Primera Concesión de Arraigo Laboral con la Sentencia del Tribunal Supremo

Después de varias semanas de especulaciones, de rumores en redes sociales, de bulos… por fin tenemos la primera resolución de Concesión del Arraigo Laboral a un nacional de El Salvador, el cual ha trabajado con la Tarjeta Roja, y por tanto en aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo.

Como ya hemos analizado en otros artículos y otros vídeos, la sentencia del Tribunal Supremo viene a cambiar por completo la figura del Arraigo Laboral. Una autorización de residencia por Circunstancias Excepcionales, la cual ha sido muy poco utilizada hasta ahora por la propia estructura del permiso. Esta autorización solamente podían acceder aquellas personas, que habían trabajado de forma clandestina durante al menos seis meses y llevaban en España al menos dos años.

Además de estos requisitos, los medios para probar la existencia de esa relación laboral de al menos 6 meses eran únicamente:

  • A través de una sentencia judicial
  • O bien a través de una resolución administrativa donde se reconocía esa relación laboral.

Con la llegada de esta sentencia, es posible utilizar otros medios de prueba, como puede ser el Informe de Vida Laboral para acreditar que hemos estado trabajando al menos 6 meses. Con este nuevo criterio, se abre la posibilidad de que aquellas personas que han trabajado de forma legal en España, con su correspondiente autorización, puedan acceder al Arraigo Laboral, como sucede por ejemplo con los solicitantes de Asilo.

A continuación te dejamos un análisis en profundidad de los cambios producidos en el Arraigo Laboral tras las Sentencia del Tribunal Supremo.

Primera Concesión de Arraigo Laboral con la Sentencia del Tribunal Supremo

Como decimos, hoy hemos tenido acceso a la que podría ser la primera concesión de un Arraigo Laboral con la aplicación de la ya conocida sentencia del Tribunal Supremo.

Se trata de una resolución de la Oficina de Extranjería de Cádiz, y se ha concedido este tipo de residencia por Circunstancias Excepcionales, a un nacional de El Salvador el cual ha trabajado de forma legal con su Tarjeta Roja, y que ha tramitado nuestra compañera y abogada colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, Sonia Guadalupe Quiteño.

Desde Parainmigrantes.info estaremos muy pendientes ante cualquier novedad o cambio al respecto. Nosotros, como ya hemos indicado en varias ocasiones, ya estamos presentando este tipo de solicitudes, sin esperar una instrucción de la Dirección General de Migraciones ni una segunda sentencia por parte del Tribunal Supremo.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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