Mi hijo es comunitario ¿puedo obtener un permiso por él?

El hecho de que un extranjero (no comunitario) sea padre o madre de un menor de edad con nacionalidad europea es bastante frecuente.

Por ejemplo, es muy común encontrarnos con menores de nacionalidad italiana cuyo padre o madre ostenta la nacionalidad argentina, padres venezolanos con hijo menor de nacionalidad portuguesa…etc.

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Ciudadano Comunitario

Antes de nada queremos dejar claro que se considera como «ciudadano Comunitario». En este caso tu hijo es considerado ciudadano comunitario si es nacional de:

Alemania

Austria

Bélgica

Bulgaria

Chipre

Croacia

Dinamarca

Eslovaquia

Eslovenia

España

Estonia

Finlandia

Francia

Grecia

Hungría

Irlanda

Islandia*

Italia

Letonia

Liechtenstein*

Lituania

Luxemburgo

Malta

Noruega*

Países Bajos

Polonia

Portugal

República Checa

Rumanía

Suecia

Suiza**

* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.
** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.

Mi hijo es comunitario ¿puedo obtener un permiso por él?

En este caso, si te encuentras en esta situación tendrías dos opciones.

Tarjeta Comunitaria

La primera opción si eres padre o madre de un menor de edad comunitario es tramitar en España la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario. Se trata de una tarjeta con la que podrás residir y trabajar en España tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

En este supuesto concreto deberás cumplir estos requisitos básicos:

  • Convivir con el menor.
  • Disponer de medios económicos.
  • Y tener la asistencia sanitaria cubierta.

Si no convives con el menor en España o no dispones de medios económicos, no podrás conseguir esta tarjeta comunitaria y deberás en ese caso gestionar un Arraigo Familiar bajo la normativa de extranjería pura y dura.

autorización de residencia para padres de niño español

Arraigo Familiar

Si no tienes opciones para poder conseguir una Tarjeta Comunitaria como padre de un menor de edad ciudadano comunitario, podrás tramitar y obtener una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar si:

  • Tienes un hijo comunitario con el que no convives.
  • O bien si tienes un hijo comunitario con el que convives pero no tienes medios económicos para conseguir una Tarjeta Comunitaria.

Los requisitos que debes cumplir para conseguir un Arraigo Familiar es:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Ser padre o madre o tutor de un menor comunitario con el que convives pero no dispones de medios económicos para conseguir la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario que hemos comentado anteriormente. En el caso de que no convivas en el menor ciudadano comunitario deberás acreditar que estás al corriente de tus obligaciones paternofiliales como padre o madre respecto a dicho menor.
Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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