Los matrimonios homosexuales tendrán los mismos derechos de residencia en toda Europa

Los matrimonios homosexuales tendrán los mismos derechos de residencia en todo el territorio Europeo

Esta afirmación deriva de una sentencia pionera por parte de la Justicia europea que da la razón a una pareja de denunció discriminación por parte de Rumanía.

La reagrupación familiar en régimen comunitario reconoce el derecho a residir del familiar del ciudadano comunitario, en el país europeo donde éste último tenga su residencia, con el objetivo de reunirse con él. Es la famosa «tarjeta comunitaria», la cual aparece contemplada en la legislación específica de los distintos Estados europeos en base a la incorporación de una Directiva europea con el fin de garantizar el derecho a la unificación familiar de los ciudadanos de la UE y sus familiares extracomunitarios.

matrimonios homosexuales

El requisito fundamental para la obtención de este permiso es la acreditación del vínculo con el ciudadano comunitario. Uno de ellos, y el más frecuente, es el matrimonio.

Todos los Estados deben contemplar esta posibilidad, pero cada uno de ellos la adapta a su propia normativa. La problemática surgió cuando un matrimonio homosexual entre ciudadano comunitario y extracomunitario quisieron fijar su residencia en un Estado europeo donde se estuviese reconocido el matrimonio homosexual, como el caso de Rumanía.

Ahora, una sentencia del Tribuna Superior de Justicia de la UE pone fin a esta práctica discriminatoria con una sentencia que dictamina que una pareja homosexual puede mudarse a cualquier país de los 28 Estados miembros de la UE sin restricciones, como ya pueden hacerlo los matrimonios entre hombre y mujer.

La sentencia representa una victoria para los defensores de los derechos de los homosexuales frente a los gobiernos más conservadores de continente.

El caso tiene su origen en una denuncia presentada por el rumano Adrián Coman y su esposo estadounidense Claibourn Hamilton. La pareja contrajo matrimonio en Bruselas, donde Coman, experto en derechos humanos, trabajaba en el Parlamento Europeo. Dos años después, intentaron fijar su residencia en Rumanía donde se le fue denegado el permiso de residencia a Claibourn al no ser considerado como «cónyuge» al no estar reconocidas las  uniones homosexuales por las autoridades rumanas.

La pareja denunció ante los tribunales la discriminación de los matrimonios homosexuales al no poder disfrutar de los mismos derechos de libre circulación.

La respuesta la obtuvieron cinco años después cuando el Tribunal Constitucional se pronunció a su favor dejando claro que, a efectos legales,  el término «cónyuge» incluye también a los del mismo sexo.

El fallo es un varapalo para Rumanía, pero también afecta a todos los países comunitarios en los que el matrimonio homosexual aún no está reconocido legalmente como Eslovaquia, Letonia, Lituania,  Bulgaria y Polonia.

«Por fin somos una familia. ¡Vivimos en 2018!» afirmaba Coman que se enteraba de la resolución a través de Twitter.

Noticia obtenida de «El País»


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