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La Orden JUS/1625/2016 ha establecido distintos casos de dispensa de realizar las pruebas de nacionalidad del Instituto Cervantes.
En particular, el artículo 10.5 de la Orden de Justicia establece que las personas que no sepan leer ni escribir o tengan especiales dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de hacer las pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente.
El caso típico de la persona que podría solicitar la dispensa será el de una persona mayor analfabeta, que no sabe ni leer ni escribir en su lengua natal y con grandes dificultades para hacerlo dada su avanzada edad.
No serían casos de dispensa aquellos que han suspendido el examen DELE y que quieren justificar que no saben leer ni escribir en base a ello, ni los casos de personas que leen y escriben en su lengua natal y no en español.
Os lo explicamos en el siguiente vídeo.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
HOLA.
SOY ALEMANA Y NO HABLO ESPAÑOL. PUEDO SACARME EL NIE PARA RESIDER AQUI?.
Sí claro. Te dejamos toda la información https://www.parainmigrantes.info/certificado-de-registro-de-ciudadano-de-la-u-e/
Como probar que eres analfabeto
Señor Vicente yo precente en julio 2014 en el registro civil de Tarragona as el día de hoy nose nada de mis documentos aver si me los miras el estado de mis documentos a que yo contrate los servicios de su estudio e abogados gracias pronta respuesta
Ya precedente los documentos en registro civil de Tarragona no julio 2014 y asta hoy nose nada de esos documentos señor Vicente ver si el estado de mi documento homologado están aver si me informas gracias pronta respuesta
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Gracias.