Nacionalidad española por opción. Documentos necesarios para solicitarla en Madrid

Documentos necesarios a aportar para solicitar la nacionalidad española por opción en el Registro Civil Único de Madrid

Nacionalidad española por opción. Documentos necesarios para solicitarla en Madrid .- El artículo 20 del Código Civil (Ley 18/1990, de 17 de diciembre) establece que  tienen derecho a optar por la nacionalidad española las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español, así como las que se hallen comprendidas en el último apartado de los arts. 17 y 19.
La declaración de opción de formulará:
a) Por los representantes legales del optante, menor de 14 años o incapacitados y ambos solicitarán en una solicitud dirigida al Sr. Juez Encargado del Registro Civil del domicilio del peticionario donde constarán los datos de identidad de los promotores y que solicitan autorización judicial para optar por la nacionalidad española para el menor o menores… Se presentan por la madre y el padre del menor.
Nacionalidad española. Dni y pasaporte españolb) Por el interesado asistido de sus representantes legales cuando aquel sea mayor de 14 años y menor de 18 años o cuando, aun estando incapacitado, así lo permita la sentencia de incapacitación y que haya nacido en España. En tal caso sólo es necesario  presentar una solicitud dirigida al Sr. Juez Encargado del Registro Civil de su domicilio, en la que se pida señalamiento de día y hora para efectuar la comparecencia y hacer la manifestación de voluntad de la opción. Se presenta por el menor con la madre y el padre del mismo.
c) Por el interesado, por sí solo, si está emancipado o es mayor de 18 años, actuando en la solicitud igual que en el caso anterior. Se presenta solo por el mayor de edad.
Así, el Registro Civil Único de Madrid, ubicado en la Calle Pradillo, ha emitido una hoja informativa donde especifica qué documentos son necesarios aportar en el expediente de solicitud de nacionalidad española por opción.
DOCUMENTOS
* Formularios de solicitud
1.-Certificado o volante de empadronamiento del promotor/es en Madrid capital. Original (a nombre de los padres y del menor y caduca a los tres meses).
2.- Certificado literal de nacimiento del menor interesado – original (si el menor nace fuera de España ha de venir «legalizado o apostillado» y, en su caso, traducido).
3.- Certificado literal de nacimiento español del padre y de la madre (o del que fuera español de los dos) – Original y actualizado al día de la cita (máximo tres meses).
4.- Certificado del Consulado actualizado que acredite la nacionalidad del menor.
5.- Fotocopia de los documentos de identidad de los padres y del menor (DNI, NIE y si no, primera hoja del pasaporte).
Si uno de los padres no reside en España, además de los requisitos anteriores, deberá aportar autorización notarial del mismo, especificando que es para solicitar la nacionalidad española del menor y optar a la nacionalidad española del padre o la madre del mismo (o del padre y la madre del menor, si los dos fueran españoles), legalizada o apostillada.
LEGALIZACIÓN
Las partidas de nacimiento y matrimonio extranjeras y los documentos extranjeros deberán estar legalizados por:
* El Ministerio de Asuntos Exteriores del país y por el Consulado español en su país.
* Si estuviera legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país y por el Consulado de su país en España, deberá también estar legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (Calle Juan de Mena, 4. Metro: Banco de España).
* Se exceptúan los países firmantes del Convenio de la Haya, que deberán estar apostillados.
Para solicitar la cita previa puede acudir cualquier persona con toda la documentación.
La cita previa se solicita en la planta sótano del edificio antiguo, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
La solicitud de nacionalidad se presenta en la tercera planta del edificio nuevo el día que se les haya citado, y los documentos han de estar ordenados, tal y como se indica en los requisitos.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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3 comentarios en “Nacionalidad española por opción. Documentos necesarios para solicitarla en Madrid
  1. Guillermo dice:

    Buenas noches Vicente,
    Espero te encuentres bien. Quería consultarte sobre mi caso: mi abuela nacida en Argentina recupero su nacionalidad en el 1999. Mi padre por la memoria histórica opto por la nacionalidad y la obtuvo en el 2008, año en el que cumplí 26 años (nací en 1982). Yo resido en Barcelona desde hace 6 meses en donde obtuve la residencia por arraigo familiar. Cuando me dirigí al registro civil me informaron que no puedo hacer uso de la nacionalidad por opción por ser mayor de edad y que la única opción es por residencia. Ahora bien, en tu texto de explicación indicas lo siguiente:
    » El artículo 20 del Código Civil (Ley 18/1990, de 17 de diciembre) establece que tienen derecho a optar por la nacionalidad española las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español, así como las que se hallen comprendidas en el último apartado de los arts. 17 y 19.» Bien dicho esto, puedo considerar que yo estuve sujeto a la patria potestad de un español?
    Desde ya agradezco tu ayuda y guía.
    Un saludo.
    Guillermo

  2. alberto dice:

    ola buena tengo 10 años aqui en españa he piado la cita asta el año 2017 para acer la nacionalidad y queria saber con abogado se puede acer la nacionalidad sin cita y quero saber cuanto tarda Gracias

  3. hola, y un saludo al grupo de para inmigrantes .info
    esta vez quiero que ustedes me indican un manual o libro para la Preparación a la Entrevista de Nacionalidad Española.
    gracia.

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