Presentación de solicitudes de nacionalidad: Telemática, Registro Civil y Registro Público

Telemática, Registro Civil y Registro Público, las nuevas formas de presentar la solicitud de nacionalidad española por residencia.

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Aunque nosotros recomendamos presentar siempre por vía telemática, lo cierto es que no es la única forma para solicitar la nacionalidad española. El nuevo Reglamento de Nacionalidad Española ha establecido distintas vía de presentación que te explicamos.

1. Durante el periodo transitorio que media desde la entrada en vigor del presente real decreto hasta el 30 de junio de 2017, los interesados podrán seguir presentando sus solicitudes ante el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado. Dichas solicitudes se presentarán en soporte papel. En tales casos, el Registro civil realizará al interesado los requerimientos necesarios para completar las solicitudes incompletas y, una vez contengan toda la documentación exigida por el presente real decreto, las remitirá a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

2. A efectos de lo previsto en esta disposición transitoria, la remisión de documentos desde los Registros Civiles a la Dirección General de los Registros y del Notariado se llevará a cabo, siempre que sea posible, de modo telemático, previa digitalización de los documentos, en las condiciones que determine la referida Dirección General. Cuando no pueda llevarse a cabo dicha conversión a formato electrónico, será responsable de la misma la Dirección General de los Registros y del Notariado.

3. Una vez finalizado el periodo transitorio a que se refiere esta disposición, las solicitudes solo podrán presentarse a través de la correspondiente aplicación electrónica, o bien conforme a las reglas generales sobre presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones Públicas. Ambas modalidades son asimismo posibles durante el periodo transitorio que finaliza el 30 de junio de 2017.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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5 comentarios en “Presentación de solicitudes de nacionalidad: Telemática, Registro Civil y Registro Público
  1. Scitousky dice:

    Ninguno es mejor.Hoy y dia todos esta aprovecha saca dinero de los immigrants .cuanto tiempo tenemos que espero.Tanto hable de telematica Como va a Caer como lluvia pero todos estamos en shock.Sin mas

  2. Rodolfo dice:

    TUTORIAL PARA PRESENTAR LA NACIONALIDAD VIA TELEMÁTICA

    ESPERO QUE OS AYUDE!

    http://docdro.id/Rfilz4L

    Ps: para subir los archivos, no puede haver ningun espacio en su nombre. Ejemplo: AntecedentesPenales.pdf

  3. samera dice:

    hola por favor alguen sabe como va la cita de juramento en madrid

  4. ruth rico dice:

    hola quisiera saber si al renunciar a los papeles de residencias para volver al país de origen y querer volver a España hay alguna penalizacion que cumplir o se puede regresar gracias

  5. locoflor8 dice:

    Hace falta cita para presentar los documentos en el RC y que los digitalicen al MJU?
    Gracias

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