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No saber dónde está Cáceres le cuesta la nacionalidad
Hoy nos hemos encontrado una noticia que nos ha llamado la atención en relación a la nacionalidad española a la cual haremos referencia.
El procedimiento de solicitud de nacionalidad española destaca porque el interesado debe cumplir con unos requisitos con carácter previo a la presentación de su solicitud, tales como, cumplir unos plazos mínimos de residencia legal y continuada, no contar con antecedentes penales, tener una buena conducta cívica, y entre ellos, acreditar un suficiente grado de integración en la sociedad española.
Como ya sabemos, este último requisito ahora podremos acreditarlo con la realización de unos exámenes que el extranjero deberá realizar antes de la presentación de su expediente. Se trata de dos pruebas (CCSE y DELE), que permiten demostrar la tenencia de ciertos conocimientos relativos al contenido básico de la Constitución Española, así como datos relativos al panorama social, cultural, económico y político de nuestro país, junto con un dominio de la lengua española. Superadas estas pruebas, se podría considerar que el solicitante está «perfectamente integrado» en la realidad social de nuestro país.
La incorporación de estos exámenes fue una de las novedades introducidas por la nueva Ley de nacionalidad española, la cual trajo numerosos cambios.
La exigencia de las mencionadas pruebas vinieron a sustituir las entrevistas que hasta entonces realizaba el juez encargado del Registro Civil, el cual, a través de una seria de preguntas que realizaba al interesado, y en base a su propio criterio, emitía un informe, considerando si el interesado cumplía, o no, el requisito de «tener un suficiente grado de integración en España».
En la noticia a la que hacemos mención, a la juez encargada del Registro Civil de Arganda del Rey (Madrid) le resultó determinante que un extranjero que quería nacionalizarse, no supiera indicar en el mapa de España la ubicación de ciudades como Cáceres y Toledo. Tampoco supo señalar la ubicación de dos lugares relevantes de interés cultural como el Museo del Prado o la Sagrada Familia. Por último, el interesado no supo responder a la pregunta de ¿que era la Constitución Española?
El informe desfavorable del Juez del Registro Civil desembocó en una resolución de denegación de la nacionalidad española por parte del Ministerio de Justicia, alegando la falta de integración del solicitante.
El interesado, en su defensa alegó el tiempo de residencia en España y el conocimiento del idioma, además de estar casado aquí, tener un trabajo estable, tener varios amigos, e incluso compartir su domicilio con otros españoles. Tras la denegación, se recurre hasta llegar el asunto al Tribunal Supremo, el cual vuelve a fallar a en su contra.
Por su parte, al alto tribunal, le resultó «sumamente revelador» que el solicitante desconociera la ubicación de ciudades como Cáceres o Toledo, al igual el lugares de gran interés cultural nacional como son el Museo del Prado en Madrid o La Sagrada Familia en Barcelona. «Y muy especialmente que afirmara no saber qué era la Constitución Española».
Para el Tribuna Supremo, todo lo alegado por el interesado no presupone que el mismo «haya desarrollado toda una trama de relaciones sociales que justifiquen un suficiente grado de integración en nuestro país».
Noticia obtenida de www.hoy.es
-Guía completa de nacionalidad.
-Requisitos para solicitar la nacionalidad.
-Exámenes: CCSE y DELE
-10 consejos para tramitar la nacionalidad española por residencia.
-Tips para solicitar la nacionalidad.

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