La nueva normativa sanitaria modifica el Reglamento Comunitario

El pasado 28 de abril se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, por el que se modifica también el Reglamento Comunitario.

El nuevo Gobierno español ha modificado el Sistema Nacional de Salud mediante Real Decreto-Ley 16/2012.

Entre las nuevas medidas que se recogen en este texto legal, se establece una modificación por la que los inmigrantes que se encuentren en España en situación irregular puedan acceder únicamente al servicio sanitario español en caso de emergencia por enfermedad grave o accidente, suprimiendo la asistencia sanitaria la atención primaria, hospitalaria y las visitas al especialista para quien se encuentre en esta situación.

Pero además, este Real Decreto-Ley va aún más allá, y modifica el Reglamento Comunitario, por que el que establece la entrada, libre circulación y residencia de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea.

Así, la Disposición final quinta del Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, modifica el artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, quedando redactado de la siguiente forma:

Artículo 7. Residencia superior a tres meses de ciuddanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:

1. Todo ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tiene derecho de residencia en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses si:

a). Es un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España, o

b). Dispone, para sí y los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante su período de residencia, así como de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España, o

c). Está matriculado en un centro público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente con arreglo a la legislación aplicable, con la finalidad principal de cursar estudios, inclusive de formación profesional; y cuenta con un seguro de enfermedad que cubre todos los riestgos en España y garantiza a la autoridad nacional competente, mediante una declaración o por cualquier otro medio equivalente de su elección, que posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familiar para no convertirse en una carga para la asistencia social del Estado español durante su período de residencia, o

d). Es un miembro de la familia que acompaña a un ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o va a reunirse con él, y que cumple las condiciones contempladas en las letras a), b), o c).

2. El derecho de residencia establecido en el apartado 1 se ampliará a los miembros de la familia que no sean nacionales de un Estado miembro cuando acompañen al ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o se reúnan con él en el Estado español, siempre que dicho ciudadano cumpla las condiciones contempladas en las letras a), b) o c) de dicho apartado 1.

3. A los efectos de la letra a) del apartado 1, el ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que ya no ejerza ninguna actividad por cuenta ajena o por cuenta propia mantendrá la condición de trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en los siguientes casos:

a). Si sufre una incapacidad temporal resultante de una enfermedad o accidente;

b). Si, habiendo quedado en paro involuntario debidamente acreditado, tras haber estado empleado durante más de un año, se ha inscrito en el servicio de empleo competente con el fin de encontrar un trabajo;

c). Si, habiendo quedado en paro involuntario debidamente acreditado tras concluir un contrato de trabajo de duración determinada inferior a un año o habiendo quedado en paro involuntario durante los primeros doce meses, se ha inscrito en el servicio de empleo competente con el fin de encontrar un trabajo. En este caso, la condición de trabajador se mantendrá durante un período que no podrá ser inferior a seis meses;

d). Si sigue una formación profesional. Salvo que se encuentre en situación de paro involuntario, el mantenimiento de la condición de trabajador exigirá que la formación guarde relación con el empleo previo.

4. No obstante lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 y en el apartado 2, únicamente el cónyuge o persona a la que se refiere el apartado b) del artículo 2 y los hijos a cargo tendrán el derecho de residencia como miembros de la familia de un ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que cumple los requisitos de la letra c) del apartado 1 anterior.

5. Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo estarán obligados a solicitar personalmente ante la oficina de extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente, su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro.

6. Junto a la solicitud de inscripción, deberá presentarse el pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para la inscripción establecidos en este artículo. En el supuesto de que el pasaporte o el documento nacional de identidad estén caducados, deberá aportarse copia de éstos y de la solicitud de renovación.

7. En lo que se refiere a medios económicos suficientes, no podrá establecerse un importe fijo, sino que habrá de tenerse en cuenta la situación personal de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En cualquier caso, dicho importe no superará el nivel de recursos por debajo del cual se concede asistencia social a los españoles o el importe de la pensión mínima de Seguridad Social.»

Puedes ver el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, pinchando aquí.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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79 comentarios en “La nueva normativa sanitaria modifica el Reglamento Comunitario
  1. gabriela dice:

    ¿Cambia también el derecho de residencia para los ciudadanos extranjeros que ya están en el Registro General de Extranjeros?¿ Los que ya tenemos el NIE y estamos trabajando o en paro o solo apuntados en SERVEF tenemos que cambiar algo? QUE ALGUIEN ME ACLARA LAS DUDAS!!!

