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Hace algunas semanas os contábamos que se pretende reformar el Reglamento de Extranjería. Algo que desde profesionales del derecho hasta asociaciones habíamos pedido en los últimos años. Y es que tanto la Ley de Extranjería como el Reglamento de Extranjería han evidenciado que no están adecuados a los cambios que se han producido en España durante los últimos años.
Vicente Marín, abogado experto en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y director de Parainmigrantes.info nos adelanta en el siguiente vídeo las fechas en las que se aprobará la reforma:
Desde Parainmigrantes.info teníamos acceso a un borrador donde se contemplaba ciertos cambios e importantes novedades, y que os comentamos en este mismo artículo.
Hoy sabemos que el Consejo de Estado ha emitido un informe favorable al Real Decreto que pretende modificar el Reglamento de Extranjería. Finalmente se ha dado el visto bueno a dicho real decreto y está por tanto a un paso más cerca de ver la luz, aunque desde el Ministerio del Interior rechazara ciertas reformas ante el miedo de que estos cambios provoquen un efecto llamada.
Otra de las objeciones que ha recibido la reforma del reglamento es por parte del Ministerio de Política Territorial que indica que habrá una avalancha de solicitudes la cual no podrán afrontar con el personal que actualmente trabaja en las oficinas de extranjería. Por ello piden refuerzos y que la figura del Arraigo para la Formación tenga un periodo transitorio para que se pueda aplicar y solicitar.
Todo parece indicar que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, quiere que el texto se apruebe en el Consejo de Ministros el 26 de julio o el próximo 2 de agosto, según afirma el El País.
Además, parece claro que las figuras que aparecían en el borrador al que tuvimos acceso verán finalmente la luz, ya que desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han publicado una presentación donde recogen todos los cambios y el contenido de la reforma del reglamento de extranjería que hoy parece ya inminente.
Vicente Marín, abogado experto en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y director del Portal Parainmigrantes.info te explica las claves de la tan esperada Reforma del Reglamento de Extranjería.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
Claves del nuevo Reglamento de Extranjería
Aquí te explicamos paso a paso las claves y los cambios que se quieren introducir en el Reglamento de Extranjería:
Las claves que podemos destacar de esta reforma serían:
- Eliminar la rigidez actual en la normativa de extranjería vinculada al ámbito laboral
- Cambiar el régimen de los estudiantes.
- Modificar el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.
- Mejorar la figura del Arraigo Social, Laboral y Familiar.
- Mejorar el acceso a la actividad por cuenta propia
- Optimizar y mejorar el funcionamiento de las Oficinas de Extranjería para poder tramitar y conseguir permisos de residencia y trabajo en un tiempo menor.
Estudiantes en España
Uno de los aspecto que se quieren mejorar es en relación a los estudiantes en España. Se pretende facilitar el acceso al mercado laboral sin que esté tan limitado como ahora.
Con el Reglamento que tenemos ahora mismo, un estudiante puede trabajar mientras estudia siempre que se respeten dos cosas:
- Que el trabajo sea compatible con sus estudios
- Que el Salario recibido por ese trabajo no suponga su fuente principal de rentas o sustento en nuestro país. Esto provoca que el trabajo que se desarrolla sea puntual, residual y en un horas contadas a lo largo de la semana.
Con la nueva reforma que se pretende poner en marcha se podría permitir al estudiante trabajar hasta 30 horas a la semana.
Además y en relación a la modificación de la Autorización de Estancia por Estudios se quieren también introducir varios cambios, de los cuales destacamos:
- Ahora mismo es necesario cumplir tres años como titular de una estancia por estudios. Este plazo podría reducirse previo Informe favorable de la Secretaria de Estado de Migraciones cuando se trate de extranjeros cuya residencia en España se considere oportuna por razón de la relevancia excepcional de los méritos profesionales y ciéntificos acreditados.
- Cuando se trate de extranjeros en posesión de título homologado de Medicina, siempre que la actividad a desarrollar sea acceso a la escala de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad.

Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
Uno de los puntos más conflictivos y delicados que existen en la reforma del reglamento de extranjería es en relación a la ocupación de puestos de trabajo. Hoy día es mu complicado hacer un contratación en origen, ya que la ley exige superar la Situación Nacional de Empleo. Esto supone que existe una prioridad a ocupar puestos de trabajo por personas que ya se encuentren en España de forma legal o por españoles.
Por ello ante la imposibilidad de conseguir un Certificado Negativo del SEPE donde se indique que no hay nadie para cubrir un puesto de trabajo, estas contrataciones en origen solamente sea posible para ocupar puestos de los detallados en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, todos ellos relacionados con trabajos en Buques o Barcos y en el deporte profesional.
Este Catálogo que se elabora de forma trimestral ha quedado obsoleto y es por ello se quiere avanzar en ese sentido.
Para poder cambiar todo esto que os comentamos, dentro del borrador al que hemos tenido acceso, se quiere establecer un nuevo informe trimestral, que contenga los datos suministrados por los servicios público de empleo autonómicos y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartuta de Inmigración, un Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para cada provincia o demarcación territorial.
