Se prorroga la validez de la vigencia del Documento Nacional de Identidad hasta marzo de dos mil veintiuno como medida urgente para hacer frente al impacto económico y social por el coronavirus.
Como ya habíamos anunciado hace algunos días, a través de un Real Decreto-ley se ha prorrogado la validez de los DNI hasta marzo del próximo año dos mil veintiuno como consecuencia de la emergencia sanitaria que ahora mismo está atravesando España.
Todas aquellas personas que sean mayores de edad y tengan un Documento Nacional de Identidad que caduque durante el estado de alarma, la validez de dicho documento ha sido prorrogada hasta marzo del próximo año.
Vicente Marín, abogado experto en derecho de extranjería y nacionalidad española y director de Parainmigrantes.info, nos lo explica todo en el siguiente vídeo:
Prórroga de la vigencia del Documento Nacional de Identidad
Os transcribimos lo recogido en la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto- Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19:
«Sin perjuicio de lo que, sobre el periodo de validez del documento nacional de identidad, establece el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, queda prorrogada por un año, hasta el día trece de marzo de dos mil veintiuno, la validez del documento nacional de identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La prórroga de la validez del documento nacional de identidad permitirá que puedan renovarse, conforme al procedimiento actual, los certificados reconocidos incorporados al mismo por igual periodo.
Disposición final novena. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».Disposición final décima. Vigencia.
Las medidas previstas en el presente real decreto ley mantendrán su vigencia durante el plazo de un mes desde su entrada en vigor, sin perjuicio de que, previa evaluación de la situación, se pueda prorrogar su duración por el Gobierno mediante real decreto-ley. No obstante lo anterior, aquellas medidas previstas en este real decreto-ley que tienen plazo determinado de duración se sujetarán al mismo«.
¿Han prorrogado también la validez de todas las tarjetas de residencia?
No. Es muy importante que no confundas las prórroga que se ha establecido para el Documento Nacional de Identidad con una posible prórroga para las tarjetas o permisos de residencia y trabajo de todos los extranjeros que viven ahora mismo en España.
Aunque ya lo hemos comentado en alguna ocasión, si tu tarjeta ha caducado durante el estado de alarma (os recordamos que esta medida se tomo el pasado catorce de marzo) o si tu tarjeta está próxima a vencer debes hacer la renovación de tu tarjeta.
Si no renuevas tu tarjeta o permiso de residencia en España, tendrás problemas en un futuro e incluso puedes llegar a quedarte de manera irregular.
De momento el Gobierno no ha anunciado ningún tipo de prórroga para las autorizaciones o permisos de residencia en España, por lo que debes renovar tu tarjeta de residencia.
¿Cómo hago la renovación de mi tarjeta si todo está cerrrado?
Es cierto que como medida de contención del coronavirus se ha cerrado la atención al público de todas las Oficinas de Extranjería, por ello, deberás hacer la renovación de tu tarjeta a través de medios telemáticos.
En este artículo os explicamos como hacer la renovación así como los plazos para poder hacer este trámite.
Si quieres descargarte el documento oficial con todas las medidas adoptadas por el Gobierno para hacer frente al impacto económico y social del Coronavirus puedes hacerlo aquí.
Fuente: Boletín Oficial del Estado
Si tienes algún problema con la renovación tu permiso de residencia, contáctanos y te ayudamos con todo.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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Hola tengo una hija de 15 años se le caducó el 20 de mayo de este año tiene ella también la prórroga espero respuesta , gracias?
Me podrían dar una respuesta por favor .e presentado mi renovacion con fecha 27 /12/2019 y me caduca en 29 /01 /2020 me sale requerido pero hasta hoy que ya es 26 de marzo ninguna carta .que puedo hacer gracias
Buenas.
Tengo una duda, estoy en mí País de origen, Brasil, desde el diez de noviembre. Tenia vuelvo de regreso , el dia 18/03, con él estado de alarma en España, he decidido no viajar este dia, hasta que normalise todo. Pero, el billete solo dispone para el mes de junio de vuelta a España, tengo residencia de larga duracion. Lápregunta és. ¿ Podré viajar , despues de 6 meses a España devido la pandemia? Y si no, que debo hacer?
Gracias.
Hola parainmigrantes.
Si tengo mi esposo e hijas en colombia y mi cita para 3ntregar papeles de la Reagrupacion es en Abril. Eso lo puedo presentar telematicamente o por la plataforma mercurio que ustedes mencionan? Muchas gracias