Formas de obtener la Nacionalidad Española

Existen diversas formas de adquirir la nacionalidad española. Nacionalidad de origen, por opción, por residencia, por carta de naturaleza y por posesión de estado.

Cuando hablamos de nacionalidad española con frecuencia pensamos únicamente en la adquisición de la nacionalidad española por residencia, es decir, la que podemos solicitar por llevar determinados años residiendo en España de forma legal y continuada.

En el siguiente vídeo, Estefanía Guadix, experta en Extranjería y Nacionalidad Española de nuestro equipo, nos explica cuáles son las diferentes vías por las que es posible solicitar la Nacionalidad Española, según el caso. Presta atención para conocer cuál es la vía más adecuada para tu caso. ¡Dale al play!

Sin embargo, existen diversas formas de adquirir la nacionalidad española. No obstante, sea cual sea el modo de adquisición, se tendrán los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro español, independientemente de cómo se haya llegado a ser español.

Aquí os indicamos cuáles son los diversos modos de adquirir la nacionalidad española:

Son españoles de origen

– Los nacidos de padre o madre española.

– Todos los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).

– Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declara la nacionalidad española con valor de simple presunción.

– Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.

– Son también españoles de origen los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si el adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

conservar la nacionalidad española

Nacionalidad por Opción

La opción es un beneficio que la legislación española ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para que adquieran la nacionalidad española. Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:

– Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.

– También aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.

– Las personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.

– Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

Quiénes pueden realizar la opción

  • Si quien tiene derecho a la opción fuera menor de edad o incapacitado, la declaración de opción se realizará por el representante legal del optante.
  • Si el interesado es mayor de catorce años, lo hará el mismo asistido de su representante legal.
  • El incapacitado, si así se lo permite la sentencia de incapacitación.
  • El interesado, si está emancipado. Esta posibilidad caduca cuando el interesado cumple 20 años, salvo que por su ley personal el interesado no adquiera la mayoría de edad a los 18 años, en cuyo caso el plazo será de dos años desde que adquiera la mayoría de edad.

Lugar donde realizar la opción

Los trámites para realizar la solicitud de nacionalidad español por opción se realizarán en el Registro Civil del domicilio del interesado o de su representante, según los casos.

Nacionalidad Española por Residencia

Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:

  • Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
  • Dos años: para los nacidos en países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Un año para:
    • El que haya nacido en territorio español.
    • También puede acogerse a esta vía el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
    • El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
    • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.

Quiénes pueden solicitarla

  • El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
  • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  • El representante legal del menor de 14 años.
  • El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

Lugar de presentación de la solicitud

Ha de presentarse en el Registro Civil de su domicilio.

Nacionalidad por Carta de Naturaleza

La nacionalidad por carta de naturaleza es una forma de adquisición de la nacionalidad española que tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

En el caso de que haya adquirido la nacionalidad española por residencia, por carta de naturaleza o por opción, deberá:

– El mayor de 14 años y capaz de prestar una declaración por sí mismo, habrá de jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

– Declarar que renuncia a su anterior nacionalidad, excepto si se trata de una persona que ostente la nacionalidad de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

Nacionalidad por Posesión de Estado

Tendrá derecho a la nacionalidad española por «posesión de Estado» aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe, en base a un título en el Registro Civil. La nacionalidad española no se perderá aunque se anule el título inscrito en el Registro Civil. El interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha posesión y utilización de la nacionalidad española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con órganos del Estado español.

Lugar de presentación de la solicitud

El expediente se tramitará y resolverá en el Registro Civil de su domicilio.

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39 comentarios en “Formas de obtener la Nacionalidad Española
  1. Kamal dice:

    Me puede hacer mi hermano la nacionalidad Ami si el ya la tiene. Gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y te explicamos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  2. Andrea Castellanos dice:

    Hola para inmigrantes. si mi esposo le llego la nacionalidad radicada en Melilla en el 2015 pero en ese. momento estaba en Colombia por lo q como no llego a sus manos o de alguien conocida la notificación tiene estado: consecion caducada. Nuevamente esta en España desde 2019 con su tarjeta de larga duración, se puede hacer algo para tramitar sin esperar la nacionalidad teniendo en cuenta fue ya expedida en su momento? Gracias

  3. Miriam Ruth Albornoz dice:

    Gracias por la información, mi abuela paterna es Catalana Mestres quiero saber si tengo posibilidad..

