Las renovaciones de autorizaciones de residencia se pueden presentar a través de Registro Público. Pero, ¿qué es el Registro Público?
En muchas ocasiones os hemos hablado del Registro Público y de la posibilidad de presentar las renovaciones de las autorizaciones de residencia mediante este Registro. Sin embargo, surgen muchas dudas sobre qué es, qué órganos cuentan con registro público, si hay, o no, que pedir cita….
Para ayudaros a entender mejor qué es el Registro Público y cómo funciona, os dejamos esta entrada que lo explica todo a la perfección que hemos encontrado en el portal 060 del Gobierno de España. Esperamos que os sea útil:
El Registro Público, o las oficinas de registro, son los lugares que puede utilizar el ciudadano para presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que van dirigidos a las Administraciones Públicas. Asimismo, es el lugar que utiliza la Administración para registrar los documentos que remite al ciudadano, a entidades privadas o a la propia Administración.
Existen dos tipos de registros: los registros de carácter general y los registros de carácter auxiliar y en ambos podemos presentar nuestros documentos.
Son registros generales aquellos que ejercen funciones de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones para uno o varios órganos administrativos. Todo órgano administrativo tendrá asignada una única oficina de registro general, sin perjuicio de que ésta tenga tal carácter para varios órganos administrativos.
Por otro lado, son oficinas de registro auxiliares aquellas que, ejerciendo las mismas funciones y para los mismos órganos administrativos que la oficina de registro general, se encuentran situadas en dependencias diferentes de aquélla. De cada oficina de registro general podrán depender varias oficinas de registro auxiliares. Las oficinas de registro auxiliares tienen que remitir una copia de la totalidad de los asientos que practiquen a su oficina de registro general y ésta última será la que realice las funciones de constancia y certificación en los supuetos de litigios, discrepancias o dudas acerca de la recepción o remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Cuáles son las oficinas de registro
El ciudadano, cuando se dirija a cualquier administración puede utilizar los siguientes lugares para presentar sus solicitudes, escritos y comunicaciones:
– Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
– Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a las Administraciones de cualquier Comunidad Autónoma.
– Los registros de las Entidades locales que hayan suscrito el oportuno Convenio de colaboración (los convenios de «Ventanilla Única»).
– En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
– En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
– En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Para conocimiento de los ciudadanos las distintas administraciones deben publicar y mantener actualizadas una relación de oficinas de registro, sus sistemas de acceso y comunicación y los horarios de apertura. En este sentido, el Ministerio de Administraciones Públicas actualiza y publica la relación de las oficinas de registro dela Administración General del Estado y de sus Organismos públicos. Puedes ver la relación de registros aquí.
Funciones de las oficinas de registro
Las oficinas de registro, tanto de carácter general como de carácter auxiliar, desarrollan las siguientes funciones:
– La recepción y salida de solicitudes, escritos y comunicaciones.
– La expedición de recibos de la presentación.
– La anotación de asientos de entrada o salida.
– La remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a las personas, órganos o unidades destinatarias;
– La expedición de copias selladas de los documentos originales.
– Realización de cotejos y compulsas.
– Cualesquiera otras que se les atribuyan legal o reglamentariamente.
El recibo de presentación
Cuando el ciudadano presenta en un registro administrativo solicitudes, escritos o comunicaciones el personal de dicho registro, sea cual sea el órgano destinatario, expedirá el correspondiente recibo o copia anotada cuya función es la de acreditar su presentación ante la Administración. El recibo de presentación o copia anotada debe emitirse en el mismo momento de la presentación de la solicitud, escrito o comunicación.
En el recibo de presentación figurará: el lugar y la fecha de presentación, incluyendo la hora en que la presentación se produce; la identificación del remitentente (ciudadano que firma la solicitud, escrito o comunicación); el órgano destinatorio y un extracto del contenido, escrito o comunicación.
