Permisos de Viaje al Exterior para ciudadanos cubanos

Los ciudadanos cubanos que deseen viajar al exterior, deberán solicitar un Permiso de Viaje al Exterior (PVE) a las autoridades migratorias cubanas, invitados por un ciudadano extranjero o cubano residente permantente en el país al que invita.

¿Quiénes son los ciudadanos cubanos que pueden hacer uso de este permiso?

Todos los ciudadanos cubanos mayores de 18 años, que cuenten con la documentación establecida para este tipo de trámite.

¿Cuáles son los documentos a presentar para solicitar un Permiso de Viaje al Exterior?

Los documentos a presentar son:

– Carta de Invitació confeccionada en un Consulado cubano en el exterior.

– Pasaporte cubano vigente y debidamente visado por las autoridades del país al que viajará.

– Si tiene vínculo laboral, carta de liberación del organismo al cual se encuentra vinculado.

¿Por que tiempo es este permiso?

El permiso se otorga por 30 días y es prorrogable por 10 meses más, hasta un total de 11 meses, en las representaciones cubanas en el exterior (Consulados). Dichos meses comienzan a correr a partir de la fecha de salida de Cuba, la que aparece en el cuño que se estampa en el aeropuerto cubano al paso por las autoridades migratorias.

¿Cuánto cuesta la prórroga de los meses?

El primer mes de estancia no debe abonar cuota, ya que el permiso con el que salió de Cuba es por 30 días y lo avala. Después de transcurridos los primeros treinta días, cada mes que permanezca en el exterior, hasta un total de 11 meses, deberá pagar el importe correspondiente. La prórroga de cada mes tiene un costo de 40.00 euros y según la cantidad de meses, será el importe total a abonar.

¿Cómo se pueden pagar estas prórrogas?

Esto se puede hacer una vez haya llegado la persona a España, mensualmente o al final de la estancia, variante que recomendamos por tener mayor claridad en el día en que regresará a Cuba.

¿Es posible permanecer en el exterior por un período mayor de los 11 meses?

Esto sólo es posible cuando la persona presenta alguna enfermedad que le limite regresar a Cuba dentro de este período. En estos casos la persona, un familiar o un amigo deben presentar, con un mes de antelación al vencimiento de los 11 meses, el certificado médico que explique las causas de la limitación para viajar, así como el pasaporte del afectado. En el Consulado deberá llenar una planilla al efecto. Esta prórroga se solicita a las autoridades migratorias cubanas, que son las facultadas para su autorización o no.

 

 

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Un comentario en “Permisos de Viaje al Exterior para ciudadanos cubanos
  1. Ivan Prado dice:

    Cito:
    «- Si tiene vínculo laboral, carta de liberación del organismo al cual se encuentra vinculado.»

    Y si no tienen vinculo laboral? Mi esposa (cubana) es ama de casa, ella se encuentra desvinculada laboralmente por mas de 3 años, a que procede en esa situación

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