  4. José Francisco Fernández flores dice:

    Necesito información para tener la nacionalidad española

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      aquí tienes la información https://www.parainmigrantes.info/category/nacionalidad-espanola-tramites/

  5. Alejandra Frias dice:

    Hola, Soy Argentina, nieta de abuelo español que perdio la ciudadania española. Yo resido en la Argentina. ¿Estoy incluida en el nuevo proyecto de ley?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Alejandra te dejamos la información sobre el anteproyecto https://www.parainmigrantes.info/ley-de-memoria-democratica-nacionalidad-para-nietos-de-espanoles/

  6. MARJORY GONZÁLEZ dice:

    Hola buenas tardes, tengo una inquietud, si una persona salió de España el día 18 de abril del 2018 y no ha regresado, pero la tarjeta de larga duración se caducó el 9 de mayo del 2020 puede regresar y no tendrá inconveniente o que puede hacer desde aca Ecuador para retornar a España

  7. Yovanna Garcia dice:

    Hola buenas tardes les ecribo para solicitar informaci´pn en relación a como puedo aplicar a la nacionalidad española. 1) Mi madre es cuidadana española. 2) mi esposo es cuidadano español y deseo saber cual es el procedimiento a seguir, los pasos y requisitos para realizar este proceso.

    Estaría altamente agradecida por la ayuda que me puedan prestar.

    Esperando una pronta respuesta.

    Quedo de ustedes

    Yovanna GArcia

    1. Vicente dice:

      tienes varias guías muy útiles en esta web.

  8. Yonaikel Murga dice:

    Hola, buenas.
    Mi caso es el siguiente y de verdad agradecería en gran manera su ayuda.
    Mis abuelos paternos son nacidos en España, pero emigraron hace mucho a Venezuela. Consulté en la embajada española de mi cuidad sobre la adquisición de la nacionalidad española, y me dijeron que por ser mayor de edad (+18) ya no podía obtenerla.
    ¿Qué hay de cierto en eso?
    Mi padre (el hijo de los españoles nacidos) se niega a tramitar la nacionalidad española entonces… ¿Existe alguna manera de obtener mi nacionalidad de forma individual, sin depender de mi padre?

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Únicamente por residencia.

  9. maria dice:

    buenas javier necesito tu ayuda aclararme unas dudas que me tiene bastante confundida,mi madre obtuvo su nacionalidad española tiene su pasaporte español y registro civil de nacimiento por ser hija de español de origen hace un año habiendo nacido en venezuela, yo ,mi hermana venezolanas solteras mayores de 21años que vivimos con ella y dos nietos menores de 21 años queremos la nacionalidad pensamos irnos a españa y no quisieramos estar ilegales,nos dijeron que no se podia en el consulado ni la residencia, como se es español nacido de español no entiendo, no tenemos ningún derecho? ¿que debo hacer?.

  10. Karina dice:

    Ya tengo la nacionalidad por residencia quería saber si puedo dársela a mis hijos de 20 y 19 años pero ellos se encuentran en Bolivia como puedo empezar la solicitud deseo una información de esto…muchas gracias

  11. Buenos días, primeramente perdón por mi español. Tengo doble nacionalidad, soy brasileño e tambien español. Mi esposa e mi hija (mi hija tiene 22 años) no tienen la nacionalidad española. Me gustaria saber, cuál es lo procedimento para que ambas tendrán la nacionalidad após un año de residencia legal en España?

    Gracias.

  12. Hola

    Mi marido es español y tengo dos hijos españoles, llevo 4 años residente en España y tengo tarjeta de residencia de 5 años. Puedo pedir la nacionalidad? En caso afirmativo, a cuál de las opciones de arriba tendré que aplicar?

    Gracias

  13. Gabriela dice:

    Hola buenos dias, les explico mi caso…soy una rumana que esta separada de un marroquin y tenemos una niña en comun. Esta niña no tiene papeles de ningun sitio porque no pueden hacer certificado de nacionalidad ni a la embajada marroquina ni a la rumana. A la rumana me piden los papeles del padre…y yo no tengo ninguno, mas que nada porque para separarme estoy con juzgado y tiene orden de alejamiento por violencia,…y por parte de la marroquina (lo intentamos cuando estava con el al principio) no nos dejan porque mi hija se llama saida daniela y dicen que el nombre de daniela no es traduzible. He ido al registro civil de mi pueblo a comentar mi situacion y me dicen que necessitan un papel de la embajada de rumania conforme la niña no esta registrada alli pero voy y me dicen que este papel no lo pueden hacer que no existe ninguna ley para ello…que hago…porque mi hija tiene 4 años y no tienen ni NIE ni passaporte ni nada…no tienen ninguna nacionalidad…espero que me ayudeis porque la verdad es que ando un poco desesperada llamando a todos sitios y haciendo el possible. Yo solamente quiero inscribirla en algna nacionalidad para poderle hacer papeles españoles osea nacionalidad española para no tener ningun problema mas! Muchas gracias de antemano

    1. Gabriela solicita statutul de apátrida pt fetita ta si de aici te dau un document verde de apátrida.Cu documentul ala mergi ,dupa 6 luni,in registrul civil si ceri nationalitate spaniola por simple presunción.Daca iti cer sa demonstrezi ca fata nu e inregistrata in consulatul roman,tu le spui ca vrei sa faci un manifiesto in care spui ca fata nu e romanca si consulatul roman nu elibereaza un document care atesta inscrierea fetitei acolo.

