4ª Novedad Nacionalidad: Dispensa de Exámenes

Los solicitantes de nacionalidad española que hayan cursado determinados estudios en España y hayan obtenido el correspondiente título, no tendrán que solicitar el documento de dispensa. Bastará con aportar la documentación pertinente en el expediente.

Dispensa de Exámenes de Nacionalidad: Novedades Nacionalidad

Ya no es necesario solicitar dispensa de examen en el caso de haber estudiado y superado la ESO en ESpaña.

Junto con la solicitud de nacionalidad se aportarán los títulos que acreditan la superación de esos estudios y se resolverá la nacionalidad sin necesidad de hacer los exámenes.

novedades dispensa de exámenes de nacionalidad

Novedad

Desde ahora ya no es necesario solicitar la dispensa, pero sí aportar en el expediente las titulaciones que acrediten los estudios realizados en España.

Justificando documentalmente todo lo anterior en el expediente de nacionalidad ya no será necesario presentar la dispensa, es decir, se va a tramitar directamente la dispensa de examen cuando en el expediente se vea que se han adjuntado todos los títulos de esos estudios superados en España.

A tener en cuenta: los títulos deben ser obtenidos en España. No valen los títulos conseguidos en el extranjero y que posteriormente hayan sido homologados en España.

Estudios válidos para la Dispensa de Exámenes de Nacionalidad 

Los solicitantes de la nacionalidad española por residencia que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria (ESO) podrán ser dispensados de la realización de los exámenes CCSE y DELE del Instituto Cervantes.

No obstante, podrán también ser dispensados quienes hayan cursado y obtenido el Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional grado medio o superior, Licenciatura, Diplomatura, Grado Universitario o Doctorado.

Respecto a la acreditación del DELE, son válidos también certificados oficiales de los niveles básico (A2), intermedio (B1) y avanzado (B2) de las enseñanzas de español como lengua extranjera expedidos por la correspondiente Administración educativa así como certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo Elemental a los que se refiere el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las Consejerías competentes en materia de educación en las correspondientes Comunidades autónomas o por las Escuelas Oficiales de Idiomas. En todos estos casos, los certificados deberán estar inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente.

En cuanto a los interesados que hayan estudiado en Centros educativos de titularidad del Estado español en el exterior, siempre y cuando el título haya sido expedido por el Ministerio de Educación de España podrán solicitar la dispensa con ese título. En este caso se valorará cada solicitud de dispensa en concreto.

El resto de supuestos de dispensa de exámenes de nacionalidad española

En el resto de supuestos de dispensa (personas mayores, analfabetos, discapacitados, etc), y por tanto será obligatorio la solicitud previa y espera de respuesta, pues muchos de estos supuestos se resolverán con el establecimiento de un examen adaptado a las necesidades concretas para cada caso.

Es decir, en dichos supuestos habría que pedir dispensa tras haber realizado el examen adaptado y esperar a su resolución para poder presentar el expediente de nacionalidad.

Vicente Marín nos explica con detalle y ejemplos cada una de las variaciones de los supuestos de dispensa de exámenes de nacionalidad española

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29 comentarios en “4ª Novedad Nacionalidad: Dispensa de Exámenes
  1. Saida dice:

    Estimado señores,

    Espero que este mensaje le encuentre bien. Mi nombre es Saida de nacionalidad marroquí y me pongo en contacto con ustedes para solicitar información relativa a los requisitos de obtención de la nacionalidad española.

    He tenido el privilegio de completar una formación de dos años en el campo de servicios estéticos en España, culminando con la obtención del certificado de profesionalidad de nivel 2. Este certificado fue emitido por Labora, un organismo autónomo vinculado a la Generalidad Valenciana, y cuenta con la misma equivalencia que la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

    En este sentido, me gustaría conocer si el certificado de profesionalidad que he obtenido podría considerarse como válido para cumplir con los requisitos del examen CCSE y/o DELE A2, en el contexto de mi proceso de solicitud de nacionalidad española. Concretamente, estoy interesado en saber si este certificado podría reemplazar uno de los dos exámenes mencionados, o posiblemente ambos.

    Agradecería enormemente si pudieran proporcionarme orientación y aclaración en relación a este asunto.

    Espero con interés su respuesta.

    Atentamente,

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      Llámenos y vemos su caso https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  2. Carla dice:

    Hola ,mi pregunta es , equivalente a la eso, que es un curso : profesional nivel 2, ,con este certificado me vale, para solicitar la nacionalidad. Un cordial saludo!!!!

  3. Ana Paula dice:

    Buenas tardes, tengo un fp de grado medio en auxiliar de enfermería, con diploma oficial de una academia española. Estaré exenta del examen? Ya tengo el C2 de DELE. Saludos

  4. Hicham dice:

    Hola, soy de Marruecos, tengo estudios superados de tercer ciclo en España y tengo ESO de adultos en España, en qué apartado se adjuntan dichos diplomas ya que en el apartado de los exámenes de la nacionalidad no figura nada ahí. Gracias de antemano

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Hicham lo debes incluir en el apartado de exámenes

  5. Yessica dice:

    Hola buenos dias, estoy realizando la solicitud para obtener la nacionadad española, si tengo tarjeta comunitaria porque mi madre esta casada con un español que situación tengo a la hora de rellenar la solicitud , es caso general?