Este Catálogo estará basado en la información disponible sobre la gestión de las ofertas presentadas por los empleadores en los Servicios Públicos de Empleo.
La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero.
Asimismo, dentro de dicho borrador se establece la posibilidad de que sea el propio empleador el que justifique la dificultad de cubrir los puestos de trabajo que él oferta ante la propia Oficina de Extranjería. Algo que ahora mismo no es posible hacer.
Arraigo Social, Laboral y Familiar y Reforma del Reglamento de Extranjería
Grandes cambios dentro de la reforma del Reglamento de Extranjería en relación a los Arraigos:
- laboral
- social
- y familiar
Arraigo Laboral
Se contempla la posibilidad de obtener esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales, arraigo laboral, siempre que se acredite una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años, que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses, y que se encuentren en situación de irregularidad en el momento de solicitud.
El interesado podrá aportar cualquier documento o prueba válido en derecho para acreditar esa relación laboral y además se podrá acceder a este permiso tanto si has trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, algo que ahora mismo no es posible.
Arraigo social
En relación al arraigo social, este permiso que es hoy día clave para muchos de los que se encuentran en situación irregular, se establece la posibilidad de aportar un contrato de trabajo donde se garantice el Salario Mínimo interprofesional.
CAMBIOS IMPORTANTES: En este supuesto entendemos que puede ser tanto un contrato de trabajo a tiempo completo como parcial y no se hace referencia a la duración del mismo, por lo que sería posible aportar un contrato de trabajo temporal, algo que sería un gran avance para poder acceder a este permiso.
Arraigo Familiar
Se aumentan los supuestos a través de los cuales se puede acceder al Arraigo Familiar:
- Cuando se trate de padre o madre, o tutor legal, de un menor de nacionalidad española, o persona sobre la que se haya establecido medidas de apoyo y que sea de nacionalidad española, siempre que le progenitor o tutor solicitante tenga a este a cargo y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al menor. En este supuesto se concederá una autorización de cinco años que habilita a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
- Cuando se trate del Cónyuge o pareja de hecho acreditada, ascendientes mayores de 65 años o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años o mayores de 21 años a cargo de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española o de su cónyuge o pareja de hecho. En este supuesto se concederá una autorización por cinco años que habilita a trabajar por cuenta ajena y propia. CAMBIO IMPORTANTE: Se quiere trasladar a los familiares del ciudadano español hacia el régimen general y dejar así de gestionar una Tarjeta de Familiar de Comunitario como hasta ahora.
- Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Arraigo para la Formación
En el borrador de la Modificación del Reglamento de Extranjería se introduce una nueva figura, que es el Arraigo para la formación. Podrán obtener una autorización provisional, por tiempo de 12 meses, los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante dos años. Además de:
- Comprometerse a realizar una formación para el empleo reglada o a obtener una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica. A estos, efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la obtención de la autorización de residencia, quedando obligado a comunicar a la Oficina de Extranjería si no se hubiera producido dicha matriculación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley Orgánica de Extranjería.
Esta autorización podrá ser prorrogada una única vez por otros 12 meses.
Autorización por haber Trabajado de forma Irregular
Otra de las novedades que pretenden introducir a través de esta modificación del reglamento de extranjería es una Autorización para aquellas personas que puedan acreditar que han estado trabajando en España de forma irregularmente por un periodo mínimo de 6 meses en el último año y cumplan los requisitos para la concesión de la Autorización de Residencia por Cuenta Ajena Inicial.
La prueba que se admitiría para acreditar que hemos estado trabajando de forma irregular a través de:
- Resolución judicial
- Resolución administrativa relativa al acta de infracción emitida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Por lo que sería necesario entendemos aportar una oferta de empleo, algo bastante complicado por el momento.
Autorización de Residencia por Cuenta Propia
Uno de los aspectos que se han abordado en este texto con las propuestas a la modificación del Reglamento de Extranjería es en relación a la Autorización de Residencia por Cuenta Propia, es la eliminación del requisito de acreditar la inversión prevista para la implantación del proyecto. Este apartado ha quedado sustituido en este borrador por el requisito de abono de la tasa relativa a la autorización de trabajo por cuenta propia.
Tarjetas Renovadas
En relación a las autorizaciones o tarjeta renovadas, tanto si tenemos una autorización de residencia por cuenta ajena como por cuenta propia, una vez renovada la misma, se podrá trabajar indistintamente en una actividad u otra.
A diferencia de lo que sucede ahora y existiendo una limitación para trabajar de forma simultánea en ambas actividades, salvo que tengamos una Compatibilidad, será posible trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia sin necesidad de realizar ningún trámite previo.
Como podéis ver se pretenden hacer grandes cambios dentro del Reglamento de Extranjería, sin barajar de momento la idea de hacer una nueva Ley de Extranjería desde cero. Estaríamos hablando de otra reforma del reglamento.
