Programa PREPARA para desempleados de larga duración

El programa PREPARA consiste en una ayuda dirigida a aquellas personas que habiendo agotado y no teniendo derecho a prestaciones o subsidios, presenten cargas familiares o sean parados de larga duración

Podrán beneficiarse de este programa todas aquellas personas que hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo (incluidas las prórrogas) y estén inscritas como demandantes de empleo, además de acreditar la búsqueda activa durante el último mes.portatil

Los interesados en beneficiarse de este programa deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Personas desempleadas e inscritas como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo al menos 12 de los últimos 18 meses (desempleados de larga duración) o que tengan familiares a su cargo.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo y los subsidios por desempleo.
  • Tener responsabilidades familiares, es decir, tener a cargo al cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, o menores acogidos.
  • La persona solicitante debe carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Para el cómputo de rentas se tendrán en cuenta las de la unidad familiar del solicitante (ahora se incluye la renta de los padres en caso de convivencia) (Para las personas que acrediten tres o más personas a su cargo, se incrementa la ayuda, del 75 % al 85% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, IPREM)
  • Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente empleo al menos durante los últimos 30 días.

No podrán adherirse al programa:

  • Las personas que hubieran percibido la prestación extraordinaria del programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI).
  • Las personas que hubieran sido o pudieran ser beneficiarias del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA) en los términos establecidos, incluidas sus prórrogas.
  • Las personas que hubieran agotado o pudieran tener derecho a la renta activa de inserción, ni las que hubieran agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo, ambos en favor de los trabajadores eventuales del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

Respecto a los derechos que obtienen las personas beneficiarias del programa son:

  • Realizar un itinerario de inserción (personalizado e individualizado) que contemple el diagnóstico de su empleabilidad.
  • Participar en las medidas y políticas activas tendentes a la reinserción laboral, y sobre todo dirigido a la obtención de una cualificación profesional para facilitar la búsqueda de empleo.
  • Recibir una ayuda económica de acompañamiento del 75 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, hasta un máximo de seis meses. (La ayuda asciende al 85% del IPREM si el interesado acreditar tener a cargo , en el momento de la solicitud, al menos a tres miembros de la familia)

Se entenderá como familiar a cargo «al cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33% o menores acogidos, y que carezcan individualmente de rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias».

Al mismo tiempo, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Participar en las acciones de políticas activas de empleo y de búsqueda de empleo (los Servicios Públicos de Empleo podrán exigir en cualquier momento acreditación del cumplimiento para mantener la  ayuda)
  • Aceptar la oferta de empleo que ofrezca, ya sea el propio Servicio Público de Empleo o las agencias de colocación.
  • Deberá comunicar cualquier modificación en el cumplimiento de los requisitos que pudiera modificar la cuantía de la ayuda.

Todos los interesados que cumplan con los requisitos mencionados, podrán solicitar la ayuda en el plazo de dos meses desde el agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo (y acreditando la búsqueda activa de empleo en los últimos 30 días). Deberá solicitar la misma en la correspondiente Oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.

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6 comentarios en “Programa PREPARA para desempleados de larga duración
  1. Crís dice:

    Buenos días, si está próxima la fecha de la renovación de mi permiso de residencia, el plan PREPARA sirviría para poder renovarla?

    1. elias madrich dice:

      hola quiero saver si tengo algo de ayuda tengo 64 anos por favor muchas gracias

  2. Antonio dice:

    Hola,,,bien pero estas plan prepara ,cuanto es duracion..6meses o mas ??

  3. madrich elias dice:

    hola por favor quiero saver tarjeta de residencia de larga duracion quanto tiempo a quedar a mi tierra soy mayor de edad y infermo ok muchas gracias sres abogados elias madrid

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      Si es titular de una tarjeta de larga duración no puede estar un año continuado fuera de la UE

      1. ELIAS MADRICH dice:

        MUCHISIMAS GRACIAS

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