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Nombre y apellidos tras la adquisición de la nacionalidad. Una vez que te hayan concedido la nacionalidad española, tendrás que realizar determinados trámites relacionados con el nombre y apellidos en el Registro Civil
Nombre y apellidos tras la adquisición de la nacionalidad.- Tal y como ha publicado el Ministerio de Justicia en su página web, los trámites posteriores a la adquisición de la nacionalidad española han de realizarse en el Registro Civil.
En el caos de que haya adquirido la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza o por opción, habrá de:
- El mayor de 14 años y capaz de prestar una declaración por sí mismo, habrá de jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- Declarar que renuncia a su anterior nacionalidad. Salvo que el interesado esté en alguno de los supuestos de doble nacionalidad.
La ley española señala que ha de tenerse un nombre y dos apellidos.
Extranjeros que adquieren la nacionalidad española:
Nombre:
En la inscripción de nacimiento se tiene que consignar el nombre que aparezca en la certificación extranjera, salvo que se pruebe la utilización habitual de un nombre distinto. Si el nombre que consta en la certificación extranjera o el usado habitualmente está incluido en alguna de las limitaciones establecidas deberá ser sustituido, conforme a las normas españolas, por el elegido por el interesado o su representante legal y, en último término, por uno impuesto de oficio.
En el caso de nombres propios que consten en sistema de escritura distinto al nuestro (chino, japonés, árabe, etc.) se consignarán mediante su transcripción o transliteración, de manera que se consiga una adaptación gráfica y una equivalencia fonética. También en nombres propios escritos con caracteres latinos cabría hacer adaptaciones ortográficos a petición del interesado para facilitar su escritura y fonética.
Apellidos:
Aplicación de la ley española a la determinación de los apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles. Con carácter general, para el extranjero con filiación determinada que adquiere la nacionalidad española han de consignarse, en principio, en su inscripción de nacimiento en el Registro Civil español los apellidos fijados por tal filiación, según las leyes españolas, que se sobreponen a los usados de hecho (cfr. art. 213, regla 1ª, R.R.C.). Por esto ha de reflejarse en la inscripción de nacimiento dichos apellidos, primero del padre y primero de los personales de la madre, aunque sea extranjera (cfr.art. 194 R.R.C.), según resulten de la certificación extranjera de nacimiento acompañada. En caso de que la filiación no determine otros apellidos, o cuando resulte imposible acreditar la identidad de los progenitores del interesado, se mantendrán los apellidos, o cuando resulte imposible acreditar la identidad de los progenitores del interesado, se mantendrán los apellidos que viniere usando. En ambos casos, si el interesado sólo ostentaba o usaba un apellido, éste se duplicará a fin de cumplir la exigencia legal de duplicidad de apellidos (cfr. art. 55-V L.R.C.).
Por su parte el art. 199 R.R.C. establece que «El que adquiere la nacionalidad española conservará los apellidos en forma distinta de la legal, siempre que así lo declare en el acto de adquirirla, o dentro de los dos meses siguientes a la adquisición o a la mayoría de edad legal».
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Buenas, reciente me nacionalice Española. En el registro civil pusieron mis dos apellidos de padre seguido de mi madre. Pero hubo un error en el nombre propio de mi madre. En mi partida de nacimiento original con la cual me nacionalice. Hubo un error en una consonante ( Arabe a Francés) así fue la traducción…cosa que no me di cuenta antes!! Ahora si después de conseguir mi DNI Español!! Como puedo corregir y rectificar este error!?
Porque tengo pensado traer a mi madre a España!!
Hola, toda mi vida en Portugal he tenido mi nombre, el apellido de mi padre y el ultimo apellido de mi madre, en 2015 cuadno llegue a españa y como hijo de español solicite la doble nacionalidad.
Fue cuando me han cambiado mis apellidos, dejaran tal cual tenia antes mi nombre y apellido de mi padre, pero han puesto el primer apellido de mi madre, lo que me supone un problema diario.