Como siempre desde Parainmigrantes.info estaremos muy pendientes a cualquier novedad al respecto y a lo largo de estos próximos días iremos analizando cada uno de los puntos clave de esta reforma del Reglamento de Extranjería.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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Esta nueva ley contempla algo para los nietos de abuelos españoles que anteriormente no llegaron en tiempo y forma con los tramites. en mi caso mis abuelos eran españoles por parte de madre y de padre. Desde ya mucha gracias si pueden responderme a esta pregunta.
Rogelio, no, te compartimos el enlace a la noticia con toda la info sobre la reforma del reglamento de extranjería https://www.parainmigrantes.info/aprobado-el-reglamento-de-extranjeria/
Hola buenas tardes tengo 3 años de estar en España trabajo en el mismo trabajo pero no me am querido ni empadronar trabajo cuidando un anciano que puedo hacer para solicitar mi permiso de trabajo gracias
Amparo, llámanos y vemos tu caso en detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/
Quien me puede decir cuando decretan la nueva reforma y si podría o me vale para poder sacar mis papeles ya q estoy ilegal llevo 9 meses en España ya que por medio d mí madre q tiene nacionalidad española me negaron yo tengo ahora 32 pero m negaron ya q en la agencia q hice mis trámites para tener mí visa como turista para poder venir a España pusieron un negocio a mí nombre pero supuestamente era ficticio pero resultó q si aparece en el sri pero yo no sabía ni tengo ningún negocio pero no pude hacer nada y me negaron x eso x medio d mi madre y ahora quiero ver cómo puedo sacar mis papeles x mí cuenta xfi si m puedes ayudar
Hola tengo bueno ahora 32 quise sacar los papeles por medio d mí madre q tiene nacionalidad española enseñe todos los papeles q me pidieron pero en la agencia q m hicieron los papeles para venir a España xq soy d Ecuador pusieron un negocio a mí nombre pero supuestamente era ficticio pero no fue así y x eso m negaron los papeles ahora ya llevo 9 meses viviendo en España ilegal y quisiera saber que puedo hacer para poder tener mis papeles y estar legal y poder trabajar
Estefania, para ver tu caso en detalle y ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que te comuniques con nosotros a nuestro número de asesoría https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/, o bien realizando una consulta de Skype con nuestro equipo de expertos https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2022-07
Hola buenas tardes hay algunas formaciones específicas que hay que hacer o con cualquier formación se podrá obtener el permiso ??
Mohammed, se desconocen hasta el momento los supuestos específicos a aplicar, por lo cual debemos esperar a que la reforma del reglamento sea aprobada para conocer a detalle cada cambio
Buenas, quisiera saber si la nueva reforma que se aprobará ,favorecerá a las s inmigrantes que tengan 4 meses o no ,gracias.
Buenas tardes! Queria consultar si es verdad que la reforma de la ley de extranjeria se va a firmar en septiembre de este año?
Rocio no sabemos cuando entrará en vigor. En cualquier caso en cuanto esté publicada en el BOE os informamos de inmediato
Hola tengo mi NIE caducado y ahora quiero hacerme pareja de echo qual los trámites necesarios,estoy en la comunidad de Andalucía
Elisangela aquí tienes toda la información https://www.parainmigrantes.info/inscripcion-de-parejas-de-hecho-en-andalucia/
Hola muy buenas tardes. Bueno estoy en España y quiero o tener la nacionalidad que Devo hacer llevo 2 meses acá por favor en lo que me puedan guiar te lo agradezco
Daniel aquí tienes toda la información https://www.parainmigrantes.info/category/nacionalidad-espanola-tramites/
Soy hijo de españoles y tengo mi nacionalidad hace 3 años pero no es posible hacerlo con mis hijos tienen algún derecho si yo no vivo en España
Saludos
Puedes hacer una consulta por Skype y vemos tu caso concreto https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/
Tranmitar mi passaport me esta haciendo dificil por que mi registro consular esta en consulado y mi registro en saime fue con un correo electronico haqueado y no se usava clave solo el numero de cedula y correo electronico y no consigo entrar segundo llevo de residente ya mas de 15 años mas caduco mi nie en 28/01/2021 y desde vencer vengo pidiemdo ah consulado venezolano una informacion y no abrem la puerta no corren el telefono y no responden mis correos electronico que piden vigente el passaporte mi marido es ciudadano de la unión europeo es de aqui toda su vida y busco ayuda para que me den un pasaport una prorroga lo que informe un tranmiter consulado y es inposible por lo que sepa mi ultimo passaport se me exyravio en una mudanza y solo eso para renovar mi nie ??? Mi pasaport es 14043167 y mi nie es y0488607d soy casada ah 13 años mas vivia ya 3 años con mi marido que tanbien lucha en que nos den una cita y ya explique la complicacion tengo el primer passaporte que remove en bilbao viscaya y desde antes de caducar el nie tengo ya mas de año y medio busccando una cita en el consulado para una projoga oh renpvar mi pasapot que todavia tengo la cita del exyravio del passaport de 2020 de caducar en 2022 y ya intentando mas nunca atienden el telefono ,nunca tesponxen el correo electronico atentamente ayuda
Vicente! Se dice Youtube no Youtude
😂