Procedimientos sobre Extranjería: Prohibición de entrada

La Sede Electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior, ha colgado en su página web todos los procedimientos administrativos referentes a los extranjeros en España.

Desde Parainmigrantes.info iremos publicando todos estos procedimientos para, una vez más, manteneros informados de todo aquello que os pueda resultar interesante y de utilidad.

En esta entrada explicamos cómo es el procedimiento y en qué consiste la prohibición de entrada:

Este procedimiento consiste en la prohibición de entrada a extranjeros no residentes que se encuentran fuera de España, en los que concurra alguno de los supuestos recogidos legal y reglamentariamente.

Clases y tipología

Procedimiento dirigido a extranjeros que van a ser objeto de prohibición expresa de entrada por sus actividades contrarias a los intereses españoles o a los derechos humanos o por sus notorias conexiones con organizaciones delictivas, nacionales o internacionales, u otras razones judiciales o administrativas que justifiquen la adopción de esta medida.

Periodo de validez

Máximo de diez años.

Cómo se gestiona

De oficio

Datos básicos del procedimiento

Forma de iniciación: De oficio.

Tipo de procedimiento: Otros.

Materia del procedimiento: Actividad Administrativa

Órganos competentes para resolver este procedimiento:

– Ministro del Interior.

La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.

Efecto de la falta de resolución en este plazo: Caducidad (inicio de oficio).

Recursos que se pueden interponer:

– Reposición

Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.

Plazo de interposición del recurso: 1 mes.

– Contencioso – Administrativo

Órgano que resuelve el recurso: Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Supremo.

Plazo de interposición del recurso: 2 meses.

Normativa:

– LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su última modificación por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.

– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

 

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