Mis estudios, carnet de conmducir todo tengo el ultimo apellido de mi madre y en el dni el primer apellido de mi madre.
Siempre me han dicho en juzgado de paz que no se puede cambiar.
s esto cierto, nunca mas puedo tener mi nombre verddero de cual siempre fue llamado?
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Hola buenas se me olvidó por error poner el nombre de mis padres en la solicitud de nacionalidad hay algún problema grave es esto
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Hola, me llamo Mariela, soy Búlgara y tengo ayer misma icé la jura, que no fue ninguna jura, todo descripción y formalidad de papeleo.
Mi pregunta es:
¿qué puedo hacer y como demostrar a Registro civil de Murcia que puedo obtener la nacionalidad española sin hacer falta cambiar nada en mi nombre y apellidos?
Empezando por en que Bulgaria es un país, dentro de la Unión Europea, y en el caso de los ciudadanos de la Unión (nacionales de otros Estados parte de la Unión Europea), es posible que conserven sus apellidos tal cual los tenían atribuidos de acuerdo con la ley del país de nacionalidad. Esto porque se benefician de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del caso García-Avello, que determinó que cuando una persona es nacional de un Estado parte de la Unión Europea en el que sus nombres y apellidos han sido inscritos en su sistema de Registro Civil de una manera determinada, de acuerdo con la ley de ese Estado parte y esa persona adquiere la nacionalidad de otro Estado parte de la Unión Europea, este último Estado, no obstante lo que pudiera prever su ordenamiento jurídico interno, ha de respetar la forma y de ser el caso, el orden de los apellidos de la persona que adquiere su nacionalidad, justamente porque parte del hecho de que la persona ya tiene un nombre y apellidos atribuidos conformes con la legislación de un Estado parte de la Unión Europea, con el cual ya puede haber construido relaciones jurídicas en su país de origen y en el resto de países de la Unión Europea y una modificación de esos apellidos podría causarle perjuicios y entorpecer el ejercicio del derecho a la libre circulación y libre residencia en los demás Estados parte de la Unión Europea.
Por lo tanto, si bien la regla general es la que se ha indicado inicialmente, al ser ciudadana de la Unión, puedo beneficiarme de lo resuelto en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso García-Avello y solicitar que se conserven mis nombres y apellidos tal cual los he venido utilizando de acuerdo con la ley del país de mi nacionalidad y como consta inscrita en el Registro Civil del mismo país. Incluso hay una Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia que hace referencia a estos supuestos de los nuevos «hispano-comunitarios» y menciona la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del caso García-Avello. Eso, por un lado, y, por otro lado, que dicen los Órganos competentes en el mismo registro civil de Murcia, que no es para mi caso, será:
EL artículo 199 en RRC que dice:
El que adquiera la nacionalidad española conservará los apellidos que ostente en forma distinta de la legal, siempre que así lo declare en el acto de adquirirla, o dentro de los dos meses siguientes a la adquisición o a la mayoría de edad.
Bueno, pues resulta que todas estas regulaciones y leyes, no son válidos delante los órganos responsables en la hora del juramento en el Registro civil de Murcia.
Siento que han violado tanto mi dignidad, personalidad y mi entidad como persona, como que han robado 38 años de vida.
¿No puedo hacer nada?
Creo que toda vía puedo luchar por mis derechos, pero no sé de qué manera y como, tampoco para mucho tiempo, Entiendo que una vez que salga el certificado de nacimiento español lectivo, no voy a poder hacer nada de nada.
O no sea que cuando vaya a recoger el certificado de nacimiento español, hay posibilidad de renunciar directamente la nacionalidad como tal, cuál no me parece justo tampoco, pero es preferible delante angustiada que viviré en resto de mi vida.
Gracias
Estaré desesperadamente vuestra respuesta.
Un saludo.
Buenas, una pregunta, si al solicitar la nacionalidad españole quisiese cambiar de nombre, escoger uno Español, habría problemas?