  2. HOla me habian dicho que ahroa en adelante las personas que tengan nacionalidad igualmente tienen el maximo de estar 6 meses fuera de España como los que tienen solo residencia? GRacias pro al aclaración.

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Alma, aquí te dejo una información y un video que te puede interesar https://www.parainmigrantes.info/tiempo-maximo-fuera-de-espana-de-un-extranjero-nacionalizado-espanol-471/

  3. HOla. GRacias GLoria pero como me enteré algo de los 6 meses me asustó mucho por que es lo mismo que nada. Es deci, yo siendo peruana pensaba irme a mi páis por un tiempo y el ver eso del tiempo es como dificil… Aparte me dijeron gente que conozco ytal… similar alo que yo sabía ya que dicen que el nuevo partido -«Rajoy» no quiere mucho alos latinos en sí. En fin, gracias.
    Aima

  4. Matias dice:

    Hola! Oigan lo siguiente a ver si alguien se encuentra en la misma situación: mi novia tiene pasaporte comunitario. Llegamos a Galicia (Pontevedra) hace una semana y nos dicen que ella no puede obtener el NIE por cómo el real decreto del mes pasado modifica el 240/2007, que conservan en stand by todas las peticiones hasta tanto reciban instrucciones de cómo evaluar las peticiones. Qué les parece?
    Saludos,

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Matias, efectivamente ha habido una reforma para familiares de comunitarios, aquí te dejo información al respecto https://www.parainmigrantes.info/la-nueva-normativa-sanitaria-modifica-el-reglamento-comunitario-580/

      1. Matias dice:

        Claro Gloria, lo que sucede es que lo que no están otorgando -a la espera de no sé qué norma- es el NIE de mi novia que tiene pasaporte italiano y de toda otra persona que lo solicite pues en relación al apartado 1 del artículo 7 del nuevo real decreto 16/2012, no saben qué entender por «los recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social» y qué debería el cubrir el seguro médico que ahora exigen.
        Es una situación extraña, no es cierto?

  5. el dia 19 de abril 2012 presento la documentacion para solicitar la tarjeta comunitaria por matrimonio . quiero saber si la nueva modificacion de la ley me puede perjudicar por algo o no ???
    gracias

  6. gabriela dice:

    ¿Que pasa con los ciudadanos europeos que ya tienen la residencia, nr. de NIE, una casa en propiedad,etc, etc..? Parainmigrantes.info !te necesito! Por favor, espero respuesta.

  7. patricia dice:

    hola, soy colombiana y tengo mi NIE vigente hasta el 2015.estoy casada con español hace año y medio y estoy con los tramites de la nacionalidad. mi consulta es acerca de la tarjeta comunitaria…….yo la tengo q solicitar? que diferencia hay entre esta y la q tengo? y q tengo q hacer para obtenerla?….muchas gracias en lo q podais ayudarme.

  8. Quiere decir que quedan suspendido el supuesto de reagrupacion de ascendiente no comunitario de ciudadano espapañol, al estar dentro de la normativa de familiar comunitario?
    Un saludo.

  9. nacho dice:

    que pasa con un ciudadano español que quiere dar la tarjeta de residencia por conyugue español a su conyugue extra comunitario y que esta casado en España y posee su libro de familia español entra dentro de esta normativa??
    Parainmigrantes.info !te necesito! Por favor, espero respuesta.
    Saludos

  10. Hola me gustaria saber si yo estoy casada con un español,yo soy colombiana puedo hacerme ala tarjeta de residenciapara familiar de español,ya que el registro de nuestro matrimonio esta en proceso y es muy demorado,si es asi cuales son los requisitos?les agradezco su aporte ,feliz dia

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Pama, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión no podrás solicitarla hasta que no este inscrito vuestro matrimonio, puesto que uno de los documentos que piden es el correspondiente certificado de matrimonio, aquí te dejo información sobre la tarjeta https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

  11. Diamarys dice:

    Hola, soy venezolana sin papeles en España. Tengo 27 años y una hija nacida en España pero que tiene mi nacionalidad venezolana. Tengo una duda si mi madre venezolana, le acaban de otorgar la nacionalidad Española. Ella puede darnos tarjeta comunitaria, ya que vivimos con ella y dependemos economicamente de ella.
    Gracias. Un Saludo