  14. doris fuentes hormechea dice:

    buenas mi abuelo se llamaba ismael hormechea, español vasco, y me gustaria adquirir la nacionalidad española pero como lo demuestro o como es el tramite … gracias por su ayuda.

  15. mireia dice:

    Soy de origen colombiana, casada con colombiano ya nacionalizado, madre de una niña de 3 años nacida en españa y con DNI. vivio en españa hace 5 años, en marzo se vence mi residencia comunitaria. puedo acceder a la nacionalidad??? nunca he estado dada de alta en la seguridad social, pero recibo la REMI. y en este momento ni mi marido ni yo estamos trabajando. puedo tramitar la nacionalidad??? o debo renovar la residencia ????

    Gracias por vuestra respuesta

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Podrías solicitar la nacionalidad, pero de forma paralela tendrás que renovar tu tarjeta de residencia, ya que la nacionalidad española no se concede de forma automática.

  16. Leydy dice:

    Buenos dias, yo tengo una duda. Estoy embarazada de 6 meses y mi hijo no es de mi marido, el padre de mi hijo quiere reconocerlo el vive tambien en españa y es rumano. soy colombiana y llevo 8 años en españa casada con un español. He echo la solicitud de nacionalidad dos veces, a la primera me estraviaron los papeles en el registró civil y a la segunda estoy en espera a carta en mi domicilio, la hice hace un año ya y aun no me responden, la solicitud la hice conyugal, puede afectar el tes?; El tes me salio mal me puse muy nerviosa y en blanco. Me gustaria saber que tendria que hacer para que el padre de mi hijo pueda reconocerlo y darle su apellido. Yo sigo casada aun y seguiré estando casada pero el padre de mi hijo es fuera de mi matrimonio. Que tengo que presentar y a donde tengo que ir a penas nazca mi bebe?, mi bebe tendría nacionalidad española?.
    Un saludos y mil gracias por vuestra respuesta.

  17. Débora Lorigados dice:

    Mi madre nació en España, yo tengo la ciudadanía española por
    origen aunque nací en otro país. Por qué le han denegado a mis hijas adultas la nacionalidad por opción? Gracias

    1. Diana Marcela dice:

      Deseo más información soy colombiana deseo radicarme en España

  18. hola a todos, gracias anibal, yo me refiero a : pregunto si se puede hacer los test oficiales de ccse y dele de la nacionalidad ya que estoy inscrito para hacerlos, y despues pagar la tasa de la nacionalidad de 100 euros.se puede o no?saludo

    1. Anibal dice:

      Hola Hess!

      No te había entendido, en ese caso si, los exámenes son independientes a la presentación de la solicitud de nacionalidad, yo haré primero el examen de nacionalidad y una vez tenga el resultado es que presentaré todo los documentos y pagaré la tasa de los 100€.

      Saludos!

  19. hola amigos una pregunta,puedo hacer los test de nacionalidad antes de pagar la tasa? gracias

    1. Anibal dice:

      Hola Hess,

      Si te refieres al Test oficial, no, no puedes hacer el test primero y luego pagar la tasa, de hecho para poder anotarte y escoger un centro y día de la prueba deberás pagar la tasa de los 85 euros.

      Si te refieres a los test de prueba que tienen en la página de parainmigrantes.info esos si los puedes hacer en cualquier momento y están muy bien por qué usan las mismas preguntas oficiales, solo que el que tiene las 300 preguntas tiene un error y solo hay 270, hace días se los comente y no sé si lo han revisado.

      Un saludo,

  20. una pregunta amigos puedo hacer los test de nacionalidad antes de pagar la tasa?

  21. luna fernandez dice:

    El tramite de nacionalidad por opcion, tenr patria potestad de Español, se puede tramitar en un consulado.?Espero respuesta muchas gracias por todas las informaciones que nos dan dia a dia.

    1. Anibal dice:

      Al final como lo hiciste?

  22. Lucila dice:

    Cuando haces el proceso online para los que somos de países de habla española solicitan también el certificado DELE… En este caso qué es lo que hay que colocar? El pasaporte?
    Gracias

    1. Anibal dice:

      Has resuelto esto?

      Gracias

  23. Ismael dice:

    Llevo esperando mi espediente de nacionalidad por residencia durante un anyo i aun no me llega la carta conforme que me la an aceptado o denegado la pregunta es que puedo acer aparte de llamarles a madrid i preguntar por el espediente?

  24. María Barboza dice:

    Mi duda es se puede da entrada en los papeles de la nacionalidad,Con el título de la escuela oficial de idiomas?Como puedo convalidar el título de la escuela oficial de idiomas ,para el instituto Cervantes?

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Por el momento no hay ningún procedimiento de homologación. Tendrás que realizar un nuevo examen en el Instituto Cervantes.

  25. Manuel dice:

    Hola, buenas tardes. Mi duda es que si el supuesto de estar casado con un español/a para solicitar la nacionalidad en un año se equipara también a la pareja de hecho.
    Un saludo y muchas gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      La pareja de hecho no es equiparable al matrimonio para la solicitud de nacionalidad.

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