No denegarán la Residencia de Larga Duración únicamente por tener Antecedentes Penales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que España no puede denegar la Autorización de Residencia de Larga Duración únicamente por tener antecedentes penales. Esta decisión del Tribunal tiene como objetivo cumplir lo establecido en una Directiva europea, que España no cumplía, o no aplicaba correctamente.
Todo viene de lejos.
Los Juzgados de Barcelona, desde hace años, estaban denegando la Autorización de Residencia de Larga Duración por el mero hecho de que el ciudadano extranjero y solicitante de este permiso, tenía antecedentes penales en nuestro país. Entendían que por la sola existencia de estos antecedentes penales, los mismos eran incompatibles con una residencia en España y por tanto se denegaban estos permisos, sin hacer una valoración conjunta de la vida social, familiar y laboral del interesado así como del tipo de delito cometido.
Copia y pega esta URL en tu sitio WordPress para incrustarlo
Copia y pega este código en tu sitio para incrustarlo