  12. Fabiola dice:

    Hola, necesito saber si esta tarjeta comunitaria modificada por el nuevo reglamento desde abril nos permitirá obtener permiso para trabajar ademas de residir y si así fuese donde se debe solicitar el permiso. Por favor aclárenme esa duda, gracias

  13. gabriela dice:

    Gloria, por favor, ¿me puedes aclarar las dudas ?¿ Los comunitarios (soy rumana) que ya tienen el NIE, pueden perder el derecho de residencia y el de trabajar bajo la nueva ley? Y si tengo que dejar de trabajar para ir a estudiar (un Ciclo Formativo) perderé la cubertura sanitaria? Y la residencia? O el derecho de trabajo? Puede que las preguntas sean ridículas, pero créeme nos han pasado tantas cosa…

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Gabriela, la residencia no la pierdes, y en cuanto al trabajo, si a fecha 22 de julio de 2011, no estabas dada de alta en la Seguridad Social o inscrita como demandante de empleo, tendriás que solicitar una autorización para trabajar. Aquí te dejo información https://www.parainmigrantes.info/autorizaciones-de-trabajo-para-ciudadanos-rumanos-695/

      1. gabriela dice:

        !GRACIAS! Si que en la fecha señalada estaba de alta en la seg soc (mejor dicho inscrita en SERVEF) y ahora estoy trabajando con contrato, pero tengo que dejarlo porque quiero estudiar un Ciclo Formativo. Seguro que perderé la cobertura sanitaria, pero ¿el derecho de trabajar? !Gracias! por responderme

  14. Alice dice:

    Buenas tardes. Mi tarjeta de familiar de comunitario está en trámite desde finales de marzo de este año 2012. ¿Me pueden pedir ahora que aporte el certificado de medios económicos/seguro médico? Puedo proporcionarles esta información, pero eso me va a retrasar bastante mi expediente, y ya llevo unos 10 meses esperando la dichosa tarjeta… Muchas gracias de antemano, y suerte a todos los que se encuentran en esta situación de limbo. Mi marido es español, si eso cambia algo.

  15. Carla dice:

    Buenas tardes. En relación a la obtención de tarjeta comunitaria modificada soy la pareja de comunitario, no trabajo, solo el trabaja y tiene tarjeta de salud pero yo igual recibo atención medica por parte suya. ¿Como puedo presentar certificados económicos y seguro medico?o debemos ir a un notario que no legalice un certificado que no recibo ingresos y otro por el medico. Ayúdenme por favor, tengo cita para el 3 y me esta faltando esto.

    1. Mariana dice:

      Yo estoy en la misma situación que tú Carla, tengo cita también para el mes que viene. Por favor ayúdenos es urgente.

  16. carolina dice:

    hola mi nombre es carolina vivimos en gava tengo el certificado de pareja de hecho mi pareja no tiene papeles y queremos tramitar la tarjeta comunitaria que tengo ke presentar para tramitar su tarjeta aora mismo estoy trabajando pero solo tengo contrato asta septiembre y de ai me ire al paro no se si con este tiempo puedo demostrar que esta a mi cargo aver si me pueden ayudar de veer como puedo acer la verdad no se mucho de esto graciass

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Carolina, aún no se ha establecido los medios económicos exactos de los que se ha de disponer, así que, cuando la solicites, puedes presentar tus ultimas nominas, o la prestación por desempleo, o el extracto de una cuenta bancaria… aquí te dejo información con todo lo necesario para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

      1. kifayat dice:

        hola gloria
        mi nombre es kifayat.quieria que el maximo tiempo de demora de la resolucion de la residencia comunitaria es 3 meses o puede demorar mas? si pasan 3 meses y no recibo ninguna carta de la oficina,y el expediente sigue en tramite,que puedo hacer para saber de la resolucion?
        saludos

        1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

          hola Kifayat, son tres meses, si se demora más, te recomiendo que te dirijas a la Oficina de Extranjeria, para solicitar información sobre tu expediente, pero seguro que te contestaran en tiempo. Un saludo

