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Ofertas de empleo de servicio doméstico. Más de 300 ofertas de empleo para empleada de hogar en Madrid, Barcelona, Valencia, etc.
Aunque el mercado de trabajo en España no está en su mejor momento, siguen apareciendo ofertas de empleo para trabajos de empleada de hogar o de servicio doméstico. Puedes acceder a todas las ofertas de empleo haciendo click en los siguientes enlaces:
Empleadas de hogar. Ofertas de trabajo para empleada de hogar.
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Mejoras de la nueva legislación
- Es obligatorio cotizar por la cuantía que corresponda.
- El Real Decreto 1620/2011 establecía la cotización desde la primera hora -anteriormente por debajo de 20 horas de trabajo semanal no existía obligación de cotizar por parte del empleador-. El Real Decreto-ley 29/2012 establece la no obligatoriedad por debajo de 60 horas mensuales a partir del 1 de abril de 2013.
- Es obligatorio el contrato individual de trabajo (firmado por ambas partes y depositado en la tesorería de la seguridad social).
- La indemnización por despido improcedente es de 20 días por año trabajado. La indemnización por desistimiento -despido procedente- es de 12 días por año trabajado.
Críticas a la nueva legislación
Para los colectivos de empleadas el Real Decreto 29/2012 supone un gran retroceso en los derechos de las empleadas de hogar y consideran que existe un desprecio patriarcal y clasista hacia el trabajo doméstico ya que el decreto vuelve a distanciar a este colectivo de las condiciones resto de trabajadores. Además denuncian que España aún no ha ratificado el Acuerdo e la OIT de 2011 sobre condiciones de las empleadas de hogar.
Además consideran que siguen sin resolverse las siguientes cuestiones:
- Todavía no se han igualado las condiciones al resto de trabajadores del Régimen General (sigue siendo un régimen especial)
- Se demanda un Convenio colectivo negociado para el servicio doméstico.
- No se limita la Jornada laboral máxima que debería ser de 40 horas semanales y reconocimiento de horas extraordinarias.
- No se ha reconocido el Derecho al pago por desempleo (subsidio de desempleo o paro).
- El despido debe estar indemnizado como el resto de trabajadores, con un mínimo de 20 días por año trabajado.
- No se recoge la obligaciones de la inspección de trabajo. No hay inspectores que vigilen, al menos, el cumplimiento de la legalidad existente.
- Se siguen incumpliendo, en la práctica, la mayoría de los aspectos que recoge la ley en retribuciones, horarios, vacaciones y extras.
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