Listado actualizado, con fecha 11 de septiembre de 2019, de traductores – intérpretes jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Traductores e Intérpretes Jurados
Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa tendrán carácter oficial.
Ello siempre y cuando hayan sido realizadas por quien se encuentre en posesión del título de Traductor-Intérprete Jurado.
Dicho título se otorga por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, según establece la disposición adicional décima sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo.
Listado de todos los Traductores e Intérpretes Jurados
La Oficina de Interpretación de Lenguas es el máximo órgano de la Administración del Estado en materia de traducción e interpretación de lenguas.
En cuanto a su finalidad es la de facilitar información al ciudadano.
Ella elabora y publica periódicamente un Listado de todos los Traductores-Intérpretes Jurados.
Son nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Para ello se realiza la indicación del idioma/-s para cuya traducción e interpretación han sido habilitados.
A continuación, mostramos el enlace para acceder al contenido del listado:
Lista actualizada de traductores/as – intérpretes jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. (actualizada a 11 de septiembre de 2019).
Fuente: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC)

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