          1. GJ dice:

            Hola Gloria,
            yo y mi pareja estamos tramitando la tarjeta en la sede de Cáceres. El caso es que tienen una orden de Madrid en la que se pidió que no se tramitasen las solicitudes hasta que hubiera nueva notificación. Aceptan la entrega de todos los documentos, pero no están tramitando nada…¿Podrías informarnos sobre esto? Me preocupa que se alargue en el tiempo ya que mi pareja necesita salir de España en Septiembre y nadie tiene claro cuando se va a solucionar este parón.
            Por favor, ¿sabéis algo de todo esto?
            Gracias

          2. Gloria Parainmigrantes.info dice:

            Hola GJ, efectivamente las Oficinas de Extranjería están esperando recibir instrucciones para reanudar estos trámites, pero aún no sabemos nada, en el momento en que sepamos algo más lo pondremos inmediatamente como noticia en parainmigrantes.info Un saludo

          3. DJ dice:

            Hola Gloria,
            gracias por tu respuesta.
            Me gustaría hacerte otra pregunta. Como te comentaba, mi pareja necesita ir a su país (Australia) en septiembre porque está tomando una medicación de la que dependende durante una temporada y en septiembre tiene que ir a recogerlo para los 6 meses siguientes. Aquí no podemos obtener la medicación ya que es bajo receta médica y el coste es muy alto. Su gobierno se hace cargo de esta medicación sin problema pero tiene que ir alli para poder obtenerla. En caso de que no se haya avanzado con la resolución de la tarjeta para dicha fecha, ¿qué opciones tenemos para que pueda salir del país y no tenga problemas para volver a entrar? Se que no puede pedir una autorización de regreso porque aún no tiene el NIE y me preocupa que de aqui a Septiembre esto siga así y no nos den una solución para que pueda volver a entrar en España sin problema.
            Gracias.

          4. Gloria Parainmigrantes.info dice:

            Hola DJ, en ese caso, puedes dirigirte a la Oficina de Extranjería y solicitar mediante escrito que te adelanten la resolución por este motivo, que es una causa más que justificada, y ese escrito lo presentas junto con documentación que acredite esa situación, a ver si así tuvieras suerte. Un saludo

          5. vika dice:

            hola gloria, tengo un negocio en mexico y pues aqui en españa tengo algunos dias ya que he estado yendo a mexico y viniendo a españa, pero nos casamos n mexico y mi esposo me pidio que me viniera definitivmente a vivir con el a españa, yo entiendo la situaacion pero no tengo problems economicos por ahora ya que quiero iniciar el negocio de mexico aca en españa, ya hasta he pagado impuestos jejej pero mi pregunta seria, quieero una tarjeta comunitaria o al menos algo ue me avale la estancia aqui en españa ya que en enero tendre que salir pues nos casamos en mexico por la iglesia, pero si me voy, pues me van a poner muuchas trabas o pegas como dicen ustedes, que puedo hacer para obtener uin permiso o algo temporal es que me desespera pues yo no tengo trabjo ni pretendo quitarselo a nadie, asi que me podrias explicar si voy a la extranjeria ya con los dias contados para irme, pasara algo? me daran un papel urgente? podrias sugerirnos que hacer?

  17. Agustin Alvarez dice:

    hola mi nombre es Agustín y quiero saber en el caso de residentes latinoamericanos cuales son los requisitos, ya que tengo que presentar para mi esposa y mis dos hijos esto para obtener la tarjeta comunitaria, ellos tienen nie.

  18. Martha Morales B. dice:

    Hola : soy Ecuatoriana , estoy muy preocupada , mi hijo vive en España desde los 10 años , tiene 21 años y esta estudiando , Mi pregunta es : tiene derecho a octener la comunitari , ya que yo soy ciudadana Española , y cuales son los requisitos: Espero buestra repuesta , Les quedo muy agradecida ….

  19. HOLA!
    Alguien me puede aclarar una duda??
    Mi esposo y yo somos Colombianos nos casamos en nuestro país hace 8 años por lo civil, mi marido recien obtuvo la Nacionalidad Española por residencia, tenemos una hija que nació aquí y tiene el DNI Español. Yo actualmente tengo mi NIE temporal cuenta ajena segunda renovación, se caduca en Enero 2014. Mi pregunta es la siguiente: Uno de los requisitos para solicitar la Tarjeta Comunitaria dice, ” que el Matrimonio debe figurar inscrito en el Registro Civil correspondiente.
    Que es imprescindible la aportación de un Certificado de Matrimonio Español, aunque el matrimonio haya sido celebrado en el extranjero.”
    Estoy a la espera que llegue mi certificado de matrimonio legalizado para inscribir nuestro matrimonio. ¿Con el comprobante que me den en el Registro Civil de que está en trámite puedo solicitar mi tarjeta comunitaria?.
    Espero recibir su respuesta, mil gracias

