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Brexit: Prórroga del plazo de retirada del Reino Unido previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea
El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado la Decisión (UE) 2019/476 del Consejo Europeo tomada de acuerdo con el Reino Unido, de 22 de marzo de 2019, por la que se prorroga el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE.
El pacto acepta retrasar la retirada del Reino Unido de la UE, prevista para el 29 de marzo durante casi dos meses, hasta el 22 de mayo. Ello sólo si el Parlamento británico aprueba los términos del acuerdo de salida de la UE.
Contexto del Brexit
Recordamos que el 29 de marzo de 2017, Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de abandonar la UE.
Para ello se había invocado el procedimiento previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.
A no ser que se revocara o prorrogara esta decisión por unanimidad, el plazo previsto para la retirada se haría efectiva el 30 de marzo de 2019.
Prórroga del plazo previsto en el artículo 50 TUE
Punto destacado de la decisión:
- En caso de que la Cámara de los Comunes apruebe el Acuerdo de Retirada el 29 de marzo de 2019 a más tardar, (…) el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE se prorrogará hasta el 22 de mayo de 2019.
- En caso de que la Cámara de los Comunes no apruebe el Acuerdo de Retirada el 29 de marzo de 2019 a más tardar, (…) el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE se prorrogará hasta el 12 de abril de 2019.
En este último caso, el Reino Unido indicará, antes del 12 de abril de 2019, una forma de avanzar para que la estudie el Consejo Europeo.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
