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Nueva Instrucción 3/2019 relativa a “Normas generales sobre internos extranjeros”.
Normas generales sobre internos extranjeros
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias publica la Instrucción 3/2019. Es relativa a las “Normas generales sobre internos extranjeros” y fue publicada el 14 de febrero de 2019.
No te preocupes porque os explicamos los detalles a continuación. En realidad, los cambios legales que se han producido desde la antigua instrucción, lo requerían. Nos referimos a la instrucción 18/2005, de 21 de diciembre.
En resumen, el Artículo 25.2 de la Constitución Española apunta:
«Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social. Pero las penas no podrán consistir en trabajos forzados.»
Esta instrucción trata sobre el procedimiento de actuación con internos extranjeros. Pero también versa sobre el tratamiento y la intervención educativa con los internos extranjeros. Como veremos a continuación, en definitiva, estos son los dos puntos clave.
En conclusión, por lo tanto, la nueva instrucción aborda los siguientes epígrafes:
I. INTRODUCCIÓN
II. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN CON INTERNOS EXTRANJEROS
1. EN CUANTO AL INGRESO DE LIBERTAD
1.a Información
1.b Datos personales y sociales
1.c Documentación
1.d Comunicación gubernativa
1.e Expediente personal
2. EN CUANTO AL TRASLADO Y LIBERTAD CONDICIONAL EN EL PAÍS DE ORIGEN, NACIONALIDAD O RESIDENCIA
2.1 TRASLADO PARA CONTINUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA EN CASO DE INTERNOS PERTENECIENTES A PAÍSES NO COMUNITARIOS
A. Tramitación
B. Concesión
2.2 TRASLADO DE PENADOS COMUNITARIOS
2.3 CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN ELPAÍS DE ORIGEN, NACIONALIDAD O RESIDENCIA
A. Tramitación
B. Concesión
2.4 CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN OTRO ESTADO MIEMBRO POR PARTE DE INTERNOS COMUNITARIOS
A. Tramitación
B. Concesión
3. EN CUANTO A LA EXPULSIÓN
3.1 EXPULSIÓN ADMINISTRATIVA
3.2 ACTUACIONES CON PREVENTIVOS
3.3 ACTUACIÓN CON PENADOS
3.3.1 CONCURRENCIA DE CONDENAS SUSTITUIDAS POR EXPULSIÓN CON CAUSAS PREVENTIVAS Y CONDENAS NO SUSTITUIDAS
A. CONCURRENCIA DE EXPULSIÓN CON SUSTITUTIVA CON CAUSA PREVENTIVA
B. CONCURRENCIA DE EXPULSIÓN SUSTITUTIVA CON CAUSA PENADA
3.3.2 SI SE HA SUSTITUIDO LA PRISIÓN POR LA EXPULSIÓN JUDICIAL
3.3.3 NO SE HA SUSTITUIDO LA PENA POR EXPULSIÓN
4. SOBRE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
4.1 CORTE PENAL INTERNACIONAL
4.2 PROTECCIÓN INTERNACIONAL
4.3 PROCEDIMIENTOS DE ENTREGA, EXTRADICIÓN O EXPULSIÓN DE INTERNOS
5. ESTADÍSTICA
6. RECURSOS
III. A CERCA DEL TRATAMIENTO E INTERVENCIÓN EDUCATIVA CON INTERNOS EXTRANJEROS
1. PROGRAMA INDIVIDUALIZADO DE TRATAMIENTO
2. REINSERCIÓN SOCIAL
3. INTERVENCIÓN EDUCATIVA
4. ACTIVIDADES LABORALES
4.1 EN LOS TALLERES PRODUCTIVOS DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS
4.2 EN RÉGIMEN ABIERTO O EN LIBERTAD CONDICIONAL
Además de las DISPOSICIONES ADICIONALES:
PRIMERA. Casos de fallecimiento, enfermedad y accidente
SEGUNDA. Comunicaciones con Consulados
TERCERA. Sobre autorizaciones y visitas
CUARTA. Petición de información
QUINTA. Videoconferencias con familiares y allegados
SEXTA: En cuanto a tratamiento de datos de archivos o registros públicos
SÉPTIMA. Actualización de ANEXOS
Así como la DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Finalmente, encontraremos la DISPOSICIÓN FINAL
En conclusión, estos son los puntos reflejados. Descarga la nueva Instrucción.
* Fuente: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
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