  20. oliver dice:

    Buenos días, mi pareja es venezonala y ya somos pareja de heho y queremos pedir la tarjeta de residencia para ella y lo teniamos todo claro pero con la modificación de la ley nos surgen unas dudas.
    El seguro de enfermedad que piden para cuanto tiempo es? y que tipo de seguro y sobre que precio puede estar?
    Muchas gracias, un saludo.

  21. JoseA dice:

    Hola, Luego del matrimonio, hemos presentado la solicitud de mi NIE, 25 dias despues ahora ha llegado un requerimiento donde me dicen que debo de presentar lo que piden, a,ò b ò c, presentando lo el A no necesitarìa mas??, mi pareja es autonomo y tiene una empresa, necesito demostrar otros medios de vida? o tambien un seguro medico?? O solo con que el sea autonomo y tenga su propia empresa es suficiente?, Ya me he dado de alta en la Seguridad social como cooperante de la empresay comienzo a cotizar, Necesitarè el seguro medico o algo mas??Todo esto es nuevo, Solo me han dado 10 dias de plazo para presentarlo, Necesito respuesta URGENTE, Muchas Gracias Jose

    1. usted es casado con un ciudadano español? respondame al correo y cuenteme su caso.

  22. pues España ya no es mas la misma de antes y no entiendo porque la gente insiste en venir a ca. yo soy casada con español,vivo en España,amo ese pais con todo mi corazon pero hay que reconocer que hay una crisis violenta,no hay trabajo. tengo la tarjeta de residencia pero me da igual,nos vamos a mi país y alli aun podemos empezar con el poco dinero que nos ha quedado. mi marido tenia 3 tiendas hace mucho años,viviamos bien financeramente y de la noche al dia hemos quedado pobres. que bueno que mis hijos no quisieron venir a España y no aceptaron hacer la reagrupacion familiar. en mi pais estan haciendo la universidad y aqui en España ya cortaran las ayudas. mi hermana que esta aqui estudiando,la pobre deja de comer pa pagar los estudios mientras intenta hacer un cambio de universidad pa nuestro pais.

  23. karim dice:

    ola gloria m puedes ayudar porfavor ke tengo unas dudas . bueno yo estoy en la misma sitiuacion me he casado con mi paisana marroqui ke tiene nacionalidad española y fuimos a presentar todos los requisitos (cirtificado matrimonial,pasaporte,su dni y y un certificado de convevencia.) en la extranjeria y nos han dicho ke eso va a tardar mucho y iwal si modifican otras cosas bueno la verddar mi mujer no esta trabajando ahora y ke nos puedes aconsejar ke busce un empleo como sea por se acaso y si hay otra cosa mas tenemos ke hacer y preparar y cuantos meses crees ke va a tardar para ke salga esa nueva ley . muchas gracias gloria .

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      hola Karim, el reglamento ya está modificado, lo que ocurre es que las Oficinas de Extranjería están esperando instrucciones, en cuanto lo que van a tardar, no lo sabemos aún, pero en el momento en que tengamos alguna noticia de algún cambio lo pondremos como noticia en esta página web parainmigrantes.info

  24. leito dice:

    GLORIA queria preguntarle: ¿si se le esta exigiendo ingresos economicos al conyugue de una ciudadana colombo española para pedir la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario?. cuanto seria, y que problemas tendria en este caso; si la persona que esta reagrupando trabaja en un negocio familiar pero no tiene un sueldo como tal! muchas gracias por su respuesta.

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Leito, con la nueva reforma es cierto, que para solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, se piden acreditacion de medios económicos, ya sea del familiar o del ciudadano comunitario, pero aún no se han pronunciado el cómo y en qué cuantía, en el mismo momento en que dispongamos de la información la comunicaremos. Un saludo

      1. leito dice:

        le agradezco por su respuesta gloria!

  25. karim dice:

    muchas gracias gloria , solo keria preguntarte algo mas eske m pedieron un certificado de convevencia y lo tengo ke llevar la semana ke viene y la verdad estoy empadronado con mis padres y 3 hermanos y la mujer eso no me afectara en nada o tenemos ke estar solos en la casa . ellos ahora no estan con nostros pero siguen enpadronados en la misma casa muchas gracias

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Karim, no creo que tengáis problemas, lo que extranjería comprueba es que los dos estáis viviendo en el mismo domicilio.

      1. karim dice:

        muchisimas gracias gloriaa ke grande eres espero ke dios te cuida como tu cuidas a los demas cuidate

  26. Hoy fui a una jefarura de policia para solicitar la tarjeta de residente, pues soy aleman y cursos mis estudios en la universidad. Estoy empadronado y mi sorpresa es que me dicen que de momento esta paralizada la solicitud de tarjetas de residentes , pendiente de un acuerdo de la comunidad europea y que vuelva dentro de un mes. No entiendo todo esto, si soy miembro de la comunidad europea, deberian espedirme esa tarjeta con la documentacion que tengo

  27. Samuele dice:

    Hola, soy ciudadano italiano y trabajador en España. Este mes me voy a casar con mi pareja, ciudadana colombiana, que también tiene contrato de trabajo aquí en España. El matrimonio se celebrará en Italia. Queria preguntar si para tramitar la tarjeta de residencia de familiar para mi pareja, el matrimonio tendrá que ser registrado en el Registro Civil español, o si será directamente valido por haber sido celebrado en un estado de la UE.
    Muchas gracias.

  28. geraldine dice:

    hola!! necesito saber si con el NIE social comunitario que caduca cada tres meses se tiene derecho al canje del carnet de conducir por convenio entre paises.
    gracias!

  29. Yasin dice:

    Hola Gloria ,
    Quisiera saber una cosita si es tan amable , estoy casado con mi mujer es española desde marzo 2012 he presentado en extranjera la solicitud de residencia por familiar de ciudadano europeo el 12 de abril 2012 , de momento todavia me sale en tramite la resolución , me puede afectar la nueva modificación de reglamento ?? normalmente son 3 meses para dar la resolución , solo queda una semana para cumplir 3 meses , suelen tardar más de 3 meses ?
    Gracias de antemano

  30. pilar dice:

    hola buenas mira lo que pasa hace dos meses tramite mi tarjeta comunitaria y hoi me a llegado una carta diciendome que acredite mis recursos economicos yo recibo una ayuda familiar quisiera saber si esto sirve, no estoi con mi esposo pero seguimos casados el vive en otro domicilio quisiera saber si esto me perjudica gracias por su ayuda .

    1. cuenteme su caso para ver en que le puedo colaborar usted es conyugue de español o de ciudadano de otro estado miembro de la union europea?

  31. Hola, quisiera saber si me podriais resolver una duda, mi esposo a solicitado la tarjeta comunitaria pero hoy mandaron una carta diciendo que tenemos que presentar recursos economicos, vivimos en casa de mis padres ya que los dos estamos en paro y no cobramos ayuda ni nada. Me gustaria saber que papeles tengo que presentar, un saludo

    1. Marianita dice:

      Hola Susi, a ver si me puedes ayudar, con la carta que te han enviado. Tengo cita dentro de unos días y no sé quien tiene que acreditar los medios, el español o el extranjero? o cualquiera de los dos? si puedes por favor dime lo que te indica la carta. Espero me puedas resolver la duda porque he llamado a extranjería y no me dicen nada. Es para llevar el extracto de cuenta de uno u otro. Mil gracias

    2. Hola Susi!
      yo estoy ahora en la misma situacion….. me puedes contar como has resoluta tu problema? porfavor, respondeme. estoy deseperada… y no se q hacer. muchas gracias.

  32. Mariana dice:

    Hola a tod@s. He leído por aquí en comentarios anteriores, que ya están mandando cartas a los que solicitaron la tarjeta comunitaria con anterioridad para que presenten medios económicos.Yo tengo cita la semana que viene y mi duda es quien tiene que presentar los medios económicos, mi pareja el extranjero o yo que soy la española, o valdría cualquiera de los dos? la que estoy trabajando soy yo, no él, que es estudiante y no sé si valdría con mis medios…espero me puedan informar. Muchas gracias.

  33. gabriela dice:

    Como he visto tantas cosas en mi vida, temo que la nueva normativa afectara también a los europeos que ya tienen el NIE pero tienen que renovarlo cada 5 años. !Que barbaridad!

