Las empleadas de hogar también tienen derecho a disfrutar del permiso de maternidad después de dar a luz
A pesar de lo que mucha gente piensa, las empleadas de hogar también tenéis derecho a disfrutar del permiso de maternidad, al igual que cualquier trabajador, tal y como reconoce el Estatuto de los Trabajadores.
Por tanto, en el momento en el que una empleada de hogar de a luz a su bebé, tendrá derecho a disfrutar de un período de descanso remunerado de 16 semanas para cuidar del recién nacido. Es lo que se conoce como «permiso de maternidad».
Durante todo este período de 16 semanas, el empleador sigue obligado a aportar a la Seguridad Social todas las cotizaciones que hasta el momento había estado haciendo. Y la Seguridad Social, en su caso, pagará el salario a la trabajadora.
Finalizado el permiso de maternidad, la trabajadora tendrá derecho a reincorporarse a su mismo puesto de trabajo, y una vez ya incorporada, el empleador deberá facilitar el derecho de lactancia de la trabajadora.
¿Y en qué consiste este derecho de lactancia? El derecho de lactancia se comenzará a disfrutar una vez que la trabajadora se haya incorporado a su puesto de trabajo, y hasta que el bebé tenga 9 meses. Durante todo este tiempo, la trabajadora tiene derecho a ausentarse una hora al día de su puesto de trabajo, acordando con el empleador la forma de disfrutarlo, es decir, la trabajadora podrá comenzar la jornada de trabajo una hora más tarde, o bien finalizarla una hora antes, o repartir la hora en períodos de media hora, comenzando media hora más tarde, y finalizando media hora antes.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada