Permiso de salida de menores al extranjero

Si un menor de edad va a viajar fuera de España, se deberá solicitar un permiso de salida de menores

El viaje de y con menores de edad está sometido a restricciones específicas. La policía de fronteras, tanto dentro como fuera de la zona Schengen, tiene el mandato específico de prestar una especial atención a los menores, viajen acompañados o no.

En el caso de los menores que viajen solos, los agentes de fronteras tienen potestad para realizar una inspección minuciosa de los documentos y justificantes de viaje, a fin de asegurarse de que los menores no abandonan el territorio contra la voluntad de las personas que ejercen la patria potestad.

viajar al extranjero con menoresSi los menores viajan acompañados, el agente de fronteras puede solicitar documentación que pruebe la patria potestad del/los acompañantes o de los que suscriben la autorización del viaje del menor con otro adulto. Además, si el menor va acompañado sólo por uno de sus progenitores, se puede solicitar también autorización expresa del progenitor ausente o efectuar una investigación más pormenorizada si sospecha que se ha podido privar ilícitamente de la custodia del menor a quien la ejerza.

Se recomienda, con carácter general, si el menor viaja solo, acompañado por un único progenitor o por terceras personas:

* Llevar consigo la autorización expresa, en su caso, de los padres, del progenitor ausente o de quien ejerza legalmente la patria potestad.

* Portar los documentos de viaje ordinarios (pasaporte o Documento Nacional de Identidad, en su caso).

* Llevar consigo la documentación que pruebe la filiación y patria potestad según el caso y el país de destino.

La exigencia en cuanto al tipo de autorización y las circunstancias en que es requerida es muy variable según el país de destino y su legislación y costumbres locales. En caso de duda, es conveniente consultar con la Embajada o Consulado del país de destino.

Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen);

NOTA: en la página web guardiacivil.es se puede descargar el documento autorrellenable para solicitar la autorización de salida al extranjero.

Una vez relleno e impreso el formulario deberá personarse en un puesto de la Guardia Civil con un documento de identidad (DNI o pasaporte) y el resto de documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte del menor, libro de familia, etc.).

LA AUTORIZACIÓN TIENE UNA VALIDEZ DE 30 DÍAS DESDE SU EXPEDICIÓN

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Un comentario en “Permiso de salida de menores al extranjero
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