  34. Lourdes dice:

    Hola, la nueva normativa es de aplicación sólo para los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o también para los españoles?
    Me gustaría saber si para mi pareja, yo soy española le van a pedir los medios económicos y el seguro médico.Saludos

  35. gloria quiero preguntarle: como seria entonces la forma en que van a exigir los requisitos ahora que ya esta la nueva normativa en vigor para solicitar tarjeta de residencia de familiar comunitario de la union.
    muchas gracias por su atencion!

  36. felipe dice:

    Es la prestación por desempleo con alta en la Seguridad Social suficiente para acreditar estos medios económicos en el caso de ser el reagrupante un español?

    1. por favor contesten esto es la prestación con alta en seguridad social suficiente para acreditar medios económicos en el caso de ser el reagrupante un español?

      1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

        Hola Alex, si tienes una tarjeta de familiar de comunitario o vas a solicitarlo, solo piden acreditación de medios económicos, no un monto determinado, por lo que entendemos que eso sería suficiente.

        1. ibrahim dice:

          hola Gloria Parainmigrantes.info::::keria hacerte una pregunta si no tiene molesta , estoy en el aire! estaba casado con una española , llevo mas d 3años casado, tengo 2hijos con ella , ahora estamos separado , pero tengo la tarjeta comunitaria 5años, pero el problema es k hace poco dias recibi la sentencia del divorcio, i no estoy trabajando , i m keda 1mes para renovar la tarjeta…i keria saber :
          1_ si voy a mentener todo via la la regimen comunitaria?
          2_ i cual son los papeles k tengo presentar para renovar?
          3_ de k m puede afectar la nueva normativa?
          4_i si voy a mentener el regimen comunitario de cuanto años m lo van dar?
          5_i cuanto meses va a tardar la resolucion ?
          Muchas gracias por favor ayudanme.

    2. Martin dice:

      Hola amigo, estoy en la misma situacion que tu, si has recibido alguna informacion sobre el tema y tienes la amabilidad de contarmela te lo agradeceria mucho.
      Soy italiano y me caso con una argentina pero estoy en paro y no se si podre darle la recidencia..gracias.

  37. ibrahim dice:

    hola Gloria Parainmigrantes.info::::keria hacerte una pregunta si no tiene molesta , estoy en el aire! estaba casado con una española , llevo mas d 3años casado, tengo 2hijos con ella , ahora estamos separado , pero tengo la tarjeta comunitaria 5años, pero el problema es k hace poco dias recibi la sentencia del divorcio, i no estoy trabajando , i m keda 1mes para renovar la tarjeta…i keria saber :
    1_ si voy a mentener todo via la la regimen comunitaria?
    2_ i cual son los papeles k tengo presentar para renovar?
    3_ de k m puede afectar la nueva normativa?
    4_i si voy a mentener el regimen comunitario de cuanto años m lo van dar?
    5_i cuanto meses va a tardar la resolucion ?
    Muchas gracias por favor ayudanme.

  38. ibrahim dice:

    Ayudan me por favor tengo la tarjeta comunitario de 5años i ahora mismo no estoy trabajando , i estoy divorcido con mi mujer k era español llevo casi 4años con ella i tengo en este relacion 2hijos ..i dentro d 1mes se m caduca la tarjeta …que tengo k hacer para renovarlo ? i d k m perjudica la nueva normativa,? cren k m van a renovar la tarjeta sin trabajo? i sde renovarlo , mantengo la tarjeta comunitaria? por favor k alguien ayude por favor …..
    muchas gracias,

    1. fabio dice:

      tienes que pedir una reagrupacion familiar por tus hijos ve a extranjeria y pide los requisitos suerte

  39. Arnaud dice:

    HOLA GLORIA,
    Soy belga y estoy viviendo en España desde hace dos meses. He encontrado trabajo y en la empresa me demandan el NIE para hacerme el contrato de trabajo pero sin embargo en extranjería no me dan eses NIE porque no tengo trabajo. El procedimiento de petición de NIE lo comencé cuando llegué a España.
    La empresa me ha hecho un declaración escrita de que me contratarán en un mes, porque según ella no me puede hacer el contrato.
    Ahora en extranjería me han dicho que si no presento el contrato en 10 días hábiles cerrarán mi expediente sin darme el NIE.
    Serías tan amable de informame de como puedo proceder. Muchas gracias y un gran saludo

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Hola Arnaud, una solución podría ser solicitar un Certificado de NIE, para que la empresa te pueda dar de alta en la Seguridad Social, y una vez hecho.. podrás solicitar el Certificado de Residente Europeo.

