La Sede Electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior, ha colgado en su página web todos los procedimientos administrativos referentes a los extranjeros en España.
Desde Parainmigrantes.info iremos publicando todos estos procedimientos para, una vez más, manteneros informados de todo aquello que os pueda resultar interesante y de utilidad.
En esta entrada explicamos cómo es el procedimiento y en qué consiste la prohibición de entrada:
Este procedimiento consiste en la prohibición de entrada a extranjeros no residentes que se encuentran fuera de España, en los que concurra alguno de los supuestos recogidos legal y reglamentariamente.
Clases y tipología
Procedimiento dirigido a extranjeros que van a ser objeto de prohibición expresa de entrada por sus actividades contrarias a los intereses españoles o a los derechos humanos o por sus notorias conexiones con organizaciones delictivas, nacionales o internacionales, u otras razones judiciales o administrativas que justifiquen la adopción de esta medida.
Periodo de validez
Máximo de diez años.
Cómo se gestiona
De oficio
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: De oficio.
Tipo de procedimiento: Otros.
Materia del procedimiento: Actividad Administrativa
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
– Ministro del Interior.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Caducidad (inicio de oficio).
Recursos que se pueden interponer:
– Reposición
Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.
Plazo de interposición del recurso: 1 mes.
– Contencioso – Administrativo
Órgano que resuelve el recurso: Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Supremo.
Plazo de interposición del recurso: 2 meses.
Normativa:
– LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su última modificación por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.
– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.