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El Ministerio Fiscal ha publicado su Memoria Unidad de Extranjería de 2015, donde elabora una serie de estadísticas en base a la actividad de los Fiscales especialistas de Extranjería, tras la reforma del Código Penal.
Éstas son las conclusiones extraídas en relación a los matrimonios de conveniencia y fraudes como medio de obtención de la nacionalidad:
*Fiscal de extranjería y Registro civil. Matrimonios de conveniencia: demandas de nulidad matrimonial:
Un año más, la coordinación interna e interinstitucional resulta fundamental en la detección de matrimonios que tienen como objeto exclusivo regularizar la situación administrativa en España de uno de los contrayentes:
Respecto a este tema, la Fiscalía de Barcelona reclama una mayor relación con la UCRIF y la Subdelegación del Gobierno, ya que la tarea que supone para la Fiscalía la interposición de una demanda de nulidad matrimonial, no se ve completada con una información suficiente que permita al Fiscal conocer el resultado del expediente administrativo, una vez acordada la nulidad matrimonial por sentencia firme.
Se reclama abrir un cauce de comunicación y coordinación entre las Unidades Policiales y el Servicio Civil de la Fiscalía, con la finalidad de optimizar el resultado de los expedientes de nulidad matrimonial y que en definitiva tanto el Ministerio Fiscal, como la Unidad Policial tenga un conocimiento real de los expedientes que se llevan en cada ámbito.
Destaca también la importancia en la coordinación entre las diversas especialidades de Fiscalía (en los casos en que se aprecie la existencia de un delito de trata de seres humanos o inmigración ilegal debe comunicarse al FDE), asimismo, dicha comunicación debe residenciarse en el correspondiente Fiscal del Juzgado de Instrucción o, como ocurre en Barcelona, en el Servicio de Diligencias de Investigación, si se aprecian otros delitos como la bigamia, la falsedad documental o un delito contra las relaciones familiares.
*Nacionalidad
Los FDE siguen recordando las distintas irregularidades, inexactitudes o fraudes documentales que se cometen como medio de obtención de la nacionalidad.
Nos encontramos con los siguientes inconvenientes:
-En el caso de la documentación que presentan las personas de origen saharaui para acceder a la nacionalidad española, se suele apreciar contradicciones en cuanto al nombre, fecha o lugar de nacimiento, por lo que no queda acreditada la identidad del solicitante.
-En el caso de las solicitudes de ciudadanos cubanos la constatación de esas contradicciones principalmente se aprecia entre la documentación española y extranjera.
-La Fiscalía mantiene discrepancias con la Dirección General de los Registros y del Notariado en relación a la inscripción registral de los nacimientos producidos mediante la técnica de la gestación por sustitución (cuando la paternidad o maternidad tiene su origen en un contrato por el que se conviene la gestación con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna en favor del contratante o de un tercero). Por una parte, el Fiscal se opone a la inscripción del nacimiento y filiación por estimar que el contrato es contrario al orden público internacional español. Mientras que por otro lado, la DGRN suele practicar dicha inscripción.
(Ver Memoria Unidad de Extranjería 2015 completa)
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada