autorización de residencia o residencia y trabajo que se solicite. La información se podrá obtener consultando la hoja informativa correspondiente.
      Peculiaridades en el procedimiento
      – En el supuesto de haber regresado en base a un programa de retorno voluntario, impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado, no se tendrá en consideración nacional de empleo en los procedimientos en los que sea exigible dicho requisito.
      – En el marco de gestión colectiva de contrataciones en origen podrán:
      Ser presentadas ofertas de carácter nominativo a su favor.
      Siempre que reúnan los requisitos de capacitación y, en su caso, cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión, las autoridades realizarán las actuaciones necesarias para que sean preseleccionados.
      – Son objeto de tramitación preferente, siendo el plazo máximo de resolución y notificación de cuarenta y cinco días desde la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para su resolución.
      – Para el acceso a la residencia de larga duración se tendrá en cuenta el tiempo de residencia anterior a la fecha de retorno.
      Hoja informativa actualizada a julio de 2012.
      Este plazo de 3 años podrá ser modificado por Orden del titular del Ministerio de Trabajo eInmigración.

      1. javier dice:

        tener cuidado muchos no podrán volver, puede que saquen alguna trampa mas.estilo contrato de comportarse et vivir tan bien como Rajoy con 200 euros/mes

        renunciar a las tarjetas de residencia sin o con garantías es una estupidez tanto de quien ha sacado las normas de retorno como los que se acojan a ellas.

        leer bien entre lineas,

        1. CARLA dice:

          Tienes toda la razon, de ninguna manera se debe renunciar al permiso de residencia y trabajo. Yo lo hice y ahora mismo estoy muy arepentida.

  4. diana patricia salcedo marin dice:

    Como regreso a
    españa despues de los 3 años. de retorno y si no se pierde la antiguedad en el año 2016 se m. bense la tarjeta de residencia y trabajo

  5. alcivar antonio quizhpe chamba dice:

    hola quisiera saber que requisitos nesecito yo vine com el retorno volutariyo vivi 11 años alla y ya cumpli 3años por fabor me pudieras ayudarme por favor necesito una respuesta lo mas pronto pocible por cierto soy de ecuador muchas gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      tu tarjeta era temporal o permanente?

  6. pedro dice:

    hola quisiera saber si puedo regresar a España después de dos años y medio, me fui a ecuador por voluntad propia, mi permiso de residencia era temporal y se me caduca en junio de este año
    gracias por la respusta

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      En principio, mientras que tu tarjeta esté en vigor, (aunque has incurrido en una causa de extinción de la autorización esta extinción no se produce de forma automática), deberían permitirte la entrada a España.

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