      1. Hola Gloria:
        A mi me pasa lo mismo que Arnaud. He ido a la policia para hacer el Nie y me han dicho que tengo que traer un contrato de trabajo y he perdido un trabajo porque no me pueden hacer un contrato sin el numero del NIE.
        De que solicitud estas hablando?
        Me puedes enviar el folio por correo?
        Cual es la modificacion de la ley? ya que en el trabajo que he perdido no la conocen.
        Cuales serían los pasos que deberia hacer?
        Desde ya muchas gracias

        1. alicia t dice:

          hola Seba!
          mi novio francés va a venir a España en enero y va a encontrar este problema ya que le han llamado para entrevistas.Cómo lo has solucionado?
          si me puedes responder.
          Muchas gracias

  40. rebeca dice:

    Hola buenas tardes os escribo por que necestio informacion! he perdido mi Tarjeta NIE comunitaria permanente con una caducada en 10 años y necesito hacer un duplicado o renovar. he buscado por internet y no encuentro nada de informacion, mas que ir a av de los poblados en madrid,
    me gustaria saber que tramites debo hacer y cuanto tarda el duplicado

  41. Alberto dice:

    Buenas noches.
    Me gustaría hacer una consulta un poco urgente ya que mi novia viene a España en septiembre. Yo soy español y ella es nacional de un estado de la unión europea, y a principios de verano ella se empadrono en casa de mis padres conmigo. Ella va a cursar estudios en una universidad española, y nos gustaría que ella tuviera el certificado de residente UE, con el número de NIE. Yo soy becario remunerado y con asistencia sanitaria. Así, la pregunta que me hago es ¿cómo puedo acogerla en mi cobertura sanitaria o en caso de no ser le valdría su tarjeta sanitaria europea, aunque esta caduca en marzo, al cumplir 26 años, y la estancia va a ser superior a ese tiempo?
    Muchas gracias anticipadas por vuestra ayuda.
    Un fuerte abrazo.

  42. Marta dice:

    Hola:
    Leyendo los blogs no me queda claro cómo queda ahora la reagrupación de ascendientes de ciudadano español, alguien puede explicarme y su situación ante la seguridad social pues he entregado la solicitud en extranjería y hasta que no aprueben el expediente (coslada-madrid) no se puede hacer ningún trámite para la tarjeta sanitaria, pero me dicen que ya no aceptan los ascendientes como personas a cargo, entonces qué pasa, no tienen derecho a la asistencia sanitaria?

    1. yunia dice:

      hola marta, quisiera saber si de alguna forma lograste la tarjeta sanitaria para tus padre pq yo en estos momentos tengo a mi padre desde hace 3 meses aqui reagrupado y le acaban de diagnostica un cancer y me dicen q no tiene derecho a la sanidad pública. Espero que tu lo hayas podido solicionar. Saludos y muchas gracias.

  43. alina dice:

    hola soy rumana con certificado comunitario de 2008 el año pasado en 22 de julio no trabajaba y no estaba demandante de empleo .Con la nueva ley comunitaria pierdo derecho la residencia en españa

  44. Jordi dice:

    Buenas noches Gloria
    Mi esposa es mejicana y en breve se desplazará a Barcelona a residir. Vamos a pedir la tarjeta de residencia.
    Yo estoy trabajando y no entiendo como la seguridad social no puede cubrir a mi mujer. Lo hará solo cuando se nacionalice española?
    Lo digo porque mi madre española siempre ha sido ama de casa y mi padre trabajaba y siempre ha tenido seguridad social, incluso ahora que están separados la sigue teniendo.

  45. Buenos dias quiero preguntar que papeles me hacen falta para sacarle el NIE a mi hija que nacio en España,nosotros los padres somos rumanos y estamos trabajando los dos con contrato indefinido.

  46. Mohamed dice:

    Hola a todos. Tengo un problema que es: me he casado siendo marroquí, ahora soy español y quiero traer a mi mujer! Qué tengo que hacer?gracias.

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