Prestación por Desempleo Guía 2020

¿Sabes cuánto tienes que cotizar para poder recibir la prestación por desempleo? ¿Durante cuánto tiempo recibiré mi prestación?

Como bien sabéis todos la prestación por desempleo es una prestación que se otorga a quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de manera temporal o definitiva, o en determinados casos, cuando ven reducida su jornada laboral. Ante esta pérdida del empleo o ante la reducción de la jornada laboral, una de la primeras consecuencias es la eliminación o reducción del salario que recibimos.

Para estas situaciones tan excepcionales, el sistema de Seguridad Social otorga una prestación por desempleo, para cubrir y aliviar la falta de empleo. Es lo que comúnmente conocemos como cobrar el paro.

¿Quién esta protegido ante la pérdida de trabajo o reducción de la jornada laboral?

En este caso, están comprendidos dentro de la protección por desempleo, todos los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. También están incluidos dentro de esta prestación, el personal contratado en régimen de derecho administrativo y los funcionarios de empleo al servicio de las Administraciones Públicas que tengan previsto cotizar por esta contingencia.

¿Hay algún otro trabajador incluido en esta prestación por desempleo?

Como norma general, los trabajadores que están protegidos por el sistema de Seguridad Social ante la pérdida o reducción de su empleo, son los trabajadores por cuenta ajena. Igualmente podemos encontrar a trabajadores dentro de otros regímenes de la Seguridad Social, que están protegidos con esta prestación, como por ejemplo los trabajadores de minería del carbón, trabajadores fijos por cuenta ajena en Régimen Especial Agrario, trabajadores del mar, incluidos los retribuidos a la parte que presten servicios en embarcaciones pesqueras de menos de diez toneladas de registro bruto.

¿Las empleadas de hogar tienen derecho a recibir la prestación por desempleo?

De momento, las empleadas de hogar no tienen derecho a recibir la prestación por desempleo, ya que ahora mismo no cotizan cada mes por dicha prestación.

¿Cuánto tiempo podré recibir la prestación por desempleo?

La duración de la prestación por desempleo depende del tiempo que hayas cotizado a la Seguridad Social por dicha contingencia.

Una vez que vayas que recibir esta prestación, el órgano competente de Seguridad Social tendrá en cuenta todo lo que hayas cotizado en los últimos seis años previos, es decir anteriores a la situación legal de desempleo, al momento en que el cesó la obligación de cotizar, o desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior.

El mínimo cotizado que debes acreditar para poder recibir esta prestación por desempleo es de 360 días. En el supuesto de que hayas cotizados 360 días en los seis años anteriores a la situación de desempleo, tendrás derecho a recibir una prestación que tendrá una duración de 120 días, es decir unos cuatro meses.

Os dejamos esta tabla donde se resumen los periodos de cotización en días, y el periodo de prestación en días.

prestación por desempleo Guía 2020

¿Qué órgano de la Seguridad Social gestiona la prestación por desempleo?

La prestación por desempleo es gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

¿Cuándo debo presentar la solicitud de la prestación por desempleo?

La solicitud deberás presentarla en el plazo de quince días hábiles siguientes al último día trabajado.

En el supuesto de que la empresa te haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debes presentarla en los quince días hábiles siguientes a la finalización del período equivalente a las vacaciones.

La solicitud se presentará a través de:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (en este caso deberás pedir tu cita previa a través de la Sede electrónica del SEPE o a través de teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • por correo administrativo.

Si presentas las solicitud de prestación contributiva fuera de plazo, tendrás derecho a que se apruebe a partir de la fecha de la solicitud, perdiendo en este caso tantos días de prestación como hayan pasado entre la fecha en que se te hubiera aprobado dicha prestación, de haberla solicitado dentro del plazo, y la fecha en que se ha presentado la solicitud de la prestación.

¿Qué documentación tengo que presentar?

Para poder recibir la prestación por desempleo deberás antes de nada inscribirte como demandante de empleo. Una vez que estés inscrito como demandante de empleo, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de solicitud
  • Identificación de la persona solicitante y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud, bastará con enseñar alguno de los siguientes documentos:Españolas y españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Extranjeras y extranjeros residentes en España:Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
  • No nacionales de la Unión Europea : Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que usted sea titular, y donde desee percibir la prestación.
  • Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de personas extranjeras.
  • Certificado o certificados de empresa en las que usted haya trabajado en los últimos 6 meses (si no se han enviado por las empresas al Servicio Público de Empleo Estatal). Solo en aquellas situaciones en las que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, es necesario aportar otro documento que la justifique.

Debéis tener en cuenta que la prestación que os detallamos en esta noticia es la prestación contributiva por desempleo.

Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía Social.

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2 comentarios en “Prestación por Desempleo Guía 2020
  1. Marco Arias Astorga dice:

    Estóy muy satisfecho con la asesoria que me prestaron Parainmigrantes.
    Muchas Gracias.muy profesional.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Muchas gracias 🙂

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