Cuando la solicitud, escrito o comunicación esté en soporte papel puede servir como recibo la llamada copia anotada que es una copia de la solicitud, escrito o comunicación presentada en la que se anotará el lugar de presentación y la fecha.
Si el ciudadano efectúa la presentación a través de soportes, medios o aplicaciones informáticas, electrónicas o telemáticas, el recibo se expedirá de acuerdo con las características del soporte, medio o aplicación y deberá reunir los requisitos expresados anteriormente.
La normativa básica que regula los registros administrativos es la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC) y además, en el ámbito de la Administración General del Estado el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.
Buenos días, necesito presentar el alta de mi seguridad social para poner huellas es mi primera tarjeta e ido a 2 oficinas de registro público de aca de Madrid y me dicen q al ser la primera tarjeta no se puede realizar hay q solo es en el registro de extranjería hay tienen cotas hasta para 1 mes ,tengo certificado electrónico con ese certificado lo puedo hacer telefónicamente en alguna página? Gracias por su ayuda
Hola puedo presentar una solicitud de renovación de residencia por búsqueda y empleo en la oficina de extranjería o se realiza solo en una oficina de registro. Gracias
Puedo presentar documentos solicitados en registro publico de murcia si mi solicitud de arraigo a sido en asturias?
Puedo presentar la tarjeta de larga duracion en un registro publico??
Gracias!!!!
Hola… Tengo varias dudas
Me corresponde renovar por primera vez mi permiso de residencia y trabajo temporal inicial por cuenta ajena y veo que hay la opción de presentar los documentos en un Registro Público o pedir cita en la Oficina de Extranjería.
Pregunto:
1. Puedo llevar los documentos al Registro Público sin necesidad de pedir cita previa como es en el caso de cuando se presenta el tramite en la Oficina de Extranjería, que allí si hay que pedir cita previa? O también tengo que pedir cita previa en el Registro Público para introducir la documentación del tramite?
2. Qué diferencia hay entre introducir los documentos del tramite en el Registro Público o la Oficina de Extranjería? En cuál de los dos sitios el tramite se hace más rápido (tiempo de espera/respuesta) y seguro?
En mi caso, tengo que renovar mi permiso en Madrid.
Gracias de antemano por la contestación
Para presentar por registro público no es necesario solicitar previa. Una vez que lo presentes, se enviará por correo interno a la oficina de extranjería correspondiente para su resolución.
No consigo saber donde están todos los Registros. Concretamente el Registro en el que se inscriben (¿Quién las inscribe y por orden de quien?) las concesiones administrativas referidas a las aguas (desde 1985 públicas) ya sean superficiales y sobre todo subterráneas. Gracias. Si hay respuesta clara, Muchas Gracias.
Perdonen la insistencia pero entonces, ¿se pueden presentar las solicitudes, por ejemplo, para renovación del permiso de residencia y trabajo, en cualquier registro? Quiero decir, por ejemplo, en el registro de Hacienda y administraciones públicas, (tipo de registro: entidades publicas, servicios territoriales)?
Carla, no en todos los registros vale, presentalo en Registro de Subdelegación de Gobierno de tu provincia…
Gracias por responder. He llamado al registro de la subdelegación de mi provincia (Alicante) y ellos me han dicho que no!, que solo por Correos o directamente en extranjería ¿valdrá la pena insistir? ¿podría haber estado desinformado el funcionario? (no sería la primera vez…) A mí lo de correos me da un poco de desconfianza, ya me han perdido documentos…creo que tendré que asumir que me toca perder tiempo en extranjería otra vez…
Nada sólo para contarles que he insistido en otro teléfono que encontré, luego de revisar un pdf con la carta de servicios detallada de la Subdelegación donde aparecía expresamente lo de las renovaciones. Me ha atendido otra persona que me ha dicho que efectivamente sí puedo hacer el trámite. Muchas gracias por la orientación.
Un ‘registro civil’ es lo mismo que un registro publico’? Gracias!