  6. Usuario2298 dice:

    tengo la ESO y he subido el documento por via telematica pero no me deja firmar y enviar, me dice algo de las pruebas Dele y ccse, tengo que subir el titulo de la ESO alli tambien?

    gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      debes subir tu titulo tanto en el apartado DELE como CCSE

  7. Guido errasti dice:

    Con respecto al tema de la nacionalidad por residencia tengo la siguiente duda:

    Si yo, siendo argentino, luego de haber cumplido los años necesarios para obtener la nacionalidad por residencia, presentolos papeles necesarios y en vez de aportar el CCSE presentó el título de master universitario en prevención de riesgos laborales obtenido en Valladolid, me serviría de la misma forma?

  8. Cintya dice:

    Buenas tardes,

    Voy a presentar la nacionalidad, quisiera saber si esto sigue vigente, ya que tengo tanto la ESO como titulo de FP y no veo nada en la página del Ministerio.

    Muchas gracias
    Saludos

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      Llámanos y vemos tu caso https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  9. Abella dice:

    Cuál es la normativa aplicable dónde podría encontrar la exención de todos aquellos que hayan graduado en España? He estado mirando la página web oficial del gobierno pero no aparece esta información. Ya ha sido derrogado?

  10. titulo de la ESO conseguido de Centro Público de Educación de Personas Adultas es valido para nacionalidad española?

  11. Hajar dice:

    Hola, he presentado mi nacionalidad cuando justo esta cursando el primer año de un FP medio, osea que no lo habia terminado aun y lo tramite con la matricula. Con eso me vale o deberia de hacer los exámenes?

  12. outhman beda dice:

    hola !!!
    estoy presentado la nacionalidad por certificado digital y no me deje presentarlo porque me exigi la confirmación del instituto cervantes ……. es dicer lo de la despensa segue en vigor

  13. Daniela dice:

    Hola !!
    Si tengo estudios de máster eso me vale para no presentar la prueba y tener la axcenta

  14. Marly dice:

    Hola,
    Yo tengo un máster y un Doctorado cursados aquí en España, pero no la eso ni bachiller, en mi caso estaría exenta de presentar el examen CCSE? o sigue siendo obligatorio haber cusrado la ESO?
    De antemano gracias por la información.

  15. Nombre...hicham dice:

    Llevo 3 años esperando numero de registro o de expediente hasta ahora nada

  16. Oscar dice:

    Hola. Muchas gracias por la informacion. ¿Estas nuevas normas se aplican desde ya mismo o hay que esperara a que salga el Real Decreto? Gracias.

  17. Soumya dice:

    Yo tengo un FP superior. Esto no significa que yo estoy exenta de hacer los dos exámenes? ? Creo de ccse tengo que hacerlo?? Espero que me resuelva esta duda. Gracias

  18. Nombre...soumya dice:

    Hola!! Llevo mucho tiempo esperando que me conteste, le escribí en Facebook y en youtube tampoco no me ha contestado😢😢. Por favor yo estudié FP superior ya tengo el titulo en vigor, es cierto eso??? porque hay abogados dicen que no puedo estar exenta porque piden solo ESO. Y no admiten ni estudios universitarios ni formación

  19. Paula dice:

    Hola,

    El diploma de Master cursado presencial en una universidad oficial en España podría dispensar la realización de los exámenes CCSE y Dele?

    Gracias y saludos

  20. Hola, tengo la prueba de acceso a grado medio Y superior aprobadas, tengo el cetficado de ambas. En el grado medio no me dieron titulo y el superior no lo acabe. Con los certificados de prueba de acceso es suficiente?
    Gracias

  21. alicia dice:

    hola, mi hermano y yo queremos solicitar la nacionalidad por residencia este mes, podemos presentar nuestros títulos de ESO,BACHILLER y LICENCIATURA como es mi caso, tenemos que adjuntar certificados del instituto o valen solo los títulos, y los títulos tienen que ser compulsados. Y a la hora de rellenar la solicitud que opción marcaria, ya que no marcaria la de los exámenes y la dispensa o si. Muchas gracias

  22. Fatima Zahra rebroub dice:

    Hola yo solo tengo segundo de la eso. Vale también?

  23. hola quiero preguntar por favor por la demanda contenciosa porsa caso de denegacion q passara con el expediente y gracias

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      Además de la denegación, el interesado tendría que hacerse cargo de las costas del procedimiento, como explicamos aquí https://www.parainmigrantes.info/en-que-casos-no-es-recomendable-presentar-la-demanda-contenciosa-de-nacionalidad/

      1. MUCHAS gracias seniora Eva quero acer la demanda contencioca pero una pregunta es que me fuie l otro dia para dar mi alta de internet me han dicho q l sale una deuda de 100 euro y nadie sabe de donde viene no tengo ni multas ni nada estoy limpio solo esa cosa q mi molesta y nose c iba tener problema por la nacionalidad o no muchas gracias

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