Holaa
Yo tengo un apellido rumano, pero en mi certificado de nacimiento aparecen el de mi madre antes de casarse y el de mi padre. Sé que quiero tener los dos cuando me concedan la nacionalidad, pero en el momento, podría poner primero el de la madre ?? o tendría que ser un trámite posterior a tener todos los documentos primero con el apellido del padre y luego de la madre? Gracias.
Pues a mi me gustaria saber para que sirve el articulo 199 porque acabo de renunciar a la concesion de la nacionalidad porque no me han respetado mi apellido de casada. Me siento engañada porque nadie me ha informado sobre esto cuando empece los tramites de la solicitud de nacionalidad hace 6 años.
Me parece una falta de respeto a datos que tengo en mis documentos legales (pasaporte, dni, registro civil de otro pais, libro de familia de españa etc.) y obligarme a cambiar a unos apellidos que no he utilizado antes (apellido de mi padre en forma masculina y apellido de mi madre que no utilice nunca).
Graciela, a mi me pasa lo mismo! Estoy indignada, donde esta mi derecho a identidad? Me obligaron a cambiar mi apellido que llevo toda mi vida, a un nuevo apellido que no me reconozco. Los funcionarios del Registro Civil son mal educados, te tratan como basura! Es absurdo, llevo mi vida aquí en España con mi apellido de siempre es una violación a tu derecho de identidad!! No pienso en aceptar esta situación y voy a hacer una solicitud en el registro Civil, haré todo lo que está en mis manos para tener mi nombre igual como siempre!
Que tengas suerte! A mi me pasa igual.
Yo quiero cambiar el nombre y dejar los apellidos se puede hacer eso al obtener la nacionalidad española??
Hola
Solo tengo un apellido, él de mi progenitor, podría quitármelo ¿podría usar el apellido de mi madre ? y el de mi padrastro ?
Gracias
llámanos y te explicamos todo https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/
¿Hola, buenas tardes si yo tengo la nacionalidad española mi marido puede coger mi apellido al jurar la nacionalidad?
Tengo una duda, al cambiar mi apellido (actualmente tengo 1 porque soy inglesa) puedo poner un apellido nuevo? Es decir quitar el dd mi padre actualmente y poner el de mi madre y padrastro aunque no estén casados
Yo también quisiera saber esto
Hola.
Somos de Paraguay.
Se mantiene el apellido de casada en la tarjeta al nacionalizarse?
Yo tengo un apellido en mi acta de nacimiento pero no se puede acreditar la filiación porque tengo en el acta mi madre biológica que no conozco y mi madre adoptiva que aparece allí solamente como declarante y me ponen pegas en el registro diciendo que tengo que acreditar la filiación,pero según un artículo que viene aquí he entendido que puedo conservar el apellido que llevo siempre utilizando, alguien me puede aclarar por favor
Yo tengo dos años que trámite la nacionalidad y tobia nose que pasa
Hola, tengo una duda seria: me han pedido que lleve el certificado de nacimiento de mi madre porque no aparece su apellido de soltera sino de casada. Es obligatorio que sea original o pueden enviármelo escaneado y lo traduce la traductora jurada y ya es suficiente? Gracias.
Hola, yo tengo dos apellidos, los dos son de mi pare porque en mi país es así. Puedo mantenerlos tal y como están?
Una pregunta tramite
Nacionalidad puede cualquier de edad ? Soy discapacidado puedo tener derecho ley pedir nacionalidad?
Yo no creo en la nacionalidad ,yo llevo 30 años en España dos hijos españoles y siempre me han puesto pegas para obtenerla así q sigo con la tarjeta comunitaria ,me han tratado tan mal q ya lo deje .asi no creo
En el caso de que se quiera conservar los apellidos que se vinieran utilizando según el artículo 199 R.R.C. ¿se puede conservar sus apellidos aunque solo tengas uno?
A mi también me interesa este tema, por favor alguien con conocimiento podría contestar?