Medios económicos y carta de invitación

Medios económicos y carta de invitación: ¿Necesito medios económicos para solicitar la Carta de invitación?

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Los extranjeros que desean entrar a España deben cumplir una serie de requisitos. El cumplimiento de estos requisitos es exigible, no sólo en los casos en los que existe la necesidad de pedir visa o visado, sino también en el caso de aquellos nacionales para los que no se les pide esta exigencia de visa.
Los extranjeros de países a los que no se les pide visa para entrar a España deben acreditar el cumplimiento de estos requisitos en el momento de la entrada a España si así es exigido por las autoridades españolas de frontera.

Si un extranjero que no necesita visa para la entra a España, no cumple alguno de estos requisitos, la entrada, tanto a España como al Espacio Schenguen, pueden ser denegadas.
Si por el contrario, el extranjero necesita visado para entrar en España, éste deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos antes de efectuar el viaje. En concreto, deberá solicitar el correspondiente visado a través del Consulado español en su país.
Medios económicos y carta de invitación
Entre los requisitos exigidos para la entrada en España en calidad de turista, el interesado deberá aportar los billetes de ida y de vuelta; medios económicos suficientes para su sustento y manutención durante el periodo de estancia en nuestra país, así como para garantizar el retorno; un seguro médico y acreditar las condiciones del viaje, como el alojamiento.
Lo que suele ocurrir es que muchos confunden algunos de los requisitos. En concreto, la disponibilidad de medios económicos suficientes con la carta de invitación. Pero, ¿por qué?. ¡Veamos la diferencia!
Como ya sabemos, la carta de invitación es un documento muy sencillo de obtener, a través de cual, el interesado puede acreditar la disponibilidad de alojamiento en España durante su periodo de estancia.

Para la obtención de este documento, el amigo o familiar (invitante), deberá acudir a la Comisaría de Policía Nacional y aportar la documentación que acredite la disposición de una vivienda en España para hospedar al invitado (título de propiedad, contrato de arrendamiento…), además de los documentos que le identifiquen (pasaporte, DNI o tarjeta de residente), junto con los datos relativos al futuro huésped.

Los únicos medios que habremos de aportar serán los derivados del pago de las tasas, que en concreto son dos: Una para la expedición de la carta de invitación, cuyo importe es de 72,84 euros; y otra de 6,36 euros.

La disponibilidad de medios económicos deberá acreditarlos el propio interesado que, junto con la carta de invitación (y el resto de documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de entrada en España), deberá aportar a la hora de pedir el visado, o bien, en frontera si no necesitamos visado para entrar.

¡Para más dudas, no te pierdas el siguiente video!

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
Medios económicos y carta de invitación
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

No olvides suscribirte a nuestras Redes Sociales

No dejes de visitar nuestras últimas noticias de extranjería y nacionalidad española:

abogados actividades arraigo asociaciones asociación autorización barcelona centro cepi colombia consulado cursos documentos ecuador ecuatorianos empleo españa española extranjeros extranjería formacion hispano información inmigración inmigrantes integración ley madrid nacionalidad nacionalidad española participacion permiso procedimiento programa requisitos residencia residentes social solicitud talleres tarjeta trabajar trabajo trámite trámites

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

2 comentarios en “Medios económicos y carta de invitación
  1. Carolina dice:

    Saludos, queremos traer a mis suegros para nuestra boda en Septiembre, nosotros somos residentes y les podríamos hacer la carta de invitación, pero tenemos dudas a la hora de cómo hacer para que ellos demuestren medio económicos para entrar a España. Son Venezolanos y no tienen cuentas para esto, viven de lo que nosotros les mandamos.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

Pedir citaContactar WhatsApp