Publicada en el BOE la Ley Startups – Nuevo Visado para trabajar en España- Nómadas Digitales

Hoy, 22 de diciembre de 2022 se ha publicado en el BOE la esperada Ley Startups a través de la cual se permite gestionar un nuevo visado para trabajadores de carácter internacional.

Esta ley introduce así un nuevo visado para aquellos extranjeros que quieran vivir en España y seguir trabajando, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia para empresas que se encuentran fuera de nuestro país. Es nuevo visado y autorización queda así regulada dentro de la ya conocida Ley de Emprendedores.

nómada digital- teletrabajar en España

Teletrabajadores de carácter internacional

Podrán acceder a este tipo de autorización y de visado aquellas personas que desarrollen una actividad laboral o profesional a distancia para empresas que se encuentren ubicadas fuera de España, a través del uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

Además para aquellos teletrabajadores autónomos, podrán además trabajar para una empresa ubicada en España siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.

Podrán solicitar este visado o la autorización de teletrabajo los profesional altamente cualificados que acrediten:

  • ser graduados o postgraduados de universidades, formación profesional y escuelas de negocios
  • o que cuenten, en su caso, con una experiencia profesional de al menos 3 años.

Todo ha quedado regulado dentro de la Ley 74.bis de la conocida Ley de Emprendedores:

1. Se halla en situación de residencia por teletrabajo de carácter internacional el nacional de un tercer Estado, autorizado a permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. En el caso de ejercicio de una actividad laboral, el titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional solo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional. En el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad profesional.

2. Podrán solicitar el visado o la autorización de teletrabajo los profesionales cualificados que acrediten ser graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio, formación profesional y escuelas de negocios de reconocido prestigio o bien con una experiencia profesional mínima de tres años.

Requisitos del Visado para Teletrabajar en España

Los requisitos que se han establecido en esta Ley para este nuevo visado y autorización en España son los siguientes:

  • La existencia de una actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
  • Documentación acreditativa de que la relación laboral o profesional se puede realizar en remoto.
  • En el supuesto de la existencia de una relación laboral, se deberá acreditar la relación laboral entre el trabajador y la empresa no localizada en España con quien mantiene dicha relación, al menos, los últimos tres meses, así como documentación que acredite que dicha empresa permite al trabajador realizar la actividad laboral a distancia.
  • En el supuesto de la existencia de una relación profesional, se deberá acreditar que el trabajador tiene relación mercantil con una o varias empresas no localizadas en España durante, al menos, los tres últimos meses, así como documentación que acredite los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.

Visado para Teletrabajar en España

Los extranjeros no residentes en España que se propongan entrar en territorio español con el fin de teletrabajar a distancia para una empresa no ubicada en España solicitarán el visado para teletrabajo de carácter internacional que tendrá una vigencia máxima de un año salvo que se solicite por un periodo de trabajo inferior.

El visado para teletrabajo de carácter internacional constituirá título suficiente para residir y trabajar a distancia en España durante su vigencia.

Expirada la vigencia del visado, los teletrabajadores que estén interesados en residir en España podrán solicitar la autorización de residencia para trabajador a distancia internacional, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho.

Además los trabajadores que ya se encuentren en España de forma legal podrán solicitar esta autorización con el fin de teletrabajar a distancia para una empresa ubicada fuera de España.

La vigencia de la autorización tendrá una validez de tres años a no ser que se solicite la misma por un tiempo inferior.

Aquí puedes descargar el texto completo y que se ha publicado en el BOE:

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15 comentarios en “Publicada en el BOE la Ley Startups – Nuevo Visado para trabajar en España- Nómadas Digitales
  1. Javier dice:

    ¿Se aplica esta ley a los que están en situación irregular en España?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      no… para poder pedir este tipo de autorización debes tener en España una estancia o residencia legal

  2. Alexey Gutierrez Cruz dice:

    Me yamo Alexey Gutierrez Cruz de 35 años de edad soy de la provincia de Las Tunas Cuba soy licenciado en enfermería profesional y estoy interesado en el empleo de enfermero y me gustaría saber los requisitos que debo tener para aplicar en esa profesión, gracias

  3. Ariel dice:

    Hola, soy Chileno y llevo trabajando de manera continuada durante los últimos 7 años, pero me acabo de cambiar de trabajo (remoto para USA) y me queda una duda con un apartado. Es suficiente con esperar a que pasen 3 meses en mi actual trabajo para poder aplicar a esta visa o es necesario llevar por lo menos 1 año? El resto de los requisitos si los debería cumplir, entre estudios, salario mínimo etc.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Ariel debes llevar al menos 3 meses trabajando con esa empresa y además dicha empresa debe tener una antigüedad de 1 año.

  4. Callam dice:

    Hola. Trabajo como empleado en nómina para una compañía en Londres en remoto. Necesita la compañía hacer algo para que me den la visa? Se siguen pagando tasas en el país de la compañía o en España? Y donde se hace la aplicación?
    Muchas gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

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    2. Diana Parainmigrantes dice:

      Callam, llámanos y lo vemos todo https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/, o bien si deseas puedes reservar una consulta de Skype con nuestros expertos https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2022-12

  5. Buen dia ! soy americana y vivo actualmente en Miami. Si tengo mi propia empresa puedo aplicar para esa visa ya que trabajo desde casa ? Cuanto ingreso es que se debe tener para ser aprobado.
    Mi empresa es nueva

  6. Heliot dice:

    Buen día. soy latino, gerente de mi propia empresa hace 10 años. dedicada a la manufactura e importación de papel desde Canadá, puedo aplicar para esa visa con el objetivo final de obtener un segundo pasaporte?.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Heliot tendríamos que ver tu caso con detalle. Puedes hacer una consulta por skype y te asesoramos con todo https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2023-01

  7. Vanessa dice:

    Hola! Sou latina y teletrabajo para una empresa de los estados unidos. Cumplo con todos los requisitos arriba mencionados. He residido en españa anteriormente para realizar un máster. Me preguntaba si esto me inhabilita a aplicar ya que he leído por ahí que en los requisitos estaba no residir en españa en los últimos 5 años.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

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  8. Tomas Rojas dice:

    Buenas tardes. Me interesa la asesoría de parte de ustedes.

    Yo estoy en España desde hace 4 meses y está es mi situación.

    Yo trabajo para una empresa de forma remota en Colombia. Y cuando me vine a España solicité asilo pero me dieron una Hoja de Manifiesto que me permite estar hasta la próxima cita.

    ¿Yo podría aplicar para este visado?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

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