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Nota aclaratoria del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona relativa a la utilización del certificado ACA para presentar la solicitud de nacionalidad
La Comisión de Extranjería del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) ha publicado a través de su página web una nota aclaratoria relativa a la utilización del certificado ACA para presentar la solicitud de nacionalidad.
Aquí os dejamos el texto completo:
«Desde la Secretaría de la Subdirección General de Nacionalidad y Estado civil nos han hecho llegar como aclaración a la contestación recibida en su día sobre si el letrado dispone de certificado digital ACA puede, en representación de su cliente, presentar telemáticamente solicitudes de adquisición de la nacionalidad española adjuntando el documento acreditativo de la representación, ante la falta de convenio de habilitación «En efecto, se ha de adjuntar el documento (mandato) en el que el interesado le autorice para realizar la presentación», las siguientes indicaciones con el tenor literal siguiente:
«Se informa que, efectivamente, se ha de adjuntar el documento (mandato) en el que el interesado le autorice para realizar la presentación, en el bien entendido de que:
* Mientras no exista convenio en vigor entre el Consejo de la Abogacía Española y el Ministerio de Justicia -convenio que debe contar además con la adhesión del Colegio Profesional y el colegiado correspondientes-, las presentaciones de solicitudes de nacionalidad de sus clientes solo pueden presentarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia en calidad de representante voluntario, no de colegiado en ejercicio.
* En todo caso, la presentación telemática de tales solicitudes de nacionalidad, junto con el documento (mandato) en el que el interesado le autorice para realizar la presentación, deben realizarse únicamente a través de cualquiera de los certificados electrónicos expedidos por cualquiera de las autoridades de certificación expresamente reconocidas como tales por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, publicadas como Proveedores de Certificación por el Portal de la Administración Electrónica del Gobierno de España.»
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada