Perder la nacionalidad española por no usarla. Taller de Extranjería

Nacionalidad española: ¿se puede perder la nacionalidad española si no se usa?

El programa de Rne «Taller de Extranjería» aborda el tema de la perdida de nacionalidad española por falta de uso. La hija de Patricia tiene doble nacionalidad, española y peruana. Ahora se encuentra estudiando en Perú y su madre quiere saber si tendrá problemas para volver a España. La abogada de extranjería, Mercedes Alconada de los Santos, le indica que lo mejor es que se inscriba como espñaola en el consulado español en Quito.

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5 comentarios en “Perder la nacionalidad española por no usarla. Taller de Extranjería
  1. Fabricio Caicedo dice:

    Hola, tengo un problema mi hijo es nacido en España tiene doble nacionalidad (Española y Ecuatoriana) y lleva 6 años en Ecuador va a cumplir 16 años de edad. ¿Tendría problemas al renovar el pasaporte).
    Por otro lado yo tengo igual doble nacionalidad, entre al Ecuador con pasaporte Ecuatoriano el 27/10/2015, tengo mi DNI y pasaporte Español vigente, tendría problemas al salir con el pasaporte Español en septiembre de este año. Me pueden quitar la nacionalidad o viajo sin comunicarlo? mil ayudas porfavor
    No sabía que tenía que haber hecho la solicitud de conservación hasta ahora que me entero.
    Gracias de ante mano…

  2. ELENA dice:

    hola,
    Mi amigo se encuentra en el extranjero por vacaciones. tiene nacionalidad española desde 2016 y renuncio a su nacionalidad de origen. Para viajar esta vez a su pais de origen no pidio visado y entro alli con el pasaporte de origen. Me gustaria saber si en este caso puede perder la nacionalidad española. Sabiendo que el año pasado entro a su pais de origen con pasaporte español y visado o sea que la ha usado.
    Gracias.

  3. San Gomez dice:

    PÉRDIDA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR FALTA DE USO:
    Parece que la lógica, es decir, el pensamiento pragmático y racional está a años-luz de la mente de aquellos que escriben las leyes. Me resulta absolutamente ilógico (por no decir estúpido), que un Español nacionalizado necesite “usar” la nacionalidad Española para no perderla.
    Vayamos a los hechos, la ley dice:
    1- Españoles que adquieran otra nacionalidad pueden perder la Española. Para que esto no suceda deben declarar su voluntad de conservarla. El mismo apartado dice que la adquisición de una nacionalidad de naciones Iberoamericanas, de Andorra, Portugal, Filipinas o Guinea Ecuatorial no implica en la pérdida de la nacionalidad Española.
    2- Españoles que no lo sean de origen pueden perder la nacionalidad Española si:
    Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
    Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
    Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
    Entonces:
    ¿Porque un nacional de Iberoamérica, Portugal, Andorra, Filipinas o Guinea puede perder la nacionalidad Española adquirida por residencia, si no la “usa”?
    ¡No es lógico, puesto que la misma ley no exige la renuncia de dichas nacionalidades originarias para la adquisición de la Española!
    ¡Es más! Lo más surrealista es que tal discriminación se hace por clasificar los ciudadanos Españoles en dos categorías: Los de origen y aquellos que no lo son.
    Bajo tal clasificación discriminatoria, un ciudadano nacionalizado Español por residencia, “no es Español de origen”, pero si tiene hijos nacidos después de la adquisición de dicha nacionalidad, sus hijos son clasificados como “Españoles de Origen” aunque no hayan nacido en España.
    De esta forma el Hijo de un Español “no originario” que declare conservar la nacionalidad Española heredada del progenitor (tras cumplir los 18 años), es un “Español de origen”. La estúpida paradoja es que su progenitor no lo es, pero es la persona de la cual hereda la nacionalidad Española.
    Por lo tanto el progenitor tiene que buscar consulados o embajadas Españolas en el exterior para hacer “uso” de la nacionalidad Española y no perderla, mientras que sus hijos no tienen que hacerlo.
    Entiendo que tal requisito pueda exigirse para las personas que tengan que renunciar la nacionalidad anterior y que luego vuelvan a utilizarla. No me parece muy justo, pero al menos es lógico, racional…Todavía no hay ninguna lógica en la obligación del “uso” de la nacionalidad Española adquirida por parte de aquellos ciudadanos originarios de naciones para las cuales no se exige la renuncia de la nacionalidad para la adquisición de la Española.
    Hay lugares del mundo donde no existen representaciones diplomáticas Españolas o que se encuentran a muchos quilómetros. La no inscripción en un consulado Español, la no participación en elecciones, en fin, el “no uso” de la nacionalidad Española no debería implicar su pérdida, puesto que los Españoles clasificados como “Españoles de origen”, no tienen que hacer nada para no perder su nacionalidad, jamás la pierden por “no usarla”.
    No existen Españoles de segunda categoría, todos lo somos de “Primera”, unos no han elegido “ser Españoles”, lo son por el “accidente” de haber nacido en el territorio o por tener un progenitor Español, otros lo somos por “Libre Elección”. Yo lo soy por amor a este país y a esta cultura. Siempre lucharé para que “mi España” sea una nación moderna y ejemplar, donde no existan discriminaciones.

  4. Por favor, no generen más confusión y discordia. El hecho de que hayan más inmigrantes del Ecuador no quiere decir que todos seamos de allí. Mucho cuidado. Este tipo de «confusiones» puede resultar muy peligroso.
    Al menos reconocer públicamente el error.

  5. Observación a la Abogada Mercedes Alconada de los Santos, acerca del tema a tratar de la perdida de la nacionalidad ;debe inscribirse en el consulado de Lima ; no en el consulado de Quito , puesto el caso que se pone de ejemplo hace referencia al Pais de Perú .
    PD : sera cierto el dicho que todos somos de Ecuador

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